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DECRETO 1831 DE 1994

(agosto 3)

Diario Oficial No. 41.473, 4 de agosto de 1994

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Este Decreto fue derogado expresamente por el Decreto 2100 de 1995, artículo 5o, publicado en el Diario Oficial No. 42.128 del 29 de noviembre de 1995.>

Por lo cual se expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11, del artículo 189 de la Constitución Política.

DECRETA:

ARTICULO 1o. CAMPO DE APLICACION. El presente Decreto se aplica a todos los afiliados al Sistema  General de Riesgos Profesionales, organizado por el Decreto 1295 de 1994.

ARTICULO 2o. TABLA DE CLASIFICACION DE ACTIVIDADES ECONOMICAS. De conformidad con el artículo 28, del Decreto 1295 de 1994, se adopta la siguiente:

TABLA DE CLASIFICACION DE ACTIVIDADES ECONOMICAS

Para la Clasificación de Empresas se adopta la siguiente tabla de Clasificación de Empresas y de Actividades Económicas:

Clase I

Abonos, insecticidas y similares (venta de).

Aceites y mantecas en general   (venta de)..

Antigüedades, curiosidades  (venta de).

Armas de fuego, parque  (venta de).

Arte, decoración (venta de artículos de).

Artículos  de protección personal contra riesgos profesionales (venta de).

Artículos ortopédicos (venta de).

Artículos para deportes (venta de).

Artículos religiosos (venta de).

Asilos

Automotores (venta de repuestos para).

Aves de corral e implementos para la avicultura (venta de).

Aves muertas y menudencias (venta de).

Bancos, seguros, instituciones de finanzas y de créditos en general;

Baños turcos,

Básculas (venta de).

Bibliotecas, discotecas y similares.

Bibliotecas (venta de artículos para).

Café (almacenes y depósitos de).

Calzado (venta de).

Cámaras de comercio.

Cartón (venta de).

Centros y clubes sociales y deportes.

Cigarrerías (expendios).

Cinematográficos ((venta de aparatos y repuestos).

Colchones, colchonetas (venta de).

Consultorios médicos y odontológicos cuyas unidades radiológicas cumplan con las normas de radioprotección vigentes.

Corsés, fajas y similares (venta de).

Cristalería, artículos para arreglo (venta de).

Cuero (venta de artículos de).

Deportes (venta de artículos para).

Dulces, chocolates y similares (venta de).

Eléctricos, artículos, materiales, receptores de radio y televisión (venta de).

Empeños (casa de).

Empleos (agencia de ).

Envases de vidrio y loza (venta de).

Escuelas, colegios academias, centros educativos en general.

Farmacias, droguerías, boticas.

Filatelia (venta de artículos para).

Floricultura (venta de flores naturales).

Fotografía (venta de artículos fotográficos y cinematográficos).

Fruterías (venta ).

Hilados y tejido (venta de materias primas y repuestos para industria de ).

Hule (venta de artículos de).

Ingenieros, arquitectos (sin intervención directa en construcciones, oficinas de)

Instrumentos aparatos y artículos musicales, música impresa y grabada (venta de)

Jabón, detergentes (venta de).

joyas, relojes, artículos para joyeros y relojeros (venta de).

Juguetes (venta de).

Leche (venta, sin autotransporte).

Libros, papelería, artículos de escritorio (venta de).

Lotería (venta de billetes de).

Loza, cerámica, artículos de alfarería (venta de).

Mantequilla, queso crema, huevos (venta de).

Maquinaria ligera, implementos para la industria (venta de).

Máquinas de escribir, coser, calcular (venta de).

Medias (remallado de).

Médicos, quirúrgicos, delantales, ventas de instrumentos y equipos.

Mercancías  (venta de).

Mimbre, vara, palma (venta de artículos).

Modas, sastrería, sombreros, confección de ropa (pequeños talleres).

Misceláneas  (venta al menudeo).

Muebles  (venta de).

Oficinas y despachos profesionales.

Oficinas de negocios varios.

Optica  (venta de artículos de).

Pan, pasteles (venta de).

Papel, envases de cartón (venta de).

Peluquería, salones de belleza.

Peluquería  (venta de artículos para).

Periódicos, revistas  (venta de).

Perfumes, artículos de tocador  (venta de).

Piel  (venta de artículos de).

Pinturas (venta de).

Plumas, fuentes, lapiceros ( reparación y venta de).

