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RESOLUCIÓN 0-1435 DE 2008

(marzo 25)

Diario Oficial No. 46.946 de 31 de marzo de 2008

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2300 de 2015>

Por la cual se modifica la Resolución 0-2425 de agosto 3 de 2006.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones constitucionales, especialmente las otorgadas por el numeral 17 del artículo 11, de la Ley 938 de diciembre 30 de 2004, y

CONSIDERANDO QUE:

Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley 9ª de enero 24 de 1989 el Fiscal General de la Nación emitió la Resolución 0-2425 de agosto 3 de 2006, por medio de la cual se crearon: el Consejo Directivo para el Manejo de Emergencias, los Comités Operativos de Emergencias y las Brigadas de Emergencias en la Fiscalía General de la Nación, y se les asignaron funciones;

Teniendo en consideración la necesidad de que el Consejo Directivo para el Manejo de Emergencias de la Fiscalía General de la Nación, se reúna en forma periódica de acuerdo con lo reglado por el artículo 3o de la citada resolución, con la totalidad de los miembros que lo integran, así como la importancia de las funciones que el mismo desempeña, se debe garantizar la permanente presencia del señor Fiscal General de la Nación y del señor Vicefiscal General, o de sus respectivos delegados;

De otra parte, el artículo 4o de la Resolución 0-2425 de 2006, que conforma el comité operativo para el manejo de las emergencias en el Nivel Central, requiere incluir al Coordinador Operativo de la Brigada de Emergencias del Nivel Central, para garantizar el óptimo cumplimiento de las funciones señaladas en el artículo 6o de dicho acto reglamentario;

Finalmente, se deben adoptar otras medidas administrativas para el efectivo desempeño de las funciones del Comité operativo para el manejo de las emergencias en el Nivel Central y en las Direcciones Seccionales,

Con fundamento en lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2300 de 2015> Modificar el artículo 1o de la Resolución 0-2425 de agosto 3 de 2006, el cual quedará así:

Artículo 1o. Conformar el Consejo Directivo para el manejo de emergencias en la Fiscalía General de la Nación así:

-- El Fiscal General de la Nación, o su delegado.

-- El Vicefiscal General de la Nación o su delegado.

-- El Secretario General.

-- El Director Nacional de Fiscalías.

-- El Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación.

-- El Director Nacional Administrativo y Financiero.

-- El Jefe de la Oficina de Divulgación y Prensa.

-- El Jefe de la Sección de Bienestar, quien ejercerá las funciones de secretario del Consejo.

La Presidencia del Consejo Directivo para el Manejo de Emergencias estará a cargo del señor Fiscal General de la Nación.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2300 de 2015> Modificar el artículo 4o de la Resolución 0-2425 de 2006, el cual quedará así:

Artículo 4o. Conformar el Comité Operativo para el manejo de las emergencias en el Nivel Central así:

-- Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación, quien ejercerá las funciones de Presidente del Comité.

-- Jefe Sección de Seguridad, quien ejercerá las funciones de Secretario del Comité.

-- Jefe Sección Administración Sede Nivel Central.

-- Jefe Sección de Comunicaciones.

-- Líder de la Brigada de Emergencias del Nivel Central.

-- Jefe Sección de Bienestar.

-- Jefe Oficina de Divulgación y Prensa.

-- El Coordinador Operativo de la Brigada de Emergencias quien será el líder de la Brigada de Emergencias del Nivel Central.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2300 de 2015> Modificar el artículo 5o de la Resolución 0-2425 de 2006, el cual quedará así:

Artículo 5o. Conformar el Comité Operativo para el manejo de las emergencias en las Direcciones Seccionales así:

-- Director Seccional del Cuerpo Técnico de Investigación, quien ejercerá las funciones de presidente del Comité.

-- Director Seccional de Fiscalías.

-- Director Seccional Administrativo y Financiero.

-- Jefe Seccional de Seguridad, quien ejercerá las funciones de Secretario del Comité.

-- Líder de la Brigada de Emergencias de la Seccional.

-- Profesional con Funciones de Bienestar de la Seccional.

-- Corresponsal de prensa de la Seccional.

-- Servidor que cumpla funciones de administrador de la sede.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2300 de 2015> Modificar el artículo 6o de la Resolución 0-2425 de 2006, que quedará en los siguientes términos:

Artículo 6o. Establecer las siguientes funciones y responsabilidades a los Comités operativos para el manejo de las emergencias:

-- Formular los planes para el manejo de emergencias en cada una de las sedes donde opera la Fiscalía General de la Nación y presentarlos para la aprobación del Consejo Directivo.

-- Liderar y ejecutar las actividades descritas en el plan para el manejo de emergencias.

-- Realizar seguimiento al desarrollo y continuidad de los planes establecidos para el manejo de emergencias, garantizando su divulgación y sostenimiento.

-- Realizar seguimiento a las actividades desarrolladas por la brigada de emergencias en cumplimiento de sus funciones y responsabilidades y a la asistencia de los brigadistas al Plan de capacitación y entrenamiento que se defina.

-- Coordinar con los grupos de apoyo externo actividades relacionadas con la respuesta, control, entrenamiento y simulaciones de emergencia.

-- Aplicar las políticas y procedimientos que formule el Consejo Directivo para el Manejo de Emergencias en la Fiscalía General de la Nación.

PARÁGRAFO. A las sesiones del Consejo Directivo y de los Comités Operativos, podrá concurrir un representante de la Administradora de Riesgos Profesionales, con voz pero sin voto, previa invitación del Secretario del Consejo o del Comité, a solicitud de cualquiera de los miembros en cada caso.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2300 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica la Resolución 0-2425 de agosto 3 de 2006 en lo pertinente.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de marzo de 2008.

El Fiscal General de la Nación,

MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA.

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