RESOLUCION 4059 DE 1995
(Diciembre 22)
<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Resolución 156 de 2005>
Por la cual se adoptan el Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo y el Formato Único de Reporte de Enfermedad Profesional.
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículo 68 del Decreto Ley 1295 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 62 del decreto ley 1295 obliga a los empleadores a presentar informes sobre la ocurrencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional;
Que mediante oficio de 18 de diciembre de 1995 suscrito por el Señor Ministro de Salud, ese despacho emitió el concepto técnico correspondiente.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. CAMPO DE APLICACION.
La presente resolución se aplica, con las excepciones previstas en el artículo 279 de la ley 100 de 1.993, a todas las empresas que funcionen en el territorio nacional, y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas, de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general.
PARAGRAFO. Para los servidores públicos del nivel nacional entrará a regir el 1o. de enero de 1.996, y en los niveles departamental, municipal y distrital, a más tardar en la misma fecha, o en aquella anterior determinada por la respectiva autoridad gubernamental.
ARTICULO 2o. OBLIGACION DE LOS EMPLEADORES Y DE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD.
En desarrollo del artículo 62o. del decreto ley 1295 de 1994, los empleadores
deberán reportar, en forma simultánea, a las Entidades Promotoras de Salud y a las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales a las cuales se encuentre afiliado el trabajador, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su ocurrencia o diagnóstico, según sea el caso, los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales que ocurran a los trabajadores de sus empresas o actividades económicas.
Los reportes de que trata esta Resolución tienen como objeto servir de fuente para:
1. El desarrollo estadístico del sistema de información que deben llevar las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales;
2. La investigación que deben adelantar las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales;
3. La investigación que deben adelantar los Empleadores de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales como parte del desarrollo del programa de salud ocupacional;
4. Adelantar, por parte de los Empleadores y las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales, las actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; y,
5. La determinación del Indice de Lesiones Incapacitantes.
6. Las demás que le asigne la ley.
Para el reporte de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, deberán diligenciarse el "Formato Unico de Reporte de Accidente de Trabajo" o el "Formato Unico de Reporte de Enfermedad Profesional", según el caso, que se adoptan en este artículo, así:
Para el diligenciamiento del Formato Unico de Reporte de Accidente de Trabajo se incluirá, en cada uno de ellos, el siguiente instructivo:
FORMATO UNICO DE REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO
INSTRUCTIVO
Por favor responda cada una de las preguntas indicadas, con letra imprenta clara o a máquina.
NO llene los espacios sombreados. Estos únicamente deben ser diligenciados por la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP)
Diligenciado por: Marque con una X la casilla correspondiente; en caso de señalar la casilla "otro", especifique el cargo de la persona que lo diligencia en la empresa, o en caso que sea diligenciado por una persona que no labora en la empresa, indique la relación de ésta con el trabajador accidentado.
I. IDENTIFICACION DE LA EMPRESA DONDE OCURRIO EL ACCIDENTE.
Nombre o razón social: Especifique el nombre o la razón social de la empresa, como se encuentra inscrita ante la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
CC o NIT: Según sea el caso, escriba el número de la cédula o el número de identificación tributaria de la empresa.
Código: Este espacio únicamente debe ser diligenciado por la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Dirección: Escriba la dirección de la empresa o del centro de trabajo donde labora habitualmente el trabajador o trabajadora que sufrió el accidente.
Teléfono: Escriba el número de teléfono de la empresa o del centro de trabajo donde se encuentra laborando el trabajador o trabajadora que sufrió el accidente.
Fax: Escriba el número de Fax de la empresa o del centro de trabajo donde labora el trabajador o trabajadora que se accidentó.
Departamento: Escriba el departamento donde se encuentra la empresa o centro de trabajo donde labora habitualmente el trabajador o trabajadora accidentado. El espacio sombreado correspondiente, únicamente debe ser llenado por la Administradora de Riesgos Profesionales(ARP).
Municipio: Escriba el municipio donde se encuentra la empresa o el centro de trabajo donde habitualmente labora el trabajador o trabajadora que se accidentó. El espacio sombreado correspondiente, únicamente lo debe llenar la Administradora de Riesgos profesionales (ARP).
II. INFORMACION EXCLUSIVA PARA EMPRESAS TEMPORALES.
(Trabajadores en misión)
Los espacios correspondientes a este numeral únicamente se deben diligenciar en aquellos casos en que el trabajador o trabajadora que se accidentó, tenga contrato de trabajo a través de una empresa de servicios temporales, y por lo tanto, sea considerado trabajador o trabajadora en misión en la empresa donde ocurrió el accidente.
Nombre o razón social: Especifique el nombre o la razón social de la empresa de servicios temporales.
CC o NIT: Según sea el caso, escriba el número de cédula o el número de identificación tributaria del nombre o la razón social de la empresa de servicios temporales.
Código: Este espacio únicamente debe ser diligenciado por la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Dirección: Escriba la dirección de la empresa de servicios temporales.
Teléfono: Escriba el número de teléfono de la empresa de servicio temporal donde se encuentra laborando el trabajador o trabajadora que sufrió el accidente.
Fax: Escriba el número de Fax de la empresa de servicio temporal donde labora el trabajador o trabajadora que se accidentó.
Departamento: Escriba el departamento donde se encuentra la empresa de servicios temporales donde se encuentra inscrito el trabajador o trabajadora que se accidentó. El espacio sombreado correspondiente, únicamente lo debe llenar la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Municipio: Escriba el municipio donde se localiza la empresa de servicios temporales a la cual está inscrito el trabajador o trabajadora que se accidentó. El espacio sombreado correspondiente, únicamente lo debe llenar la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
III. INFORMACION DEL TRABAJADOR O TRABAJADORA QUE SE ACCIDENTO
Apellido y nombre: Especifique apellido y nombre del trabajador o trabajadora que sufrió el accidente de trabajo.