Radios, televisores, similares  (venta de).

Refrescos, helados  (venta de).

Refrigeradores, lavadoras, estufas y similares  (venta de).

Restaurantes.

Ropa, telas, botonería  (almacenes de).

Salones de té.

Seguros, instituciones de Crédito.

Servicio doméstico.

Sombreros, artículos para sombreros (venta de).

Tapetes linóleo (venta de).

Tapicerías.

Templos religiosos.

Transportes marítimos, aéreos y terrestres (agencias de).

Vestidos, disfraces y similares  (alquiler y venta de).

Vídeo  (ventas, alquiler  (sin autotransporte).

Zapateros  (venta de artículos para).

 Clase II

Alfombras, tapetes.

Almacenes y mercados para departamentos  con ventas al por mayor y al detal.

Apicultura, avicultura.

Armas de fuego, (talleres de reparación de ).

Artículos para deporte. (manufacturas de).

Automotores (venta alquiler estacionamiento, garajes de).

Avisos en placas metálicas estampado (impresión de).

Baúles, petacas bolsas de mano. (manufacturas de).

Bebidas embotelladas en general, depósito venta al mayoreo.

Bicicletas, motocicletas (alquiler, venta de).

Billares (salones de ).

Bodegas, almacenes de depósito.

Bolos (juego de).

Bordados de hilados, tejidos de punto (manufacturas de).

Botones, hebillas, (talleres de forrado de).

Cablegráficas, estaciones.

Cacao (beneficio del ).

Café (recolección tostado, molienda).

Cafés, cantinas, bares.

Calcomanías (fabricación de ).

Calzado (fabricación de trabajo a mano).

Cantinas, bares, centros nocturnos.

Carbonerías (sin autotransporte(venta de).

Carey, cuerno, hueso, concha, tagua  (manufacturas de).

Carnes (empacado de).

Carnes frías, chorizos, longanizas y similares (preparación de).

Carnicerías.

Carpintería y ebanistería (sin maquinaria).

Cementerios (empleados de).

Cines, teatros (trabajos en).

Coco (desfibre, secado y rallado de ).

Colchones resortados (sin autoutilización de borra(fabricación de).

Confecciones en tela (con excepción de colchones).

Conservas alimenticias (sin empleo de maquinaria).

Construcción (venta de materiales para).

Cría de ganado bovino, equino y similares (excepto de lidia).

Decoración interiores.

Dental, laboratorios mecánica.

Deportes (centro de enseñanza y entrenamiento).

Discos para fonógrafo (manufactura de ).

Encuadernación (talleres de).

Envase, empaque de drogas y artículo para tocador.

Envase y enlatado de productos alimenticios.

Escobas, plumeros (manufactura de ).

Esencias (fabricación de).

Especias (fabricación de).

Espectáculos deportivos (trabajos en boxeo, lucha, béisbol y similares).

Establos (sin autotransporte).

Estaciones (radiodifusoras de televisión).

Estaño (fabricación de artículos de).

Estuches para joyas, perfumes y similares (manufactura de).

Extinguidores de incendio (carga y venta de ).

Ferreterías.

Flores artificiales (manufactura de).

Fotostáticas heliográficas (elaboración de copias).

Frutas (elaboración de concentrados de ).

Funerarios (servicios).

Guantes de tela y piel (manufactura de).

Helados (elaboración de ).

Hilados y tejidos (trabajos a mano con equipo no motorizado).

Hilados, tejidos, tapetes, alfombras y similares (a mano o con equipo no motorizado.

Hoteles, moteles (amoblados).

Impermeables (manufactura de).

Instrumentos de precisión (reparación de).

joyas, relojes, aparatos científicos de precisión (reparación de).

juguetes (reparación de).

Ligas tirantes, (manufactura de).

Limpieza, empresas de (con excepción de limpieza exterior de edificios).

Maíz (fabricación de productos de ).

Mantequilla, quesos, crema de leche (fabricación de ).

Marquetería, ( no mecanizadas).

Maquinaría pesada (venta de).

Máquinas de escribir, calcular, coser, instrumentos científicos (reparación de).

Máscaras, pelucas (manufacturas de).

Mercancía (ventas de con auto transporte).

Mimbre, vara palma y similares (manufacturas de artículos).

Mosaico, azulejos y similares. (venta de).

Miscelánea, grandes almacenes de ).

