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RESOLUCIÓN 257 DE 2022

(febrero 18)

Diario Oficial No. 51.959 de 25 de febrero de 2022

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica la Resolución número 1127 del 31 de diciembre de 2020.

LA DIRECTORA GENERAL (E),

 en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el artículo 209 de la Constitución Política, el numeral 11 del artículo 9o del Decreto número 575 de 2013 y los artículos 2.12.6.1 y 2.12.7.3 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales del Sistema de la Protección Social (UGPP) expidió la Resolución número 1127 del 31 de diciembre de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.547 del 4 de enero de 2021, por la cual se fija el contenido y características técnicas para el suministro de la información a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), como administradora del Registro Único de Aportantes al Sistema de Seguridad Social (RUA), con la finalidad de que el Registro Único de Aportantes – RUA, administrado por la Unidad, se constituya en una herramienta para el control del cumplimiento de las obligaciones que la ley establece en materia del Sistema de la Protección Social.

Que el artículo segundo de la citada Resolución estableció como obligados a reportar la información, entre otras, a las entidades que administran los regímenes especiales y de excepción de seguridad social en salud.

Que la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales del Sistema de la Protección Social (UGPP) verificó que, a través del Registro Único de Afiliados (RUAF), es posible acceder directamente a la información relativa a los beneficiarios pertenecientes a los regímenes especiales y de excepción, por lo que, en virtud de los principios de eficiencia administrativa y economía, resulta pertinente sustraerlos del deber de enviar a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) la información solicitada en la Resolución número 1127 de 2020.

Que, con el fin de facilitar el cumplimiento del reporte de información por parte de los obligados, es necesario implementar un anexo técnico que consolide las características y actualice las estructuras de los formularios implementados para remitir la información, el cual hará parte integral de la Resolución número 1127 de 2020.

Que, en caso de presentarse cambios técnicos o tecnológicos para el reporte de información, se facultará al Director de Parafiscales de esta Unidad para actualizar el anexo técnico mediante acto administrativo independiente.

Que, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 9 del artículo 3o y en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, así como del artículo 2.1.2.1.14. del Decreto número 1081 de 2015 modificado por el artículo 2o del Decreto número 1273 de 2020 y la Resolución número 609 de 2017, el proyecto de resolución se publicó en la página principal del sitio web oficial de la entidad del 5 al 20 de enero de 2022.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprímanse de los artículos 1o, 2o y 8o de la Resolución número 1127 de 2020, la expresión “regímenes especiales y de excepción”.

ARTÍCULO 2o. Modifíquese el artículo 4o de la Resolución número 1127 de 2020, el cual quedará así:

Artículo 4o. Características y especificaciones técnicas. Para el caso de las afiliaciones contenidas en el Registro Único de Afiliados (RUAF) o el sistema que lo sustituya o modifique, la información que se reporte a la UGPP mensualmente adoptará las especificaciones y estructura de los formularios que se establecen en el Anexo Técnico de esta resolución.

PARÁGRAFO. Para efectos de garantizar la confidencialidad de la información de los datos de los afiliados al régimen de excepción y especial, bastará con que el Ministerio de Salud y Protección Social reporte dicha condición, sin que sea necesario diligenciar en detalle los campos exigidos en el Anexo Técnico”.

ARTÍCULO 3o. Modifíquese el artículo 13 de la Resolución número 1127 de 2020, el cual quedará así:

Artículo 13. Contenido de la información. La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y las administradoras de los diferentes sistemas, deberán remitir la siguiente información correspondiente al mes inmediatamente anterior a la fecha del reporte:

a) Pagos realizados directamente a Las Administradoras: Corresponde a los pagos que los aportantes han realizado directamente a las diferentes administradoras del Sistema a la ADRES, por concepto de intereses, cálculo actuarial, cotizaciones, acuerdos de pagos y los demás contenidos en la estructura del archivo en el campo de concepto de pago.

b) Devoluciones de Aportes. Corresponden a la devolución de aportes que las administradoras de los diferentes sistemas y la ADRES han devuelto y consignado efectivamente a los aportantes o se ha trasladado el aporte a otra administradora. No incluye devolución de intereses, subsidios monetarios o educativos, ni descuentos por incapacidades.

c) Ajustes de información en las autoliquidaciones de aportes. Son aquellos solicitados por los aportantes, cotizantes o administradoras, que corresponden a errores en la transcripción de tipos de documentos, periodos, novedades entre otras y que hayan sido objeto de corrección por la respectiva administradora en sus sistemas de información o por la ADRES.