Identificación: Señale con una (X) la casilla correspondiente al tipo de documento de identificación del trabajador o la trabajadora que se accidentó, y escriba claramente el número de dicho documento. La casilla sombreada únicamente debe ser diligenciada por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Edad cumplida: Escriba en números, la edad en años cumplidos. La casilla sombreada únicamente debe ser diligenciada por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Sexo: Marque con una (X) la casilla correspondiente. La casilla sombreada únicamente debe ser diligenciada por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Dirección de la residencia: Escriba la dirección de la residencia del trabajador o trabajadora que se accidentó, teniendo en cuenta la numeración asignada en la nomenclatura de la ciudad o municipio.
Teléfono: Escriba en números el teléfono correspondiente de la residencia del trabajador o trabajadora que se accidentó.
Ocupación habitual: Especifique claramente la ocupación habitual del trabajador o trabajadora que se accidentó. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Tiempo en el oficio en el momento del accidente: Según el caso, escriba en números cuántos años, meses o días lleva en el oficio al momento del accidente, el trabajador o la trabajadora que se accidentó.
(Ejemplo: si lleva trabajando varios años, escriba únicamente el número de años; si lleva trabajando menos de un año pero más de un mes, escriba únicamente el número de meses; si lleva trabajando menos de un mes, escriba únicamente el número de días).
Antigüedad en la empresa: Según el caso, escriba en números cuántos años, meses o días lleva laborando en la empresa, el trabajador o la trabajadora que se accidentó. (Ejemplo: si lleva trabajando varios años, escriba únicamente el número de años; si lleva trabajando menos de un año pero más de un mes, escriba únicamente el número de meses; si lleva trabajando menos de un mes, escriba únicamente el número de días).
Salario base de cotización: Escriba en números el salario base de cotización, reportado en la última autoliquidación a la Administradora de Riesgos Profesionales.
Periodicidad de pago: Escriba en números, con qué periodicidad el empleador efectúa el pago del salario (Ejemplo: diario: escriba 1; quincenal; escriba 15; mensual: escriba 30, y así sucesivamente según el caso).
EPS a la que pertenece: Escriba el nombre de la Entidad Promotora de Salud a la cual está afiliado el trabajador o la trabajadora que se accidentó.
ARP a la que pertenece: Escriba el nombre de la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales a la cual está afiliado el trabajador o la trabajadora que se accidentó. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
IV. INFORMACION SOBRE EL ACCIDENTE.
Fecha: Escriba en números, la fecha en que ocurrió el accidente, en el orden que se especifica en el formulario (día, mes, año).
Hora del accidente: Escriba la hora en que ocurrió el accidente, en el orden como se especifica en el formulario (de 0 a 23 horas). No se tomarán en cuenta los minutos.
Día del accidente: Escriba el número que corresponde al día en que ocurrió el accidente, así:
1 = Domingo
2 = Lunes
3 = Martes
4 = Miércoles
5 = Jueves
6 = Viernes
7 = Sábado
Estaba realizando su labor habitual en el momento del accidente? Con una (X) señale si estaba o no realizando su labor habitual en el momento de ocurrir el accidente. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Cuántas horas transcurrieron antes del accidente? Escriba el número de horas que transcurrieron dentro de la jornada laboral, antes de ocurrir el accidente.
Jornada de trabajo: Señale con una (X) en qué jornada estaba laborando el trabajador o la trabajadora que se accidentó. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Sitio de ocurrencia: Marque con una (X) si el accidente se produjo dentro o fuera de la empresa. Posteriormente marque con una (X) en qué lugar de los señalados ocurrió el accidente. Si el sitio de ocurrencia no corresponde a ninguno de los expuestos en el formulario, marque con una (X) "otros" y escriba en " cuál otro" el sitio donde ocurrió. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Lesión o daño aparente sufrido por el trabajador: Marque con una (X) la lesión o el daño aparentemente sufrido por el trabajador o la trabajadora que se accidentó. Si el daño o lesión aparentemente sufrido por el trabajador o la trabajadora que se accidentó no corresponde a ninguno de los expuestos en el formulario, marque con una (X) "otros" y escriba en " cuál otro", la lesión o daño que al parecer sufrió el trabajador. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Parte(s) o lado(s) del cuerpo aparentemente afectados: Marque con una (X) la parte(s) o lado(s) del cuerpo aparentemente afectados por el accidente. Si la parte(s) o lado(s) del cuerpo aparentemente afectados no corresponden a ninguno de los expuestos en el formulario, marque con una (X) "otros" y escriba en "cuál otro", la parte(s) o lado(s) del cuerpo aparentemente afectados. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP).
Con qué se lesionó el trabajador: Marque con una (X) el elemento con el que directamente se lesionó el trabajador o la trabajadora en el momento del accidente. Si el elemento con que se lesionó no corresponde a ninguno de los expuestos en el formulario, marque con una (X) "otros" y escriba en "cuál otro", el elemento con que se lesionó el trabajador o la trabajadora que se accidentó. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales.
V- DESCRIPCION DEL ACCIDENTE.
Descripción del accidente: En este espacio, por favor describa detalladamente cómo ocurrió en accidente, los elementos que lo produjeron, el lugar, las consecuencias aparentemente sufridas, etc.
IPS que lo atendió: Escriba el nombre de la Institución Prestadora de Servicios (centro de salud, consultorio médico, hospital, clínica, etc) donde se le prestó la primera atención médica al trabajador o trabajadora que se accidentó.
Personas que presenciaron el accidente: Escriba el nombre y apellido de la o las personas que presenciaron el accidente.
Persona responsable del informe: Escriba el nombre completo (nombres y apellidos) y el cargo en la empresa (si trabaja en la misma empresa donde labora el trabajador o trabajadora que se accidentó), de la persona responsable de diligenciar el informe, con su respectiva firma.
