Sentencia de Revisión de Tutela T-212 de 2015
¿Las entidades demandadas vulneraron a los derechos fundamentales de la demandante al negarle la realización de la calificación de su pérdida de capacidad laboral y la valoración actualizada del especialista tratante, requisitos indispensables para que se pueda adelantar el estudio de la solicitud pensional de invalidez que elevó, la cual no se ha podido realizar por la pérdida de su historia clínica? la inobservancia de los preceptos legales que regulan la valoración de la pérdida de la capacidad laboral y la negativa por parte de las entidades obligadas a realizarla cuando la situación de salud lo requiere, configura una transgresión del derecho a la seguridad social que constituye, al mismo tiempo, una barrera para la materialización de otras prerrogativas fundamentales como la salud, la vida digna y el mínimo vital, al impedir determinar el origen de la afección, el nivel de alteración de la salud y la pérdida de capacidad laboral del trabajador. Ante la pérdida o destrucción de documentos necesarios para evitar la consumación de un derecho fundamental, que se encontraban bajo la supervisión y cuidado de alguna entidad, se genera para el Estado la obligación de iniciar inmediatamente el trámite de reconstrucción, no siendo dicha pérdida oponible a la ciudadanía, pues no se les puede imponer lo imposible para disfrutar sus derechos