CIRCULAR 18044 DE 2008
(octubre 14)
Diario Oficial No. 47.145 de 17 de octubre de 2008
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
Bogotá, D. C., 14 de octubre de 2008
A todos los usuarios de materiales radiactivos en Colombia
Asunto: Licencia de manejo de material radiactivo.
El Ministerio de Minas y Energía, en su calidad de Autoridad Reguladora Nuclear, recuerda el obligatorio cumplimiento y observancia de las normas relacionadas con el manejo seguro de materiales radiactivos y nucleares.
Que de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones 181434 de 2002 (Reglamento de Seguridad y Protección Radiológica) y 181304 de 2004 (modificada 18028 <sic, es 180208> de 2005) por la cual se reglamenta la expedición de la licencia de manejo de materiales radiactivos, toda persona natural o jurídica que realice actividades que involucran fuentes radiactivas y materiales nucleares, debe surtir el proceso de obtención y aprobación de la licencia del asunto.
La realización de operaciones que involucran estos materiales sin las debidas licencias, constituyen delitos contra la seguridad pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 358 y siguientes del Código Penal Colombiano.
Atentamente,
El Ministro de Minas y Energía,
HERNÁN MARTÍNEZ TORRES.