Fecha del informe: Escriba en números y en el orden solicitado (día/mes/año) la fecha de diligenciamiento del informe.
Para el diligenciamiento del Formato Unico de Reporte de Enfermedad Profesional se incluirá, en cada uno de ellos, el siguiente instructivo para su diligenciamiento:
FORMATO UNICO DE REPORTE DE ENFERMEDAD PROFESIONAL.
INSTRUCTIVO
Por favor responda cada uno de las preguntas indicadas, con letra imprenta clara o a máquina.
Recuerde que:
- La primera hoja del Informe únicamente debe ser diligenciada por el empleador.
- La segunda hoja del Informe únicamente debe ser diligenciada por el médico que efectúa el diagnóstico de enfermedad profesional.
NO llene los espacios sombreados. Estos únicamente deben ser diligenciados por la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
ESTAS PREGUNTAS UNICAMENTE DEBEN SER DILIGENCIADAS POR EL REPRESENTANTEDLEGAL DE LA EMPRESA, O QUIEN LO REEMPLACE
Nombre o razón social: Especifique el nombre o la razón social de la empresa, como está inscrita ante la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
CC o NIT: Escriba el número de cédula o el número de identificación tributaria de la empresa, según sea el caso.
Código: Este espacio únicamente debe ser diligenciado por la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Dirección: Escriba la dirección de la empresa o del centro de trabajo donde labora el trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
Teléfono: Escriba el número de teléfono de la empresa o del centro de trabajo donde se encuentra laborando el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
Fax: Escriba el número del Fax de la empresa o del centro de trabajo donde labora el trabajador.
Departamento: Escriba el departamento donde se encuentra la empresa o centro de trabajo donde labora habitualmente el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional. El espacio sombreado correspondiente, únicamente lo debe llenar la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Municipio: Escriba el municipio donde se encuentra la empresa o el centro de trabajo donde habitualmente labora el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional. El espacio sombreado correspondiente, únicamente lo debe llenar la Administradora de Riesgos profesionales (ARP).
II- INFORMACION EXCLUSIVA PARA EMPRESAS TEMPORALES.
(Trabajadores en misión)
Los espacios correspondientes a este numeral únicamente se deben diligenciar en caso que el trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional tenga contrato de trabajo a través de una empresa de servicios temporales, y por lo tanto, sea considerado trabajador en misión en la empresa donde está prestando servicio al momento del diagnóstico.
Nombre o razón social: Especifique el nombre o la razón social de la empresa de servicios temporales.
CC o NIT: Escriba el número de la cédula o el número de identificación tributaria de la empresa de servicios temporales, según sea el caso.
Código: Este espacio debe ser diligenciado únicamente por la Administradora de Riesgos Profesionales.
Dirección: Escriba la dirección de la empresa de servicios temporales.
Teléfono: Escriba el número de teléfono de la empresa o del centro de trabajo donde se encuentra laborando el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
Fax: Escriba el número del Fax de la empresa o del centro de trabajo donde labora el trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
Departamento: Escriba el departamento donde se encuentra la empresa de servicios temporales. El espacio sombreado correspondiente, únicamente debe ser llenado por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Municipio: Escriba el municipio donde se encuentra la empresa de servicios temporales. El espacio sombreado correspondiente, únicamente debe ser llenado por la Aministradora de Riesgos Profesionales (ARP).
III- INFORMACION DEL TRABAJADOR O TRABAJADORA A QUIEN SE DIAGNOSTICO LAENFERMEDAD PROFESIONAL
Apellido y nombre: Especifique apellido y nombre del trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
Identificación: Señale con una (X) la casilla correspondiente al tipo de documento de identificación del trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional, y escriba claramente el número de dicho documento. La casilla sombreada únicamente debe ser diligenciada por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Edad cumplida: Escriba en números la edad en años cumplidos. La casilla sombreada únicamente debe ser diligenciada por la ARP.
Sexo: Marque con una (X) la casilla correspondiente. La casilla sombreada únicamente debe ser diligenciada por la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Ocupación habitual: Especifique claramente la ocupación habitual actual del trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Tiempo en el oficio en el momento del diagnóstico: Según el caso, escriba en números cuántos años, meses o días lleva en el oficio al momento del diagnóstico de la enfermedad profesional, el trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
(Ejemplo: si lleva trabajando en el oficio varios años, escriba únicamente el número de años; si lleva trabajando en el oficio menos de un año pero más de un mes, escriba únicamente el número de meses; si lleva trabajando en el oficio menos de un mes, escriba únicamente el número de días).
Antigüedad en la empresa: Según el caso, escriba en números cuántos años, meses o días lleva laborando en la empresa, el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional. (Ejemplo: si lleva trabajando en la empresa varios años, escriba únicamente el número de años; si lleva trabajando en la empresa menos de un año pero más de un mes, escriba únicamente el número de meses; si lleva trabajando en la empresa menos de un mes, escriba únicamente el número de días).
Salario base de cotización: Escriba en números el salario base de cotización, reportado en la última autoliquidación a la Administradora de Riesgos Profesionales.
Periodicidad de pago: Escriba en números, con qué periodicidad el empleador efectúa el pago del salario.(Ejemplo: si es diario: escriba 1; si es quincenal, escriba 15; si es mensual, escriba 30, y así sucesivamente, según el caso)
EPS a la que pertenece: Escriba el nombre de la Entidad Promotora de Salud a la cual está afiliado el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
ARP a la que pertenece: Escriba el nombre de la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales a la cual está afiliado el trabajador o la trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional. El espacio sombreado únicamente debe ser diligenciado por la Administradora de Riesgos Profesionales.
Responsable por la empresa: Escriba los apellidos y nombres completos del representante legal o quien haga sus veces, de la empresa donde labora habitualmente el trabajador o trabajadora a quien se diagnosticó la enfermedad profesional.