Estos ajustes pueden ocasionarse por indebido diligenciamiento de las planillas PILA.

Pese a que las correcciones se deben hacer por el mismo mecanismo de pago, el aportante o cotizante en algunas ocasiones acude directamente a la administradora para ajustar la información sin quedar el registro en la base del Ministerio de Salud y Protección Social.

PARÁGRAFO 1o. La información solicitada en el presente artículo, en lo que corresponde al Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberá ser reportada en su integridad por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).

PARÁGRAFO 2o. Para el caso del ICBF y SENA, los reportes deben ser a nivel de aportante y no será necesario discriminarlo por cotizante.

PARÁGRAFO 3o. Para cualquiera de los tres segmentos de información anteriormente mencionados no se migrará información de años anteriores; el contenido de los reportes será desde que se ponga en vigencia la norma.

Las características de los archivos, en cuanto a contenido, agrupamiento y estructura y forma de transferencia serán señalados en el Anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución”.

ARTÍCULO 4o. ANEXO TÉCNICO. El anexo técnico, que hace parte integral de la presente resolución, es de obligatorio cumplimiento y, en adelante, podrá ser modificado por el Director de Parafiscales mediante acto administrativo independiente en lo relativo a aspectos técnicos.

ARTÍCULO 5o. PERIODO DE TRANSICIÓN Y VIGENCIA. La presente resolución regirá a partir de su expedición y comenzará a surtir efectos dos (2) meses después de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2022.

Publíquese y cúmplase.

La Directora General (e)

Ana María Cadena Ruiz.

ANEXO TÉCNICO.

CAPÍTULO 1.

CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS REMITIDOS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.

Los archivos planos que contienen la información relativa a las bases de información del RUAF o el sistema que haga sus veces, así como al Sistema de PILA, deberán guardar relación con la especificación contenida en el marco normativo que la regule. Los cargues deberán ser increméntales con la información transada correspondiente al periodo del reporte, es decir que solo se deberán reportar las novedades del respectivo mes, sin reportar datos acumulados.

La información que reporte el Ministerio de Salud y Protección Social relativa al RUAF corresponderá al último mes de compensación y se reportará dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del mes.

Para el caso de la información contenida en la Planilla de Autoliquidación de Aportes PILA, el reporte se efectuará el domingo de cada semana con la información cargada por los operadores al Ministerio de Salud y Protección Social la semana anterior al reporte de información a La UGPP.

Para efectos de la aplicación de la presente Resolución referente a las características de los archivos se adopta la siguiente estructura:

REGISTRO ÚNICO DE AFILIADOS -RUAF

1. Tabla Aportantes

Estructura de Datos

VARIABLEDESCRIPCIÓN
CODTIPIDETipo de identificación del afiliado
NUMEIDENTNúmero de identificación del afiliado
N_APORTANTETipo de identificación del aportante
T_APORTANTENúmero de identificación del aportante
TIPO_COTIZANTETipo de cotizante Resolución 4622 de 2016

2. Tabla Detalles de Afiliación

Estructura de Datos.

VARIABLEDESCRIPCIÓN
TIPO_DENTIFICACIONTipo de identificación del afiliado
NUMERO_DENTIFICACIONNúmero de identificación del afiliado
PRIMER_NOMBREPrimer nombre del afiliado
PRIMER_APELLIDOPrimer apellido del afiliado
SEGUNDO_APELLIDOSegundo apellido del afiliado
SEGUNDO_NOMBRESegundo nombre del afiliado
FECHA_NACIMIENTOFecha de nacimiento del afiliado
SEXOSexo del afiliado
CODIGO_ENTIDAD_SALUDCódigo de administradora de salud establecido por la Superintendencia Nacional de Salud
REGIMEN_SALUDRégimen de Salud
Tipo de AfiliadoTipo de afiliado (cotizante, beneficiario, adicional o cabeza de familia)
FECHA_AFILIACION_SALUDFecha de afiliación a la administradora
 
