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RESOLUCIÓN 3715 DE 1994

(noviembre 3)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la preservación, conservación y mejoramiento de la salud y el bienestar de los trabajadores.

Que mediante el decreto 614 del 14 de marzo de 1984, se determinan las bases para la organización y administración gubernamental y privada de la salud ocupacional en el país y se establece como uno de los objetivos de la salud ocupacional, el eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud integral del trabajador en los lugares de trabajo.

Que las enfermedades de transmisión sexual (ETS) "INFECCIÓN POR EL VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA (VIH)" "SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA (SIDA)", plantean un problema de ámbito universal con múltiples repercusiones sociales, culturales, económicas, políticas, éticas, jurídicas y laborales donde la educación se erige como el principal medio estratégico de promoción de la salud.

Que los lugares de trabajo son por tanto fundamentales para poder abordar con eficiencia los problemas de ETS/ VIH/ SIDA, para el desarrollo de actividades prevencionistas desde la perspectiva de la educación sanitaria.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades de Medicina Preventiva, establecidas por la Resolución 1016 de 1989, campañas y estrategias de promoción sanitarias orientadas a facilitar la información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA en los lugares de trabajo.

ARTÍCULO SEGUNDO. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Santafé de Bogotá, D. E., a los 03 NOV. 1994.

MARÍA SOL NAVIA VELASCO

Ministra de Trabajo y Seguridad Social

IVAN DARÍO CADAVID ARANGO

Secretario General.

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