Cargo: Escriba el nombre exacto del cargo de la persona responsable por la empresa, del diligenciamiento del informe.
IV- DIAGNOSTICO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL.
ESTAS PREGUNTAS UNICAMENTE DEBEN SER DILIGENCIADAS POR EL MEDICO QUE EFECTUOEL DIAGNOSTICO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL
Enfermedad profesional: En los siguientes renglones, escriba el nombre de la enfermedad o las enfermedades profesionales que se le hayan diagnosticado al trabajador o trabajadora enfermo. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Posibles agentes etiológicos: Escriba en el mismo orden del o los diagnósticos descritos en la pregunta anterior, el o los principales posibles agentes etiológicos causantes de las enfermedades descritas. Las casillas sombreadas únicamente deben ser diligenciadas por la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
Tiempo de exposiciónal principal agente etiológico: Para cada uno de los diagnósticos descritos, escriba el número de meses que el trabajador ha estado o estuvo expuesto al principal posible agente etiológico de cada una de las enfermedades diagnosticadas, tanto en la empresa donde labora actualmente, como en otras empresas donde laboró con anterioridad, y escriba el tiempo total de exposición.
Observaciones: Describa las observaciones que usted considera son pertinentes para sustentar el diagnóstico de enfermedad profesional.
Médico responsable del diagnóstico: Escriba los apellidos y nombres completos del médico que efectuó el diagnóstico de enfermedad profesional.
Registro Médico: Escriba el número del Registro Médico del médico que efectuó el diagnóstico de enfermedad profesional, con el cual se encuentra registrado ante el Ministerio de Salud.
Licencia de Salud Ocupacional:(OPCIONAL). Si el médico que efectuó el diagnóstico tiene Licencia para la prestación de servicios de Salud Ocupacional a terceros en el área de Medicina de Trabajo, escriba el número de la resolución con que el Ministerio de Salud otorgó dicha licencia.
Fecha del informe: Escriba en el orden señalado la fecha en que se diligenció el informe individual de enfermedad profesional.
ARTICULO 7o. CODIFICACION DEL CODIGO.
Para la codificación del código, se empleará la codificación de la clasificación de Actividades Económicas, conforme el decreto 2100 del 29 de Noviembre de 1995.
ARTICULO 8o. CODIFICACION DE LOS DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS.
Para la codificación de los Departamentos, Distritos y Municipios, se utilizará la Clasificación de la División Política y Administrativa de Colombia "DIVIPOLA", emitida por el DANE.
ARTICULO 9o. CODIFICACION DE LA EDAD.
Para la clasificación correspondiente a la edad del trabajador, se asignan los siguientes códigos:
00 Desconocido
01 Menores de 15 Años
02 De 15 a 19 Años
03 De 20 a 24 Años
04 De 25 a 29 Años
05 De 30 a 34 Años
06 De 35 a 39 Años
07 De 40 a 44 Añ0s
08 De 45 a 49 Años
09 De 50 a 54 Años
10 De 55 a 59 Años
11 De 60 o más Años
ARTICULO 10. CODIFICACION DEL DOCUMENTO DE IDENTIFICACION.
Para la clasificación del documento de identificación, las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales emplearán los siguiente códigos:
1 CC (Cédula de Ciudadanía)
2 TI (Tarjeta de Identidad)
3 CE (Cédula de Extranjería)
ARTICULO 11. CODIFICACION DEL SEXO.
Para la clasificación del sexo, las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales emplearán los siguiente códigos:
1 Masculino
2 Femenino
ARTICULO 12. CODIFICACION DE OCUPACION HABITUAL.
Para la codificación de la ocupación habitual se empleará la Clasificación Nacional de Ocupaciones descrita en el anexo Número 1. de esta Resolución, que forma parte integral de la misma.
ARTICULO 13. CODIFICACION DE LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES.
Para la codificación correspondiente a las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales se asignan los siguientes códigos:
01 Aseguradora de Vida Colseguros S.A
05 Aseguradora Grancolombiana de Vida S.A
10 Compañía Agrícola de Seguros de Vida S.A
15 Compañía de Seguros Atlas de Vida S.A
20 Compañía de Seguros Bolívar S.A
25 Compañía de Seguros de Vida Aurora S.A
30 Compañía de Seguros de Vida Colmena S.A
35 Compañía Ganadera de Seguros de Vida S.A
40 Compañía Suramericana de Seguros de Vida S.A
45 Instituto de Seguros Sociales
50 La Nacional Compañía de Seguros S.A
55 Latinoamericana de Seguros de Vida S.A
60 Seguros de Vida Alfa S.A
65 Seguros de Vida Colpatria S.A
70 Seguros de Vida del Estado S.A
75 Seguros de Vida La Fénix de Colombia S.A
En caso que otras entidades obtengan el permiso para funcionar como Administradora de Riesgos Profesionales, la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales asignará el código correspondiente, en orden alfabético.
ARTICULO 14. CODIFICACION DE ACTIVIDAD QUE ESTABA REALIZANDO EN EL MOMENTO DEL ACCIDENTE.
Para la clasificación de la pregunta "estaba realizando su labor habitual en el momento del accidente?", las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales emplearán los siguiente códigos:
1 Sí
2 No
ARTICULO 15. CODIFICACION DE JORNADA DE TRABAJO.
Para la clasificación de la Jornada de Trabajo , las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales, emplearán los siguientes códigos:
1 Diurna
2 Nocturna
3 Jornada extra
ARTICULO 16. CODIFICACION DEL LUGAR DONDE OCURRIO EL ACCIDENTE DE TRABAJO.