 
VARIABLEDESCRIPCIÓN
ESTADO_AFILIACION_SALUDEstado de afiliación
TIPO_DENTIFICACIONTipo de identificación del cotizante en salud del Régimen Contributivo
NÚMERO_DENTIFICACIONNúmero de identificación del cotizante en salud del Régimen Contributivo
GRUPO_POBLACIONAL_SALUDGrupo poblacional establecido para Régimen Subsidiado
TIPO_PVS_SALUDTipo de plan voluntario de salud
MODALIDAD_PVS_SALUDModalidad plan voluntario de salud
REGIMEN_ESPECIAL_SALUDRégimen especial de salud
PAGADOR_PENSIONEntidad pagadora de la Pensión
TIPO_PENSIONCódigo del tipo de Pensión
NOMBRE_TIPO_PENSIONDescripción tipo de Pensión
CÓDIGO_TIPO_PENSIONADOCódigo del tipo de Pensionado
TIPO_PENSIONADODescripción del tipo de pensionado
CÓDIGO_MODALIDAD_PENSIONCódigo de la modalidad de la Pensión
MODALIDAD_PENSIONDescripción de la modalidad de la
Pensión
FECHA_INICIO_PAGO_PENSIONFecha del inicio del pago de la Pensión.
NUMERO_RESOLUCIÓN_PENSIONNúmero de la Resolución de la Pensión
FECHA_RESOLUCIÓN_PENSIONFecha de la Resolución de la Pensión
CÓDIGO_CAUSA_RETIRO_PENSIONCódigo de la causa de retiro de la
Pensión
NOM_CAUSA_RETIRO_PENSIONDescripción de la causa de retiro de la Pensión.
PENSIÓN_COMPARTIDA_PENSIONPensión Compartida
PENSIONADO_RESIDENTE_EXTERIOR_PENSIONPensionado residente en el exterior
PAGO_EXTERIOR_PENSIONPago de Pensión en el exterior
PORCENTAJE_INVALIDEZ_PENSIONPorcentaje de Pérdida de capacidad laboral para invalidez
PORCENTAJE_PARCIAL_PENSIONPorcentaje de la Pérdida de capacidad laboral para incapacidad permanente parcial
CÓDIGO_ARLCódigo de la Administradora de Riesgos Laborales establecido por la Superintendencia Financiera
COD_DEP_ARLCódigo del Departamento de ubicación laboral
COD_MUN_ARLCódigo del Municipio de ubicación laboral
FECHA_AFILIACION_ARLFecha de Afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales
FECHA_RETIRO_ARLFecha de Retiro de la Administradora de Riesgos Laborales
CODIGO_CAUSA_RETIRO_ARLCódigo de la causa de retiro de la Administradora de Riesgos Laborales
NOMBRE_CAUSA_RETIRO_ARLDescripción de la causa de retiro de la Administradora de Riesgos Laborales
ALDIANovedad al día del aportante
 
 
VARIABLEDESCRIPCIÓN
NOM_ACT_ECO_ARLNombre de la actividad económica
CLASE_RIESGO_ARLClase de riesgo laboral
SUB_CLASE_RIESGO_ARLSub clase de riesgo laboral
CODIGO_AFPCódigo de la Administradora de Pensiones establecido por la Superintendencia Financiera
FECHA_AFILIACION_AFPFecha de afiliación a la Administradora de Pensiones
CODIGO_ESTADO_AFILIACION_AFPCódigo del estado de afiliación a pensiones
NOMBRE_ESTADO_AFILIACION_AFPDescripción del estado de afiliación a Pensiones
FECHA_RETIRO_AFILIACION_AFPFecha de retiro de la Administradora de
Pensiones
FECHA_DESVINCULACIÓN_APORTANTE_AFPFecha de desvinculación del aportante a la Administradora de Pensiones
ALDIA_AFPNovedad al día del aportante
CESANTE_AFPAfiliado reportado como cesante por la Administradora de Pensiones
CODIADMIN_CAJASCódigo de la CCF establecido por la Superintendencia del Subsidio Familiar
FECHAFILI_CAJASFecha de afiliación a la CCF
COD_TIPO_AFILIADO_CAJASCódigo del tipo de afiliado a CCF
TIPO_AFILIADO_CAJASDescripción tipo de afiliado a CCF
COD_DEPAR_CAJASCódigo del Departamento reportado a CCF
COD_MUNIC_CAJASCódigo del Municipio reportado a CCF
CODTIPMPCCódigo de tipo de miembro de población cubierta
NOMTIPMPCNombre de tipo de miembro de población cubierta
CODCONBENCódigo de la condición de beneficiario
CONDICION_BENEFICIAIO_CAJASDescripción condición de beneficiario
COD_CAUSA_RET_CAJASCódigo de la causa de retiro
CAUSA_RETIRO_CAJASDescripción de la causa de retiro
ALDIA_CAJASNovedad al día del aportante

