RESOLUCIÓN 3716 DE 1994
(noviembre 3)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Por la cual se establece un procedimiento en materia de Salud Ocupacional
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales y en especial delas que le confiere el Artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en sus artículos 25 y 43 consagra que el trabajo es un derecho y una obligación social, que goza de la especial protección del Estado y que la mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación.
Que el convenio internacional 111, debidamente ratificado por la ley 22 de 1967, hace parte de la legislación interna y por ende debe ser aplicado por el Gobierno Nacional a través dela formulación de políticas que promuevan la igualdad de oportunidades y de trato, en materia de empleo y ocupación, con el objeto de eliminar cualquier discriminación a este respecto.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Los empleadores del sector público y privado además del examen médico preocupacional o de admisión podrán ordenar la práctica de la prueba de embarazo, cuando se trate de empleos u ocupaciones en los que existan riesgos reales o potenciales que puedan incidir negativamente en el normal desarrollo del embarazo, con el fin único y exclusivo de evitar que la trabajadora se exponga a factores que puedan causarle daño a ella o al feto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los 03 NOV. 1994.
MARÍA SOL NAVIA VELASCO
Ministra de Trabajo y Seguridad Social
IVÁN DARÍO CADAVID ARANGO
Secretario General