Obleas como para helados (manufactura de).

Opticos, (talleres de ).

Papel (manufactura de cuadernos, libretas en blanco, sobres y similares y venta al mayoreo).

Patines, boliches (salones de).

Peleterías (confección).

Películas cinematografías (producción de).

Películas cinematográficas (distribución de ).

Pescados, mariscos (expendios de ).

Pintura al duco (talleres de).

Plantas de refrigeración y congelación (trabajos en).

Pluma (manufactura de).

Radios, televisores (reparación de).

Relieves, placas metálicas (fabricación de).

Resinas, recolección (reparación de).

Ropa y novedades (grandes almacenes de).

Sanitarios (servicios públicos).

Sastrerías, confecciones de ropa (fábrica y grandes talleres).

Sellos de caucho (manufactura de).

Semillas, forrajes (almacenamiento y venta al mayoreo).

Semillas y granos. (tostados de).

Servicios médicos y paramédicos asistenciales domiciliarios.

Servicios médicos y paramédicos asistenciales domiciliarios excepto servicios.  de prevención y prevención.

Sombreros para hombre (reparación de).

Sombreros (manufactura de artículos para).

Tabaco (beneficio de).  

Teatros, cines (trabajos en).

Tintorerías (teñido de telas y vestidos ).

Tocador (fabricación de artículos para ).

Trabajos agrícolas, cultivos y recolección de maíz, trigo, arroz, frijol, garbanzo, hortaliza, caña de azúcar, algodón y similares.

Transporte aéreo de pasajeros y mercancías (empresas de).

Transporte de tracción animal.

Vídeo (venta, alquiler con autotransporte.

Vidrios (depósitos y ventas de).

Zootecnia cría de animales domésticos y veterinaria en general.

 Clase III

Aceites vegetales y minerales (envasado de).

Acumuladores (reparación carga y venta de).

Aeronaves (ensamble reparación de).

Agua, extracción y purificación (distribución y fabricación de).

Aguarrás, trementina, gomas (fabricación de).

Agujas, alfileres, horquillas y similares (fabricación de).

Algodón, gasas vendas y similares (fabricación de ).

Alcohol (fabricación de).

Algodón (desfibradora de).

Armas de fuego (fabricación de).

Artículos en fibra de vidrio (fabricación y reparación de).

Arroz ( beneficiario de trilladora ).

Automotores, (automóviles camiones, lanchas, motocicletas, armado de pintura reparación de).

Autos particulares (conductores de).

Azufre  (refinación de).

Balnearios (con personal de salvamento).

Bandas, empaquetaduras (fabricación de).

Basura, desperdicios (transporte, aprovechamiento, recolección, incineración de).

Bebidas no alcohólica (fabricación, embotellado de).

Betunes, grasa para calzado (fabricación de).

Bombillas (fabricación de).

Borra, estopa, fabricación de artículos de.

Botones en general, broches, cierres metálicos (fabricación de).

Caballerizas (tabajo en ).

Cacao (tostado, molienda y fabricación de productos de ).

Café (descerezado, trillado).

Cal, cales hidratadas (fabricación de).

Calefacción y refrigeración (fabricación de aparatos de ).

Calentaores para agua, estufas a gas (fabricación de).

Calzado (fabricación y reparación de ( con maquinaría).

Carbón mineral y vegetal, leña (depósito y venta de (con autotransporte)).

Carpinterías y ebanistería (con maquinaria).

Carrocería (fabricación y reparación de).

Cartón (fabricación de cajas y artículos de).

Cepillos,  brochas, pinceles (fabricación de).

Cerámica alfarería (manufactura de artículos de).

Cera para pisos (fabricación de).

Cerraduras, llaves y similares (fabricación de).

Cigarros, cigarrillos (fabricación de).

Circos, hipódromos plazas  de toros y similares(trabajos en).

Cirugía ortopedia (fabricación de).

Cola, pegantes y similares (fabricación de).

Combustibles para calentadores, encendedores (prelación de).

Conservas alimenticias (con empleo de maquinaria) fabricación de).

Corcho (fabricación de artículos de).

Corsés, fajas, elásticos (fabricación mecanizada).

Cortinas, puertas y ventanas metálicas (fabricación de).

Costales de fibra de tela (manufactura de ).

Cuero (fabricación de artículos de).

Desfibradoras de fibras duras (yute, fique y similares).

Dulces, chocolates y similares (fabricación de).

