BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE

DECRETO 2714 DE 2014

(diciembre 26)

Diario Oficial No. 49.376 de 26 de diciembre de 2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por el cual se prorroga el plazo de liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 52 de la Ley 489 de 1998, de conformidad con lo señalado en el Decreto-ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, en el artículo 2o del Decreto 2013 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2013 de 2012, se dispuso la supresión y liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, creado por la Ley 90 de 1946 y transformado en Empresa Industrial y Comercial del Estado, mediante el Decreto 2148 de 1992, vinculado al Ministerio de Salud y Protección Social, según Decreto-ley 4107 de 2011;

Que el parágrafo 1o del artículo 2o del Decreto-ley 254 de 2000, modificado por el artículo 2o de la Ley 1105 de 2006, establece que: “En el acto que ordena la supresión o disolución se señalará el plazo para realizar la liquidación de la respectiva entidad, el cual será fijado teniendo en cuenta las características de la misma. Si la liquidación no concluye en dicho plazo, el Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por acto administrativo debidamente motivado”;

Que el artículo 2o del Decreto 2013 de 2012, señaló que el proceso de liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, “(…) deberá concluir en un plazo de un (1) año (…)” contado a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual “(…) podrá ser prorrogado por el Gobierno Nacional, mediante acto administrativo debidamente motivado (…)”;

Que mediante Decreto 2115 del 27 de septiembre de 2013, se prorrogó el proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación hasta el veintiocho (28) de marzo de 2014;

Que mediante Decreto 652 del 28 de marzo de 2014, se prorrogó el proceso de liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2014;

Que a la fecha se han logrado avances en el proceso de liquidación, tales como la entrega a Colpensiones de los expedientes que había recibido dicha entidad del antiguo ISS, en los términos ordenados por la Corte Constitucional, la determinación del pasivo externo y el pasivo cierto no reclamado de la Entidad, en la depuración contable para el cierre de los estados financieros, en las actividades requeridas para la administración adecuada y el traslado del fondo acumulado de historias clínicas y del archivo documental propio de la Liquidación;

Que pese a los avances en la liquidación y ejecución de las actividades descritas en la parte considerativa del Decreto 652 de 2014, mediante comunicación suscrita por el Apoderado General del Liquidador y radicada en el Ministerio de Salud y Protección Social bajo el número 201442301985402 del 2 de diciembre de 2014, se solicitó estudiar la posibilidad de prorrogar el plazo del proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, adjuntando un nuevo plan de cierre con las actividades pendientes y necesarias para su adecuada ejecución, entre las cuales se encuentran:

1. Finalizar con la entrega de los expedientes pensionales decididos e inactivos del antiguo ISS y demás series documentales a Colpensiones, que le correspondían como Administrador del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, en los términos ordenados por la Corte Constitucional mediante Auto 110 de 2013 y Autos de Seguimiento 182 y 202 de 2013.

2. Notificar el pasivo cierto no reclamado (Pacinore).

3. Finalizar la depuración contable.

4. Adoptar el Plan de Reubicación - derecho preferencial en los términos establecidos por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia SU 377 de 2014.

5. Entrega de actividades al Patrimonio Autónomo de Remanentes.

6. Concluir las demás actividades propias del proceso liquidatorio con el objeto de que la extinción jurídica de la Entidad se produzca en debida forma;

Que evaluadas las solicitudes referidas, se considera viable la prórroga del plazo del proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, con el fin de garantizar su culminación;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2015, el plazo para culminar la liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, por las razones expuestas en la parte motiva del presente decreto.

PARÁGRAFO 1o. En el evento de que las actividades que sustentan la prórroga establecida en el presente artículo, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.

PARÁGRAFO 2o. El Liquidador deberá presentar al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, informes periódicos que den cuenta del cumplimiento del plan de cierre que sustenta el presente decreto y la efectiva liquidación de la Entidad.

ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 2o del Decreto 2013 de 2012, modificado por los Decretos 2115 de 2013 y 652 de 2014.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

El Ministro del Trabajo,

LUIS EDUARDO GARZÓN.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

LILIANA CABALLERO DURÁN.

×