Para la codificación del lugar donde ocurrió el Accidente de Trabajo, las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales emplearán los siguiente códigos:
A. Localización.
CODIGO: CORRESPONDE A:
1 Dentro de la empresa.
2 Fuera de la empresa.
B. Lugar donde ocurrió.
CODIGO: CORRESPONDE A:
01 Oficinas Y Despachos
02 Almacenes Y Depósito
03 Taller
04 Instalaciones al Aire Libre
05 Superficies de Extracción
06 Socavones
08 Estructuras
07 Patios de Labor
09 Corredores
10 Escaleras
11 Locales de Recreo
12 Areas Deportivas
13 Comedores Y Cocinas
14 Locales de Aseo
15 Calles y Vías Públicas
16 Area de producción de servicios
17 Laboratorios
18 Otros
19 Andamio o grúa
20 Techo
21 Baño
22 Cultivos
00 Desconocido
Según si el accidente ocurrió dentro o fuera de la empresa, el código de localización (A), debe preceder al código correspondiente al lugar donde ocurrió (B).
ARTICULO 17. CODIFICACION DE LA LESION O DAÑO APARENTE SUFRIDO POR EL TRABAJADOR.
Para la clasificación de la lesión o el daño aparente sufrido por el trabajador, se emplearán los siguientes códigos:
010 Sin lesión aparente
300 Raspadura
170 Heridas
190 Esguince-torcedura
150 Luxación
180 Reacción alérgica
120 Quemadura calórica
130 Quemadura química
310 Lumbago-desgarro
160 Traumatismo-golpe
210 Fractura
100 Amputación-Enucleación
270 Envenenamiento o Intoxicación
140 Concusión cerebral
220 Congelación
230 Pérdida audición
240 Insolación
400 Politraumatismo
250 Hernias
295 Efecto radiación ionizante
290 Efecto radiación no ionizante
998 Muerte
999 Otro
ARTICULO 18. CODIFICACION DE LA (S) PARTE (S) O LADO (S) DEL CUERPO APARENTEMENTE AFECTADOS.
Para la clasificación de la (s) Parte (s) o lado (s) del cuerpo aparentemente afectados, se emplearán los siguientes códigos:
120 Oído
1210 Oído No Especificado
1211 Oído Izquierdo
1212 Oído Derecho
1213 Ambos Oídos
1220 Pabellón Auricular No Especificado
1221 Pabellón Auricular Izquierdo
1222 Pabellón Auricular Derecho
1223 Pabellón Auricular Ambos
1230 Oído Externo No Especificado
1231 Oído Externo Izquierdo
1232 Oído Externo Derecho
1233 Oído Externo Ambos
1240 Oído Interno No Especificado
1241 Oído Interno Izquierdo
1242 Oído Interno Derecho
1243 Oído Interno Ambos
1250 Oído Medio No Especificado
1251 Oído Medio Izquierdo
1252 Oído Medio Derecho
1253 Oído Medio Ambos
130 Ojo
1300 Ojo No Especificado
1301 Ojo Izquierdo
1302 Ojo Derecho
1303 Ambos Ojos
1410 Mandíbula
144 Boca
1440 Boca Lado No Especificado
1441 Boca Lado Izquierdo
1442 Boca Lado Derecho
1443 Boca Ambos Lados
146 Nariz
1460 Nariz Lado No Especificado
1461 Nariz Lado Izquierdo
1462 Nariz Lado Derecho
1463 Nariz Ambos Lados
148 Cara
1490 Cara No Especificada
1491 Cara Lado Izquierdo
1492 Cara Lado Derecho
1493 Cara Ambos Lados
150 Cuero Cabelludo
1500 Cuero Cabelludo No Especificado
1501 Cuero Cabelludo Lado Izquierdo
1502 Cuero Cabelludo Lado Derecho
160 Cráneo
1600 Cráneo No Especificado
1601 Cráneo Lado Izquierdo
1602 Cráneo Lado Derecho
1603 Cráneo Ambos Lados
2 Cuello
2000 Cuello
3 Extremidades Superiores
300 Extremidad Superior No Especificada
3000 Extremidad Superior No Epecificada
3001 Extremidad Superior No Especificada Izquierda
3002 Etremidad Superior No Especificada Derecha
3003 Extremidad Superior No especificada Ambas
311 Brazo
3110 Brazo No Especificado
3111 Brazo Izquierdo
3112 Brazo Derecho
3113 Ambos Brazos
313 Codo
3130 Codo No Especificado
3131 Codo Izquierdo
3132 Codo Derecho
3133 Ambos Codos
315 Antebrazo
3150 Antebrazo No Especificado
3151 Antebrazo Izquierdo
3152 Antebrazo Derecho
3153 Ambos Antebrazos
320 Muñeca
3200 Muñeca No Especificada
3201 Muñeca Izquierda
3202 Muñeca Derecha
3203 Ambas Muñecas
330 Mano
3300 Mano No Especificada
3301 Mano Izquierda
3302 Mano Derecha
3303 Ambas Manos
340 Dedos Manos
3400 Dedo Mano No Especificada
3401 Dedo Mano Izquierda
3402 Dedo Mano Derecha
3403 Dedo Ambas Manos
410 Abdomen
4100 Abdomen Lado No Especificado
4110 Abdomen Lado Izquierdo
4120 Abdomen Lado Derecho
4120 Abdomen Ambos Lados
420 Espalda
4200 Espalda No Especificada
4201 Espalda Lado Izquierdo
