BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE

RESOLUCIÓN 1576 DE 2011

(agosto 24)

Diario Oficial No. 48.177 de 30 de agosto de 2011

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

Por la cual se actualiza el Manual del Sistema para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo “Sarlaft” del ISS.

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES,

en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en el numeral 3 del artículo 11 del Decreto 2148 de 1992 y en el literal b) del artículo 13 del Decreto 1403 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 1o de la Ley 87 de 1993, los manuales de procedimientos constituyen uno de los instrumentos a través de los cuales se cumple el control interno de la entidad.

Que la ley en comento, en su artículo 4o, es enfática en señalar que toda entidad, bajo la responsabilidad de sus directivos, debe efectuar la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos, adoptar un sistema de organización adecuado para ejecutar los planes, y establecer sistemas modernos de información que faciliten la gestión y el control.

Que para el Instituto de Seguros Sociales la aplicación de estos instrumentos contribuye al logro de uno de los objetivos del Control Interno, como es el de garantizar la eficacia, eficiencia y economía de todas las operaciones, promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión Institucional.

Que los manuales de procesos le permiten al Instituto contar con un adecuado manejo del desarrollo administrativo, dentro de los parámetros de calidad y agilidad de gestión en la Entidad.

Que la actualización permanente de los manuales de procesos constituye una parte fundamental del mejoramiento continuo, para asegurar la calidad y garantizar la continuidad en la prestación de los servicios.

Que mediante la Resolución número 3499 del 11 de agosto del 2008, el Instituto actualizó el Manual del Sistema para la Administración del Riesgo del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo “Sarlaft”, previa aprobación del Consejo Directivo en sesión del 3 de julio de 2008, tal como consta en el Acta número 268.

Que la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 026 de junio del 2008, con la que se modifica el Capítulo Décimo Primero del Título I de la Circular Básica Jurídica, adoptada mediante la Circular Externa 061 del 14 de diciembre de 2007, denominado “Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo” y sus Anexos I, II, III, IV, V y VI, respectivamente.

Que en virtud de lo anterior se hizo necesario proceder a realizar la revisión y actualización del manual del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo “Sarlaft”, ajustándolo a la nueva normatividad contemplada en la Circular Externa 026 antes señalada.

Que es necesario ajustar el sistema a la situación actual de la Institución, la cual se centra en la Administración eficiente del Régimen de Prima media, definiendo además de forma técnica y clara las etapas que se deben considerar dentro del “Sarlaft”.

Que en sesión del Consejo Directivo del día 24 de junio de 2011, la administración hizo entrega a los honorables Consejeros, de las modificaciones propuestas para actualizar el Manual referido, tal como consta en el Acta número 310.

Que previo estudio del tema, los honorables Consejeros en sesión del 28 de julio de 2011, aprobaron las modificaciones propuestas al Manual del Sistema para la Administración del Riesgo del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo “Sarlaft”, tal como consta en el Acta número 311.

Que en consecuencia, la Presidenta del Instituto de Seguros Sociales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar la actualización del Manual de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo “Sarlaft”, cuya aprobación la realizó el honorable Consejo Directivo del ISS, tal y como quedó estipulado en el Acta número 311 del 28 de julio de 2011.

ARTÍCULO 2o. El Manual actualizado, que hace parte de la presente resolución, se ha compilado en 68 folios, cualquier actualización o modificación al mismo deberá ser realizada mediante acto administrativo.

ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de esta resolución y del instrumento aprobado a la Secretaría General, Vicepresidencias de Pensiones, Financiera y Administrativa, a las Direcciones Nacionales de Planeación Corporativa, Auditoría Interna, y Disciplinaria, Gerencias Nacionales y Seccionales y, en general, a todos los servidores y contratistas que prestan sus servicios al ISS.

ARTÍCULO 4o. Corresponde al Oficial de Cumplimiento, coordinar la divulgación, implementación, evaluación, actualización y complementación del citado manual, cuando a ello hubiere lugar, para su posterior aprobación por parte del honorable Consejo Directivo.

ARTÍCULO 5o. Será responsabilidad de todos los involucrados en los procesos y procedimientos adoptados con la presente resolución, velar por su correcta aplicación. Su inobservancia dará lugar a las acciones administrativas y disciplinarias correspondientes.

ARTÍCULO 6o. Publicar el contenido de esta decisión en el Diario Oficial, de conformidad con lo previsto en el literal c) del artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga el “Manual de Procedimientos del Sarlaft”, aprobado mediante la Resolución número 3499 del 11 de agosto del 2008 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de agosto de 2011.

La Presidenta (E.),

SILVIA HELENA RAMÍREZ SAAVEDRA.

×