3. Tablas de Referencia

3.1 Tabla de Municipio y Departamento (DIVIPOLA-DANE)

VARIABLEDESCRIPCIÓN
Código MunicipioCódigo de tres dígitos
Código DepartamentoCódigo de dos dígitos
Nombre MunicipioNombre
Nombre DepartamentoNombre

3.2 Tabla de Administradoras: Salud, Pensión, Riesgos y Cajas de Compensación

VARIABLEDESCRIPCIÓN
Código AdministradoraCódigo Administradora
Nombre AdministradoraNombre
SistemaNombre Salud, Pensión, Riesgos, Cajas de Compensación

3.3 Tabla de NOM_ACT.ECO_RIESGO._ARL (Decreto 1607 de 2002)

VARIABLEDESCRIPCIÓN
Código ActividadCódigo Administradora
Nombre ActividadNombre

CAPÍTULO 2.

CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS REMITIDOS POR LAS ADMINISTRADORAS.

El envío de la información que remitan las Administradoras deberá realizarse dentro de los primeros veinte (20) días calendario de cada mes y corresponderá a la información del mes anterior o en su defecto a periodos que presenten rezagos por motivo de actualizaciones en los sistemas de las administradoras. Una vez recibida la información, la Unidad entregará la respectiva constancia a través de la herramienta DataQ.

La UGPP pondrá a disposición de los obligados a efectuar el reporte el aplicativo (DATAQ). Para el efecto, entregará los usuarios y claves de acceso, a través del cual se cargará la respectiva información que deben enviar a la UGGP. El sistema DATAQ, se encontrará disponible en la página WEB de la UGGP (www.ugpp.gov.co) para ser descargado y se constituye en la herramienta a través de la cual, se recibe y valida la información.

