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RESOLUCIÓN 16 DE 2006

 (enero 6)

Diario Oficial No. 46.156 de 19 de enero de 2006

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

Por la cual se adopta el Manual de Procesos de Dación en Pago y Cesión de Bienes del Instituto de Seguros Sociales y se deroga la Resolución 1149 de 2004.

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES,

 en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los numerales 1, 3 y 14 del artículo 11 del D ecreto 2148 de 1992; en los literales a), b) y n) del artículo 13 del Decreto 1403 de 1994 y los literales b), e) e i) del artículo 4o de la Ley 87 de 1993, y

CONSIDERANDO:

De conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 1o de la Ley 87 de 1993, los manuales de procesos son uno de los instrumentos a través de los cuales se cumple el control interno de la Entidad;

Para el Instituto de Seguros Sociales la aplicación de este instrumento contribuye al cumplimiento de uno de los objetivos del control interno como es garantizar la eficacia, eficiencia y economía de todas las operaciones, promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las actividades y tareas definidas para el logro de la misión institucional;

Los manuales de procesos le permiten contar al Instituto con un adecuado mecanismo de desarrollo administrativo dentro de parámetros de calidad y agilidad de gestión de la Entidad;

Esta estandarización de procesos propicia la transparencia en todas las actuaciones de los servidores públicos, generando credibilidad en la Administración Pública frente al ciudadano;

De conformidad con el artículo 68 de la Ley 550 de 1999 existen dos mecanismos diferentes, excepcionales y supletorios de los modos ordinarios para la extinción de las obligaciones a cargo de una sociedad admitida al trámite de la liquidación obligatoria: De una parte, la dación en pago y de la otra, la cesión de bienes;

En virtud de lo anterior, el Instituto de Seguros Sociales se ve obligado a recibir bienes bajo las figuras de dación en pago y cesión de bienes, como consecuencia de las acreencias que posee con diversas sociedades en proceso de liquidación, concordato o con acuerdos de reestructuración, en los términos del artículo 68 de la Ley 550 de 1999, so pena de entenderse que el ISS renuncia a su acreencia;

La Resolución 1149 del 18 de junio de 2004 adoptó el Manual de Procesos de Dación de Bienes en Pago y Cesión de Bienes del Instituto de Seguros Sociales para aplicarse en el nivel nacional y seccional, estableciendo los procesos y procedimientos que deben seguir las dependencias competentes para lograr el registro contable;

En el momento que se adoptó el Manual ya existían daciones en pago y cesión de bienes que no han podido ser registrados contablemente por la dificultad de conseguir algunos documentos requeridos en el Manual, en especial los formularios de autoliquidación;

En igual sentido, existen dificultades de orden operativo para el registro contable de los bienes en el kárdex de inventarios del almacén, toda vez que el Manual exige la apertura de un kárdex por cada Unidad Estratégica de Negocios EPS, ARP y Pensiones;

En consecuencia, se hace necesario modificar el Manual de Procesos de Dación en Pago y Cesión de Bienes del Instituto de Seguros Sociales, de tal manera que permita realizar el registro contable de los bienes recibidos por el ISS y proceder a su enajenación inmediata;

En mérito de lo expuesto, el Presidente del Instituto de Seguros Sociales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar el Manual de Procesos de Dación en Pago y Cesión de Bienes del Instituto de Seguros Sociales contenido en un tomo de diecinueve (19) folios, el cual debe aplicarse en los niveles nacional y seccional del ISS.

ARTÍCULO 2o. Los procesos y procedimientos incluidos en el Manual son los siguientes: Dación en Pago y Cesión de Bienes.

ARTÍCULO 3o. Ordenar a todas las dependencias de la Dirección de Planeación Corporativa del nivel nacional y seccional, la adopción de mecanismos para implementar y estandarizar los procesos definidos en el presente Manual.

ARTÍCULO 4o. La coordinación de la implementación, evaluación y complementación del presente Manual estará a cargo de la Dirección Nacional de Planeación Corporativa.

ARTÍCULO 5o. La Vicepresidencia Financiera, la Unidad de Procesos de la Dirección Jurídica Nacional y la Gerencia Nacional de Bienes y Servicios, expedirán los instructivos reglamentarios que sean pertinentes para la aplicación operativa de los procesos y procedimientos definidos en el presente Manual.

ARTÍCULO 6o. <Artículo derogado por el artículo 3 de la Resolución 4555 de 2006>

ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 1149 del 18 de junio de 2004 y las normas reglamentarias que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de enero de 2006.

El Presidente del Instituto de Seguros Sociales,

GILBERTO QUINCHE TORO.

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