RESOLUCIÓN 251 DE 2017
(febrero 2)
Diario Oficial No. 50.150 de 17 de febrero de 2017
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DEL SISTEMA DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por medio de la cual se modifica la Resolución número 2082 del 6 de octubre de 2016, que subrogó la Resolución número 444 de 2013.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DEL SISTEMA DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP),
en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en los artículos 5o y numeral 18 del artículo 6o del Decreto 575 de 2013, el parágrafo 1o del artículo 178 de la Ley 1607 de 2012 y el numeral 4 del artículo 314 de la Ley 1819 de 2016, por el cual se modifica el artículo 179 de la Ley 1607 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) en adelante La Unidad, en ejercicio de sus atribuciones legales expidió la Resolución número 2082 del 6 de octubre de 2016 que subrogó la Resolución número 444 del 28 de junio de 2013 a través de la cual se establecieron los estándares de cobro que deben implementar las Administradoras del Sistema de la Protección Social.
Que el artículo 21 de la Resolución 2082 del 6 de octubre de 2016 establece un período de transición y vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de su publicación, para la aplicación de manera integral de lo allí dispuesto.
Que la Resolución 2082 fue publicada en el Diario Oficial 50040 del 28 de octubre de 2016.
Que el cumplimiento de lo establecido en la Resolución 2082 del 6 de octubre de 2016 exige de las administradoras el desarrollo y/o adecuación de sistemas de información y aplicativos acorde con los requerimientos técnicos exigidos por la Unidad, al igual que la actualización de manuales, políticas, documentación y en general de la información requerida para realizar los reportes de cartera.
Que para las administradoras representa una gestión de alto impacto realizar los ajustes técnicos y administrativos para dar cumplimiento a los Estándares de Cobro fijados por la Unidad, por lo que se considera necesario ampliar el término de entrada en vigencia de la Resolución número 2082 del 6 de octubre 2016 con el fin de que realicen los ajustes y desarrollos necesarios para su cumplimiento.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 21 de la Resolución 2082 de 6 de octubre de 2016, el cual quedará así:
Artículo 21. Periodo de transición y vigencia. La presente resolución rige a partir del 1o de abril de 2017, sin perjuicio de que hasta esta fecha se continúe aplicando lo establecido en la Resolución 444 del 28 de junio de 2013, la cual una vez cumplido el periodo de transición quedará sin efectos y se aplicará de manera integral la presente resolución.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2017.
La Directora General Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP),
MARÍA CRISTINA GLORIA INÉS CORTÉS ARANGO.