1. Formato para el archivo pagos por fuera de PILA.

Estructura de Datos

CAMPOCLASELONGITUDCONTENIDO

Tipo_documento_aportante

A

2
Tipo documento del aportante.
NI. NIT
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de permanencia.
PE. Permiso Especial
Permanencia
RC. Registro civil
PT. Permiso de protección laboral
Número_Documento_aportanteA16Número de Identificación del aportante.
Obligatorio. Máximo 16 caracteres.
No incluir dígito de verificación, puntos, comas, etc. Valor mayor a cero.
Razón_socialA200Nombre de la Empresa o Persona Natural, como aparece en Cámara de Comercio
ld_departamentoN2Obligatorio. Corresponde a la Divipola
ld_municipioN5Obligatorio. Corresponde a la Divipola
Periodo_pagoA7AAAA-MM. Corresponde al periodo al que se va imputar el aporte.
En caso que el pago corresponda a cálculo actuarial, se debe registrar el periodo inicial con el que se realizó el calculo
Tipo_documento_cotizanteA2Obligatorio.
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de permanencia.
PE. Permiso Especial
Permanencia
RC. Registro civil
PT. Permiso de protección laboral
Número_Documento_cotizanteA16Obligatorio.
Máximo 16 caracteres.
No incluir dígito de verificación, puntos, comas, etc.
Nombre cotizanteA200Obligatorio.
Fecha_pagoA10AAAA-MM-DD. Si se diligencia fecha de pago, debe existir valor en periodo de pago
Concepto_pagoN11. Cálculo actuarial
2.Pagos por mora que no se puedan pagar por PILA
3. Novedades
4. Pagos de regímenes especiales
5. Pagos de regímenes de excepción
6. Pensiones voluntarias
7. Acuerdo de pago
8. Aporte adicional
9. Aporte solidario
10. Pagos de Pensionados a CCF
11. Traslado de aportes desde otra administradora
12. Sin información en el periodo
Cuando se marque el concepto de pago 2. Pagos por mora que no se puedan pagar por PILA no será necesario reportarlo por cotizante
IBCN12Debe ser mayor de cero
ING - Ingreso-A1Puede ser un blanco o:
1. Ingreso o retiro únicamente del Sistema General de Riesgos Laborales
2. Ingreso o retiro al cotizante a todos los sistemas para los cuales está liquidando los aportes a seguridad social
3. Ingreso o retiro únicamente al Sistema de Cajas de Compensación Familiar.
RET - RetiroA1Puede ser un blanco, o:
1. Retiro del cotizante únicamente el Sistema General de Pensiones
2. Ingreso o retiro únicamente del Sistema General de Riesgos Laborales
3. Ingreso o retiro del cotizante a todos los sistemas para los cuales está liquidando los aportes a seguridad social
4. Ingreso o retiro únicamente del Sistema de Cajas de Compensación
TDE - Traslado desde otra EPS o EOCA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
TAE - Traslado a otra EPS o EOCA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
VSP - Variación permanente de salarioA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
VST: Variación transitoria del salarioA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
SLN: Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada o comisión de serviciosA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
IGE: Incapacidad Temporal por
Enfermedad General.
A1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
LMA: Licencia de Maternidad o de paternidadA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
VAC - LR: Vacaciones, Licencia RemuneradaA1Puede ser:
1. Vacaciones
2. Licencia remunerada
CorreccionesA1Puede ser un blanco o
1. Presento la novedad en el periodo
CAMPOCLASELONGITUDCONTENIDO
Exonerado_L1607_2012A11. Si
2.No
Dias_cotizadosN2Días Trabajados Mes. Debe permitir valores entre 1 y 30.
Días_moraN10En caso de presentar pago por mora, relacionar la cantidad de días.
Valor_pagadoN10Valor del aporte pagado directamente a la administradora y por fuera de PILA. Debe ser mayor a cero
Valor_UPC_AdicionalN9Decreto 047 del año 2.000 y
Decreto 1703, en los cuales se establecieron normas para el manejo de los afiliados que deben pagar UPC. Adicional
Valor_interesesN10En los casos que aplique. Puede ser cero

2. Formato para el archivo de Devoluciones:


Estructura de Datos

CAMPOCLASELONGITUCONTENIDO
Tipo_documento_aportanteA2Tipo documento del aportante
NI. NIT
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de permanencia
PE. Permiso Especial Permanencia
RC. Registro civil
PT. Permiso de protección laboral
Documento_aportanteA16Número de Identificación del aportante.
Obligatorio. Máximo 16 caracteres.
No incluir dígito de verificación, puntos, comas, etc.Valor mayor a cero.
Razon_socialA200Nombre de la Empresa o Persona Natural, como aparece en Cámara de Comercio
ld_departamentoN2Obligatorio. Corresponde a la Divipola
ld_municipioN5Obligatorio. Corresponde a la Divipola
Tipo_documento_cotizanteA2Obligatorio.
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de permanencia
PE. Permiso Especial Permanencia
RC. Registro civil
PT. Permiso de protección laboral
Documento_cotizanteA16Obligatorio.
Máximo 16 caracteres. No incluir dígito de verificación, puntos, comas, etc.
Nombre cotizanteA200Obligatorio.
Concepto_devoluciónA11. Error en el reporte del IBC
2. Error en los días trabajados
3. Error por identificación del cotizante
4. Novedades
5. Mayor valor pagado. No aplica Pensiones Voluntarias
6. No afiliado a la Administradora
7. Traslado del aporte a otra administradora por no afiliado
8 No afiliación. Devolución directa al aportante.
9. Devoluclón de aportes de Pensionados e Independientes a CCF
CAMPOCLASELONGITUDCONTENIDO
 10.Sin información en el periodo
11. Devoluciones autorizadas por la UGPP Ley (Art.311 de la Ley 1819 de 2016
Fecha_devoluciónA10AAAA-MM-DD. Fecha en la que la Administradora aprueba la devolución
Fecha_pagoA10AAAA-MM-DD. Corresponde a la fecha de pago del aporte que se está devolviendo. Si se diligencia este campo, debe existir un valor en el campo Periodo devolución.
FECHA DE PAGO. Debe ser un mes menor que la fecha de envío de la información
Periodo devoluciónA7AAAA-MM. Corresponde al periodo que el aportante pago el aporte.
Número_actoA50Corresponde al número con el que internamente la administradora autoriza la devolución.
Fecha_actoA10AAAA-MM-DD. Corresponde a la fecha con el que internamente la administradora autoriza la devolución.
Valor_devueltoN9Corresponde al valor devuelto al aportante. No incluir comas o puntos.
Giro a otra AdministradoraA8Corresponde a la Administradora a la cual se le traslado el aporte. Este campo solo debe ser diligenciado en caso que se marque en el campo "Concepto Devolución" la categoría: 7. Traslado del aporte a otra administradora por no afiliado

