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RESOLUCIÓN 84 DE 2009

(marzo 20)

Diario Oficial No. 47.305 de 28 de marzo de 2009

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por la cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento Pensional, del Instituto de los Seguros Sociales– ISS– y Caja Nacional de Previsión Social– Cajanal.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los numerales 7 y 18 del artículo 7o, artículo 27 del Decreto 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que con fundamento en lo dispuesto por el numeral 7 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación, como supremo director del Ministerio Público expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarias para orientar, dirigir y señalar las directrices o pautas generales que deben observarse para el funcionamiento de la Institución y para el cumplimiento de las funciones que le atribuye la Constitución y la ley.

Que la Constitución Política Colombiana de 1991, artículo 48, contempló de manera expresa y prioritaria el derecho irrenunciable a la Seguridad Social integral de todos los habitantes del territorio nacional, que al estar consagrada como un servicio público de carácter obligatorio a cargo del Estado, adquiere una connotación de protección y garantía privilegiada por parte del Estado.

Que es claro que el constituyente le otorgó a la Seguridad Social integral una connotación primaria dentro del orden constitucional colombiano, al tener íntima relación con derechos fundamentales y principios esenciales y estableció que su dirección, coordinación y control estará a cargo directo del Estado, sujetándose a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley.

Que el Ministerio Público, en ejercicio de su competencia preventiva, de intervención y disciplinaria, ha presentado informes y advertencias, mediante los cuales ha dado a conocer la crítica situación que afrontan la Caja Nacional de Previsión Social–Cajanal y el Instituto de los Seguros Sociales–ISS–, debido a la demora en el trámite administrativo de las solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas y al reiterado incumplimiento de las decisiones judiciales.

Que se ha advertido desde el Ministerio Público, sobre la existencia de un problema estructural, de manejo presupuestal, de ineficiencia e inoperancia para resolver y cumplir con las funciones legales asignadas para esas entidades. Se diagnosticó el crecimiento desmedido de acciones de tutela y los incidentes de desacato, como consecuencia, entre otros, de la demora en resolver peticiones de reconocimiento de prestaciones económicas.

El Ministerio Público, en atención a la competencia preventiva y control de gestión, consagrada en el artículo 277 de la Constitución Política y del Decreto 262 de 2000, ha reiterado en los últimos años y puesto en conocimiento de las autoridades competentes, la crítica situación que afrontan los afiliados a cargo de la Caja Nacional de Previsión Social y el Seguro Social, quienes se ven afectados en los trámites para efectos del reconocimiento y pago de sus pensiones.

Que debido al incremento de los trámites judiciales, que han generado una crisis administrativa y judicial ocasionada por la congestión, desorganización y múltiples fallos judiciales en contra de estas entidades, y que ha conllevado al detrimento del presupuesto público, se hace necesario implementar medidas urgentes y definitivas, que impidan que se siga agravando la situación de estas entidades y sus afiliados.

Que es fundamental organizar un Grupo Interdisciplinario, conformado por la Procuraduría Delegada para los Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social, Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública y, las Procuradurías Delegadas para la Vigilancia Administrativa Primera y Segunda, Procuradores Segundo y Tercero Delegados ante el Consejo de Estado, Procuradurías Primera y Segunda Distritales, quienes desarrollarán actuaciones coordinadas y estratégicas que permitan la efectividad y oportunidad de los derechos de los afiliados a la Caja Nacional y el Seguro Social, propender por la defensa del ordenamiento jurídico, así como tomar las medidas disciplinarias por las presuntas conductas en que incurran los funcionarios que tienen la responsabilidad de decidir de fondo y dentro de unos términos perentorios.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Créase el Comité Técnico de Seguimiento Pensional del Instituto de los Seguros Sociales – ISS– y Caja Nacional de Previsión Social – Cajanal, conformado por la Procuraduría Delegada para los Asuntos del Trabajo y la seguridad Social, Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública y las Procuradurías Delegadas para la Vigilancia Administrativa Primera y Segunda, Procuradores Segundo y Tercero Delegados ante Consejo de Estado, Procuradurías Primera y Segunda Distritales, para efectos de adelantar las gestiones preventivas, de intervención y disciplinarias, a que haya lugar, que a cada uno compete, en defensa de los derechos fundamentales de los afiliados y pensionados de la Caja Nacional de Previsión y el Seguro Social.

ARTÍCULO 2o. Los Procuradores Delegados quedarán facultados para adelantar todas las acciones en la búsqueda de medidas que permitan soluciones definitivas ante los graves problemas que afectan a uno de los sectores más vulnerables de la sociedad en materia pensional como es el de la tercera edad, proyectar actos administrativos que adopten medidas internas de reasignación de procesos, instalar mesas de trabajo para el desarrollo de las estrategias, proyectar circulares, hacer convocatorias y las demás que se consideren pertinentes para estos efectos.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de marzo de 2009.

El Procurador General de la Nación,

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.

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