Eléctricos, fabricación de aparatos y similares.

Electromecánicos, talleres.

Embotelladoras (fabricación de artefactos para (tapas y similares)).

Empaquetadura, bandas (fabricación de).

Empresa de servicios temporales, de suministro de personal o de empleos temporales.

Envases de madera para empaque (fabricación de).

Esquelas, frenos y similares (fabricación de).

Establos (con autotransporte para reparto).

Estaciones de servicio para automotores.

Esterilización (fabricación de aparatos para).

Estibadores, coteros, paletizadores (excepto cargue y descargue de embarcaciones aéreas, marítimas y fluviales).

Extinguidores de incendio (fabricación de envases para).

Fécula, almidón, glucosa (fabricación de).

Floricultura invernaderos, cultivo.

Fósforos (depósitos, distribución de).

Fotograbado, cincograbado, rotograbado.

Galletas pastas alimenticias (fabricación de).

Gasas, vendas, algodón y similares (fabricación de).

Gasolina, petróleo, tractorina (estaciones y expendios de).

Grabado en cobre y otros metales (Trabajo en ).

Hormas, tacones y cercas para calzado (fabricación de).

Hielo, elaboración (distribución de).

Hierro (talleres de ornamentación de).

Hiero (venta de).

Hilados y tejidos de fibras blandas, fabricación de (algodón, lana, lino, seda y similares).

Hilos estambres (fabricación de).

Hojalatería no mecanizada (Trabajos de ).

Hospitales generales, centro de atención médica con ayudas diagnósticas o instituciones prestadoras de servicios de salud. centros especializados (excepto de radiodiagnóstico y radio terapia).

Hospitales para tuberculosos.

Imprentas, litografías tipografías.

Ingeniería (fabricación de instrumentos y artículos de).

Inhumación (agencia de).

Instalaciones eléctricas, en casa de habitación y edificios.

abones (fabricación de).

Jardines zoológicos (Trabajo en ).

Juegos diversiones mecánicas (Trabajos en ).

Laboratorios de análisis químicos, bancos de sangre y similares.

Lácteos (fabricación de productos).

Lamparas incandescentes, flúorescentes, tubos para radios y similares (fabricación de).

Lápices (fabricación de).

Latonerías, cobrerías.

Lavanderías, planchadurías mecanizadas.

Leche condensada y en polvo (elaboración de).

Leche (distribución  con autotransporte).

Levaduras (fabricación de).

Lijas, esmeriles (fabricación de).

Madererías, preparación de madera (impermeabilizado e inmunizado).

Maniquíes (fabricación de).

Manteca de cerdo (elaboración de).

Maquinaria e implementos agrícolas (fabricación, reparación de).

Maquinaria pesada (reparación de).

Marmolerías.

Marqueterías mecanizadas.

Mataderos.

Mecánicos de herrería (talleres).

Medias (fabricación de).

Metálicos (fabricación de artículos).

Moldes para fundición de maquinaria (fabricación de).

Molinos de arcilla, yeso y similares.

Molinos de grano.

Muebles de madera (fabricación mecanizada).

Muebles de metal (fabricación de).

Ojetes para zapatos (fabricación de).

Ortopedia (fabricación de elementos para).

Palillos, bajalenguas y similares (fabricación de).

Pan, pasteles (elaboración de).

Paraguas, bastones (fabricación de).

Pasta alimenticias, galletas (fabricación de).

Pasteurizadoras (plantas).

Peines, peinetas y similares (fabricación de).

Pelo, cerda para uso industrial (preparación de).

Persianas (fabricación de).

Pescados, mariscos (empacadoras de).

Pisos (pulido, pintura y encerado de).

Plantas pulidoras de metales.

Plásticos, baquelita látex (fabricación de artículos de).

Platerías (fabricación de plata).

Plomerías.

Productos farmacéuticos, medicamentos (fabricación de).

Radios, reproductores de sonido, televisores ( armado y fabricación de).

Resortes, muebles, bisagras (fabricación de).

Rodillos para imprenta (recubrimiento, fabricación de).

Sal (refinación de).

Salinas marítimas.

Servicios en coches-dormitorios y comedores abordo de ferrocarriles (empresas de).

sombrero de fieltro (fabricación de).

Tabacos, cigarrillos (fabricación de).

Talabartería mecanizadas.

Tapetes, alfombras (fabricación de).