4202 Espalda Lado Derecho
4203 Espalda Ambos Lados
430 Tórax
4300 Tórax No Especificado
4301 Tórax Lado Izquierdo
4302 Tórax Lado Derecho
4303 Tórax Ambos Lados
440 Cadera y Glúteos
4400 Cadera No Especificada
4401 Cadera Izquierda
4402 Cadera Derecha
4403 Ambas Caderas
4404 Glúteo no especificado
4405 Glúteo Izquierdo
4406 Glúteo Derecho
4407 Ambos glúteos
450 Hombro
4500 Hombro No Especificado
4501 Hombro Izquierdo
4502 Hombro Derecho
4503 Ambos Hombros
5 Extremidades Inferiores
511 Muslo
5110 Muslo No Especificado
5111 Muslo Izquierdo
5112 Muslo Derecho
5113 Ambos Muslos
513 Rodilla
5130 Rodilla No Especificada
5131 Rodilla Izquierda
5132 Rodilla Derecha
5133 Ambas Rodillas
515 Pierna
5150 Pierna No Especificada
5151 Pierna Izquierda
5152 Pierna Derecha
5153 Ambas Piernas
519 Extremidad Inferior No Especificada
5190 Extremidad Inferior No Especificada
5191 Extremidad Inferior No Especificada Izquierda
5192 Extremidad Inferior No Especificada Derecha
5193 Ambas Extremidades Inferiores No Especificadas
520 Tobillo
5200 Tobillo No Especificado
5201 Tobillo Izquierdo
5202 Tobillo Derecho
5203 Ambos Tobillos
530 Pie
5300 Pie No Especificado
5301 Pie Izquierdo
5302 Pie Derecho
5303 Ambos Pies
540 Dedos Pie
5400 Dedos Pie No Especificado
5401 Dedos Pie Izquierdo
5402 Dedos Pie Derecho
5403 Dedos Ambos Pies
800 Sistemas Orgánicos
8100 Sistema Digestivo
8300 Sistema Músculo-Esquelético
8400 Sistema Nervioso
8500 Sistema Respiratorio
8600 Sistema Genitourinario
8800 Otros Sistemas Orgánicos
900 Partes No Especificadas
999 Sin Clasificar
PARAGRAFO. El Formato Unico de Reporte de Accidente de Trabajo contempla los grandes grupos descritos en el presente artículo; corresponderá a la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales, con base en la información dada por el empleador y la IPS en el Formato, clasificar la parte(s) o lado(s) del cuerpo aparentemente afectados.
ARTICULO 19. CODIFICACION DE LA FUENTE DE LA LESION DEL TRABAJADOR.
Para la clasificación de la fuente de la lesión del trabajador, que responde a la pregunta "con qué se lesionó el trabajador", se emplearán los siguientes códigos:
01 PRESION ATMOSFERICA
0101 Alta Presión
0120 Baja Presión
0130 Presión no Especificada
02 ANIMALES
0201 Animales
0230 Pájaros
0250 Insectos
0270 Reptiles
0280 Otros animales
03 PRODUCTOS ANIMALES
0301 Huesos
0310 Plumas
0320 Pieles
0330 Cueros Curtidos
0399 Productos Animales No Especificados
05 RECIPIENTES PRESIÓN
0501 Calderas
0510 Recipientes Presurizados
0530 Línea de Presión
0599 Recipientes de Presión No Especificados
06 CAJAS
0601 Barriles
0610 Bultos
0630 Cajas
0650 Botellas
0670 Tanques
0699 Recipientes No Especificados
07 EDIFICACIONES
0701 Edificios Oficina
0710 Puentes
0720 Represas
0730 Tribunas
0740 Andamios
0750 Torres
0760 Muelles
0799 Edificaciones No Especificados
08 ARTICULOS DE CERAMICA
0801 Ladrillos
0810 Porcelana
0820 Tubos de Desagüe
0830 Azulejos
0840 Alfarería
0850 Mosaico Estructural
0899 Artículos de Cerámica No Especificados
09 SUSTANCIAS QUIMICAS
0901 Acidos
0905 Alcoholes
0910 Alcalis
0915 Compuestos Aromáticos
0920 Compuestos Arsénico
0925 Bisulfuro de Carbono
0930 Bióxido de Carbono
0935 Monóxido de Carbono
0940 Tetracloruro Carbono
0945 Compuestos de Cianuro
0950 Compuestos Halogenados
0955 Compuestos Metálicos
0960 Óxidos de Nitrógeno
0999 Sustancia Química No Especificada
10 VESTUARIO
1001 Zapatos
1010 Guantes
1020 Sombreros
1030 Sacos
1040 Camisas
1050 Overoles
1060 Medias
1070 Ropa Interior
1099 Vestuario No Especificado
11 CARBON Y DERIVADOS DEL PETROLEO
1101 Carbón
1110 Coque
1120 A.C.P.M
1130 Gasolina
1140 Hidrocarburo Gaseoso
1150 Kerosene
1160 Grasas
1170 Gases Manufacturados
1180 Solventes de Nafta
1190 Asfaltos
1199 Derivados del Petróleo No Especificados
13 TRANSPORTE
1301 Transporte por Gravedad
1350 Transporte por Fuerza Mecánica
1360 Otros transportes
14 DROGAS
1401 Productos Biológicos
1490 Otras Medicinas
15 APARATOS ELECTRICOS
1501 Motores
1505 Generadores
1510 Transformadores
1515 Conductores
1520 Fusibles
1530 Reostatos
1540 Aparatos Magnéticos
