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DECRETO 1174 DE 1994

(junio 9)

Diario Oficial No. 41389 de 14 de junio de 1994

Por el cual se modifica el Decreto número 990 de 1994.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

y en especial de las conferidas en el numeral 11

del artículo 189 de la Constitución Política y

por los artículos 275 y 277 de la Ley 100 de 1993,

DECRETA:

ARTICULO 1o. El artículo cuarto del Decreto No. 990 de 1994 quedará así:

"Los representantes de los trabajadores y empleadores serán seleccionados así:

a)  El representante de la central de trabajadores y sus suplentes, de terna enviada al Ministro de Trabajo y Seguridad Social por la central mencionada en el artículo primero. El mismo procedimiento se empleará cuando la representación corresponda a una asociación de usuarios del ISS;

b)  Los representantes de los empleadores y sus suplentes serán escogidos por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, de dos (2) ternas enviadas conjuntamente por la ANDI, SAC, Fenalco y Acopi. En todo caso, uno de los miembros corresponderá a la pequeña y mediana empresa."

ARTICULO 2o. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 9 de junio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Trabajo y Seguridad Social,

encargado de las funciones del

Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA.

      

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