Tapones, tapas en general (fabricación de).

Telas, hilos (acabado, teñido y estampado).

Telas en general (fabricación de).

Teléfonos (Trabajos en empresas de ).

Televisores radios reproductores de sonido ( armado y fabricación de).

Tintas para imprenta (fabricación de).

Tintorerías.

Toneles, barriles (fabricación de).

Transporte automotor de artículos diversos (pan, legumbres, carne, leche, drogas, madera).

Trapiches, industria de la panela.

Trapo, papel, cartón (basurero), recolección, selección y compraventa de )

Trilladoras de grano.

Tuercas, tornillos, llaves y similares (fabricación de).

Velas, veladoras de cera, de parafina, de cebo (fabricación de).

Ventas de materiales para construcción con autotrnasporte.

Vigilancia policiva privada (servicio de).

Vinagre (fabricación de).

Vinos, aguardientes, licores (fabricación de).

 Clase IV

Aceites y mantecas vegetales (fabricación de).

Aceites para usos industriales (fabricación de).

Acumuladores (fabricación de).

Aerofotografía.

Aire acondicionado, ventilación (instalaciones de sistemas).

Alambrado telas metálicas, artículos de alambre fabricación y embotellado.

Alcohol, bebidas alcohólicas, fabricación y embotellado.

Asfalto (fabricación de (y productos asfalticos)).

Avisos luminosos (fabricación de).

Avisos (instalación de).

Bosques silvicultura explotación de (tala y aserrio).

Cartón, papel (fabricación de).

Celuloide (fabricación de artículos de).

Cemento (plantas de mezclado (con autotransporte).

Cerveza (fabricación embotellado de).

Clavos, tuercas, tornillos, resortes, bisagras similares (fabricación de).

Construcción (venta de materiales para ( con autotransporte)).

Cuchillos, cuchillería en general, cucharas (fabricación de).

Desinfección, fumigación.

Elevadores (instalación y reparación de).

Emplomados (vitrales)fabricación de).

Envases de hojalata (fabricación mecanizada de).

Estampados, troquelados (fabricación de artículos).

Estopa, borra y similares (fabricación de).

Explosivos, cohetes, pirotecnia (venta y depósitos de ).

Ferrocarriles (fabricación de repuesto para).

Fertilizantes sintéticos, (fabricación de).

Fieltro (fabricación de).

Fósforo, cerillos (fabricación de).

Galvanización, niquelado, cromado, corbrizado y metalización (trabajos exclusivos).

Ganado de lidia (importación crianza de).

Gases para usos domésticos e industriales (envasado y distribución de ).

Granito artificial, azulejos, mosaicos (fabricación de).

Herramientas, herrajes (fabricación de).

Hule (fabricación de).

Ingenios azucareros.

Ladrillos, tejas, tubos (( con proceso de horneado)fabricación de).

Loza (fabricación de).

Luz, fuerza motriz (generación y distribución de).

Maderas terciadas (( triplex)fabricación de).

Malta (fabricación de).

Mantecas vegetales (fabricación de).

Minerales metálicos (plantas de beneficio o tratamiento de).

Minerales no metálicos (plantas de beneficio o tratamiento de).

Mudanzas trasteos (agencia de).

Navajas, hojas para rasurar (fabricación de).

Oxígeno, gas carbónico, acetileno y similares (fabricación de).

Papel, cartón (fabricación de).

Pesca (Trabajos de).

Pieles (curtiembres de).

Pinturas, barnices tintas para imprenta (fabricación de).

Pirotecnia, cohetería (depósitos y ventas de).

Refractarios (fabricación de artículos).

Sanitarios (fabricación de artículos).

Servicios de emergencia para vehículos de motor (grúa montallantas).

Sustancias químicas peligrosas (envasado o reenvasado y venta de).

Taxidermia.

Techos impermeables (fabricación, coloración de).

Telas, hilos (encerado o embreado de).

Tenerías, curtidurías.

Tipos para imprenta (fabricación de)

Transportes aéreos, de pasajeros, de mercancía (empresa de  (excepto persona de oficina)).

Transportes marítimos, fluviales y lacustres.

Transportes terrestres, de pasajeros y mercancías.

Transporte urbanos de carga (con excepción de agencias de mudanza).

Transportes urbanos de pasajeros.

Vidrio (fabricación y gravado de).

Vidrios, cristales, espejos (fabricación de).