1550 Artefactos de Calefacción
1599 Aparatos Eléctricos No Especificados
16 EXCAVACIONES
1610 Excavaciones
1620 Socavones
1630 Zanjas
1640 Túneles
1699 Excavaciones No especificadas
18 PRODUCTOS ALIMENTICIOS
1810 Frutas
1820 Granos
1840 Carnes
1850 Leche
1870 Vegetales
1890 Productos Alimenticios No Especificados
19 MOBILIARIO
1901 Gabinetes
1910 Sillas
1920 Mostradores
1930 Escritorios
1950 Tapetes
1960 Lámparas
1970 Mesas
1999 Muebles No Especificados
20 ARTICULOS DE VIDRIO
2000 Artículos de Vidrio
22 HERRAMIENTA MANUAL
2201 Hachas
2205 Sopletes
2210 Cinceles
2215 Barras
2220 Limas
2225 Horquillas
2230 Martillos
2235 Hachuelas
2240 Azadones
2245 Cuchillos
2246 Machetes
2250 Picos
2255 Cepillos
2260 Alicates
2265 Punzones
2270 Sogas
2275 Serruchos
2280 Tijeras
2285 Destornilladores
2290 Palas
2295 Llaves para Tubos
2299 Herramienta Manual No Especificada
23 HERRAMIENTA MANUAL MECANIZADA
2301 Esmeriles
2305 Pulidoras
2310 Cinceles
2315 Taladros
2320 Pisones
2325 Planchadoras
2330 Cuchillos
2335 Armas de Fuego
2340 Punzonadoras
2345 Remachadoras
2350 Sopladoras de Arena
2355 Sierras
2360 Destornilladores
2370 Soldadores
2399 Herramienta Manual Mecanizada No especificada
25 EQUIPOS CALEFACCION
2500 Hornos
26 APARATOS DE IZAR
2610 Grúas
2620 Elevadores
2630 Palas
2640 Otros Aparatos de Izar
2641 Elevador Neumático
2642 Diferenciales
2643 Elevador Eléctrico
2644 Pescante de Malacate
2645 Gatos
2646 Ganchos
2647 Cangilones
2699 Aparato de Izar No Especificado
27 AGENTES INFECCIOSOS
2700 Agentes Infecciosos
28 ESCALERAS
2810 Escaleras Fijas
283 Escaleras Movibles
2831 Escaleras Extensión
2833 Escaleras Paso Ancho
2835 Escaleras de Mano
2899 Escaleras No Especificadas
29 LIQUIDOS
2910 Agua
2999 Otros Líquidos
30 MAQUINAS
3001 Agitadoras
3050 Máquinas Agrícolas
3100 Esmeriles
3150 Máquinas para Fundir
3160 Inyectoras
3200 Molinos
3250 Taladros
3300 Máquinas Movimiento de Tierra
3350 Máquinas Minería
3400 Máquinas de Oficina
3450 Empacadoras
3500 Cardadoras
3550 Cepilladoras
3600 Troqueladoras
3650 Máquinas de Imprenta
3700 Laminadoras
3750 Sierras
3800 Tamizadoras
3850 Cizallas
3900 Máquinas de Coser
3950 Máquinas de Hilar
3999 Máquinas No Especificadas
40 APARATOS DE TRANSMISION DE FUERZA MECANICA
4010 Correas
4020 Cables
4030 Poleas
4040 Embragues Fricción
4050 Engranajes
4099 Aparatos de Transmisión de Fuerza No especificados
41 ARTICULOS DE METAL
4100 Artículos de Metal
42 PRODUCTOS MINERALES DE METAL
4200 Productos Minerales Metálicos
43 PIEDRAS
4300 Piedras
45 PAPEL
4500 Papel
46 PARTICULAS
4600 Partículas
47 ARBOLES
4700 Arboles
48 ARTICULOS PLASTICOS
4800 Artículos Plásticos
49 BOMBAS
4910 Motores
4930 Bombas
4950 Turbinas
4999 Bombas No especificados
50 EQUIPO RADIOACTIVO
5010 Isótopos
5020 Radio
5030 Reactor Atómico
5040 Desperdicios Radioactivos
5050 Radiación Solar
5060 Equipo de Rayos Ultravioletas
5070 Equipos Soldadura
5080 Equipos de Rayos X
5099 Sustancias Radioactiva No especificados
51 JABONES
5100 Jabones
53 DESECHO INDUSTRIAL
5300 Desecho Industrial
55 PRODUCTOS TEXTIL NO ESPECIFICADOS
5500 Producto Textil No especificados
56 VEHICULOS
5601 Vehículos de Tracción Animal
5610 Vehículos Aéreos
5620 Carros
5625 Bicicletas
5630 Vehículos para Plantas
5631 Carros de Mano
5635 Montacargas
5638 Tractores
5640 Vehículos sobre Rieles
5650 Trineos
5660 Lanchas
5699 Vehículos No especificados
57 PRODUCTOS MADERA
5700 Productos Madera
58 SUPERFICIES TRABAJO
5801 Piso
5810 Terreno
5815 Rampas
5820 Techos
5825 Pasillos
5830 Aceras
5840 Escaleras
5845 Calles
5899 Superficies de Trabajo No especificados
59 MEDIO AMBIENTE
5900 Medio Ambiente
88 MISCELANEOS
8800 Misceláneos
98 DESCONOCIDO
9800 Desconocido
99 NINGUNO
9999 Ninguno
PARAGRAFO. El Formato Unico de Reporte de Accidente de Trabajo contempla los grandes grupos descritos en el presente artículo; corresponderá a la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales, con base en la información dada por el empleador y la IPS en el Formato, clasificar la fuente de la lesión en los subgrupos descritos.
ARTICULO 20. CODIFICACION DE LA ENFERMEDAD PROFESIONAL.