3. Formato para el archivo de ajustes de información:

Estructura de Datos

CAMPOCLASELONGITUDCONTENIDO
Tipo_documento_apo ríanteA2Tipo documento del aportante
NI. NIT
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de Permanencia PE. Permiso especial Permanencia
RC. Registro civil
PT. Permiso de protección laboral
Documento-aportanteA16Número de Identificación del aportante.
Obligatorio. Máximo 16 caracteres.
No incluir dígito de verificación, puntos, comas, etc. Valor mayor a cero.
Razon_socialA200Nombre de la Empresa o Persona Natural, como aparece en Cámara de Comercio
Id_DepartamentoN2Obligatorio. Corresponde a la Divipola
ld_municipioN5Obligatorio. Corresponde a la Divipola
Tipo_documento_cotizanteA2Obligatorio.
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de Permanencia
PE. Permiso especial Permanencia
RC. Registro civil.
PT. Permiso de protección laboral
Documento_cotizanteA16Obligatorio.
Máximo 16 caracteres.
No incluir dígito de verificación, puntos, comas, etc.
Nombre_cotizanteA200Obligatorio.
Periodo reportadoA7AAAA-MM. Corresponde al periodo al que se quiere ajustar la novedad
CAMPOCLASELONGITUDCONTENIDO
Fecha_AjusteA10AAAA-MM-DD. Corresponde a la fecha en la que se ajustó la novedad en la administradora.
Si existe valor en este campo, entonces debe existir información en alguno de los siguientes campos.
Ajuste_T_ID_aportanteA2Tipo de documento que corrigieron. Diligenciar el valor final que quedo registrado en el sistema de la administradora
NIT: NIT
CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de permanencia
RC. Registro civil
PE. Permiso especial Permanencia
PT. Permiso de protección laboral
Ajuste_numero_aporanteN16Número de documento que corrigieron. Diligenciar el valor final que quedo registrado en el sistema de la administradora
Ajuste_diasN2Valor final del ajuste. Diligenciar e, valor final que quedo registrado en el sistema de la administradora
Ajuste_periodoA7AAAA-MM Diligenciar el valor final que quedo registrado en el sistema de la administradora
Ajuste_IBCN9Valor final del ajuste. Diligenciar el valor final que quedo registrado en el sistema de la administradora. No son válidos los puntos o comas.
Ajuste cambio administradoraA6Código de la administradora a la que se trasladó Diligenciar el valor final que quedo registrado en el sistema de la administradora.
Ajuste_novedadA31. Ingreso
2. Retiro
3. Traslado desde otra EPS o EOC
4. Traslado a otra EPS o EOC
5. Traslado desde otra
Administradora de Pensiones
6. Traslado a otra Administradora de Pensiones
7. Variación permanente de salario
8. Correcciones
9. Variación transitoria de salario
10. Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada o comisión de servicios
11. Incapacidad enfermedad general
12. Licencia de maternidad
13. Vacaciones
14. Aporte Voluntario.
15. Variación centro de trabajo
16. Incapacidad riesgos laborales
17.Sin información en el periodo
Ajuste_T_ID_cotizanteA2CC. Cédula de ciudadanía
CE. Cédula de extranjería
TI. Tarjeta de identidad
PA. Pasaporte
CD. Carné diplomático
SC. Salvoconducto de permanencia PE. Permiso especial Permanencia
PT. Permiso de protección laboral
RC. Registro civil
Ajuste_T_ID_cotizanteN16Número de documento que corrigieron.
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