Vulcanización (Trabajos de)

 Clase V

Areneras, cascajera, arcillas y demás materiales de construcción (explotación de).

Asbestos (fabricación de productos con contenido de, trabajos de aislamiento térmico).

Aserraderos.

Astilleros (construcción y reparación de embarcaciones).

Bomberos (cuerpo de).

Buceo (Trabajos de ).

Cajas fuertes (fabricación de).

Canteras, pedreras (explotación de).

Carboneras (explotación de).

Cargue y descargue de embarcaciones de áreas, marítimas y fluviales.

Cemento (fabricación de).

Centros de atención médica con radiodiagnóstico y radioterapia.

Construcción de casa, edificios, caminos, ferrocarriles, presas, calles, oleoductos.

Construcción de torres de petróleo, tanques elevados, funiculares, cables aéreos.

Consultorios médicos y odontológicos, cuyas unidades radiológicas no cumplan con las normas de radio protección vigentes.

Dactilocopista en los cargos de Detective agente, Profesional especializado. Personal de detectives en sus distintos grados y denominaciones (servicios de).

Demolición, excavación (Trabajos de ).

Directores de establecimientos carcelarios, Mayores, Capitanes, Tenientes,

Sargentos, Guardián (servicios de).

Estructuras de hierro (fabricación, montaje de).

Escoltas (servicios de).

Explosivos (fabricación de).

Fumigación, Fertilización agrícolas por medio de aviones.

Fundiciones.

Industrias de la producción del caucho natural y sintético.

Laminación (plantas de).

Limpieza exterior de fachadas y ventanas.

Maquinaria pesada (fabricación de).

Minas de arena (explotación de).

Minas metálicas (explotación de).

Minas no metálicas (explotación de).

Munición, parques (fabricación de).

Petróleo, gas natural (exploración y refinación de).

Piedra (talla de).

Pirotecnia, cohetería (fabricación de).

Pozos (perforación de).

Profesionales de las siguientes actividades: Toreros y cuadrillas de ruedo, paracaidistas, corredores de automotores de alta velocidad, alpinistas, buceadores y similares.

Químicos industriales (fabricación de productos tóxicos y cáustico).

Servicios de instalacion,reparacion y mantenimiento de aparatos de rayos x, equipos y fuentes de material reactivo y similares.

Servicios prestados por la jurisdicción penal como Magistrados, Jueces. Regionales, Jueces Penales del Circuito, Fiscales y servicios de seguridad de la Fiscalía General de la Nación.

Servicios prestados por el Ministerio público como Procuradores Delegados en lo Penal, Procuradores Delegados para los Derechos humanos, Procuradores delegados ante la sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, funcionarios y empleados de la oficina de investigaciones especiales y empleados de los cuerpos de seguridad.

Servicios prestados como técnicos aeronáuticos con funciones de contralores de tránsito aéreo, técnicos aeronáuticos con funciones de radio operadores.

Transporte de valores (servicios de).

ARTICULO 3o. CLASIFICACION DE EMPRESA. La clasificación de emplees se hará de acuerdo con la actividad principal del empleador dentro de la clase de riesgo que corresponda.

Cuando una actividad determinada no se encuentre en la tabla contenida en el artículo anterior, el empleador y la entidad administradora de riesgos profesionales podrán efectuar la clasificación de acuerdo con la actividad afín contemplada en la tabla, para lo cual deberán tener en cuenta el riesgo ocupacional de una y otra.

Efectuada así la clasificación, la entidad administradora de riesgo profesionales deberá comunicarla a la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con el fin de que ésta proceda a proponer la inclusión de la nueva actividad en la Tabla.

ARTICULO 4o. CLASIFICACION DE UNA EMPRESA CON VARIOS CENTROS DE TRABAJO. Cuando una misma empresa tuviese más de un centro de trabajo, será clasificada para diferentes clases de riesgo para cada uno de ellos, bajo el mismo NIT, siempre que:

1. Exista una clara diferenciación de las actividades desarrolladas en cada centro de trabajo.

2. Las instalaciones locativas de cada centro de trabajo se encuentran ubicadas en diferente lugar.

3. La exposición a factores de riesgo ocupacional sea diferente en cada uno de los centros de trabajo.

ARTICULO 5o. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá D.C., a 3 de agosto de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

JOSE ELIAS MELO ACOSTA.

El Ministro de Salud.

JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA.

      

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