Para la clasificación de las enfermedades profesionales, la Entidad Administradora de Riesgos Profesionales (ARP), empleará los siguiente códigos:
01 Silicosis (Polvo de Sílice)
02 Silicoantracosis (Polvo de Carbón y Sílice)
03 Asbestosis (Polvo de Asbesto)
04 Talcosis (Manipulación de polvos de Talco)
05 Siderosis (Polvo de óxido de Hierro)
06 Baritosis (Polvo de óxido de Bario)
07 Estañosis (Polvo de óxido de Estaño)
08 Calicosis (Polvo de Calcio o polvo de Caliza)
09 Bisinosis (Polvo de Algodón)
10 Bagazosis (Bagazo de caña de azúcar)
11 Enfermedad pulmonar por polvo de cáñamo
12 Tabacosis (Polvo de Tabaco)
13 Saturnismo (Plomo y sus compuestos)
14 Hidragirismo (Mercurio y sus amalgamas)
15 Enfermedades causadas por el Cadmio y sus compuestos
16 Manganismo (Manganeso y sus compuestos)
17 Cromismo (Cromo y sus compuestos)
18 Beriliosis (Berilio y sus compuestos)
19 Enfermedades producidas por el Vanadio y sus compuestos
20 Arsenismo (Arsénico y sus compuestos)
21 Fosforismo (Fósforo y sus compuestos)
22 Fluorosis (Flúor y sus compuestos)
23 Clorismo (Cloro y sus compuestos)
24 Enfermedades producidas por Radiaciones Ionizantes (minerales radiactivos, sustancias radiactivas, rayos X)
25 Enfermedades producidas por Radiaciones Infrarrojas
26 Enfermedades producidas por Radiaciones Ultravioleta: conjuntivitis y lesiones de córnea (rayos láser o máser, soplete de plasma)
27 Enfermedades producidas por iluminación insuficiente: fatiga ocular, nistagmus.
28 Enfermedades producidas por otros tipos de radiaciones no ionizantes.
29 Sordera (Hipoacusia) profesional
30 Enfermedades por vibración
31 Calambre ocupacional de mano o de antebrazo
32 Enfermedades por bajas temperaturas
33 Enfermedades por altas temperaturas
34 Catarata profesional
35 Sindromes por alteraciones barométricas
36 Nistagmus de los mineros
37 Otras lesiones osteomusculares y ligamentosas de origen profesional
38 Enfermedades infecciosas y parasitarias en trabajos con exposición a riesgos biológicos
39 Enfermedades causadas por sustancias químicas y sus derivados
40 Asma ocupacional y neumonitis inmunológica
41 Cáncer de origen ocupacional
42 Patologías causadas por estrés en el trabajo
43 Otras enfermedades de origen profesional no incluidas en otro numeral
ARTICULO 21. CODIFICACION DEL POSIBLE AGENTE ETIOLOGICO.
Para la clasificación del posible agente etiológico, se emplearán los siguientes códigos:
010 Berilio o sus compuestos tóxicos
020 Cadmio o sus compuestos tóxicos
030 Cromo o sus compuestos tóxicos
040 Fósforo o sus compuestos tóxicos
050 Manganeso o sus compuestos tóxicos
060 Arsénico o sus compuestos tóxicos
070 Mercurio o sus compuestos tóxicos
080 Plomo o sus compuestos tóxicos
090 Flúor o sus compuestos tóxicos
100 Sulfuro de carbono
110 Derivados halogenados tóxicos de los hidrocarburos alifáticos.
120 Derivados halogenados tóxicos de los hidrocarburos aromáticos.
130 Benceno o sus homólogos tóxicos.
140 Derivados nitrogenados y amínicos tóxicos del benceno o sus homólogos.
150 Nitroglicerina u otros ésteres del ácido nítrico.
160 Alcoholes.
170 Glicoles.
180 Acetonas.
190 Sustancias asfixiantes: Monóxido de Carbono, Cianuro de Hidrógeno o sus
derivados tóxicos, Hidrógeno Sulfurado.
200 Acrilonitrilo
210 Oxidos de Nitrógeno
220 Vanadio o sus compuestos tóxicos
230 Antimonio o sus compuestos tóxicos
240 Hexano
250 Acidos minerales
260 Agentes farmacéuticos
270 Talio o sus compuestos
280 Osmio o sus compuestos
290 Selenio o sus compuestos
300 Cobre o sus compuestos
310 Estaño o sus compuestos
320 Zinc o sus compuestos
330 Ozono o el Fosgeno
340 Sustancias irritantes: benzoquinona y otras sustancias irritantes de la córnea.
350 Polvo de Sílice
360 Polvo de Asbesto
370 Polvo de Talco
380 Polvo de Carbón
390 Polvo de Carbón-Sílice
400 Polvo de Oxido de Hierro
410 Polvo de Bario
420 Polvo de Estaño
430 Cloro y sus compuestos
440 Cualquier otro agente químico no especificado en otro numeral
450 Ruido
460 Vibraciones
470 Presiones anormales
480 Aire comprimido
490 Iluminación
500 Radiaciones ionizantes
510 Radiaciones térmicas
520 Radiaciones ultravioletas
530 Radiaciones infrarrojas
540 Temperaturas extremas
550 Cualquier otro agente físico no especificado en otro numeral
560 Bacterias
570 Hongos
580 Virus
590 Parásitos
600 Ricketsias
610 Cualquier otro agente infeccioso no especificado en otro numeral
620 Sobrecarga laboral cuantitativa
630 Demasiado trabajo con relación al tiempo para ejecutarlo
640 Trabajo repetitivo combinado con sobrecarga de trabajo
650 Trabajo con técnicas de producción en masa, repetitivo o monótono.
660 Trabajo por turnos nocturnos
670 Trabajo con estresantes físicos con efectos psicosociales
680 Cualquier otro agente etiológico psicosocial no especificado en otro numeral
690 Mantenimiento de una postura por períodos de tiempo prolongados.
700 Mal diseño del puesto de trabajo (no se ajusta a las dimensiones antropométricas del trabajador).
710 Levantamiento de cargas con pesos por encima de los límites permitidos.
720 Movilización y transporte de cargas con pesos por encima de los límites permitidos (ausencia de ayudas mecánicas).
730 Cualquier otro agente etiológico ergonómico no especificado en otro numeral.
ARTICULO 22. PLAZO PARA IMPLEMENTACION.
Las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales tendrán plazo de ciento veinte días calendario a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, para la implementación de los Formatos adoptados en esta Resolución.
Dentro de este plazo y conforme a lo previsto en esta resolución, las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales deberán remitir para su aprobación, a la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el proyecto de Formato que van a utilizar.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a
MARIA SOL NAVIA VELASCO
Ministra de Trabajo y Seguridad Social