BúsquedaBUSCAR
ÍndiceÍNDICE

RESOLUCIÓN 5513 DE 2016

(noviembre 16)

Diario Oficial No. 50.059 de 16 de noviembre de 2016

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica la Resolución 1178 de 2012 y delega la función de cancelar las autorizaciones a las agremiaciones o asociaciones para afiliar colectivamente al Sistema de Seguridad Social Integral a sus miembros.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial, las conferidas por los artículos 9o de la Ley 489 de 1998, 2o del Decreto-ley 4107 de 2011 y en desarrollo de los artículos 3.2.6.4 y 3.2.6.9 del Decreto 780 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, prevén la delegación como un elemento de la función administrativa al servicio del interés general que se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, faculta entre otros, a los Ministros, para delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente .

Que en el marco de las anteriores disposiciones normativas, se expidió la Resolución 1178 de 2012 a través de la cual el señor Ministro de Salud y Protección Social delega en el Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones, la función de autorizar a las agremiaciones y asociaciones para afiliar colectivamente al Sistema de Seguridad Social Integral a sus miembros, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Que los artículos 3.2.6.7 y 3.2.6.9 el Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, facultan al Ministerio de Salud y Protección Social para cancelar la autorización a las agremiaciones o asociaciones que dejen de cumplir con uno o varios de los requisitos exigidos para obtener la autorización, o se demuestre que las mismas promueven o toleran la evasión o elusión de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, cuando se haya agotado la reserva especial de garantía mínima y cuando la entidad autorizada en un período determinado, no efectúa el pago de aportes a salud de la totalidad de sus trabajadores independientes miembros.

Que las comunidades y congregaciones religiosas, para efectos de la afiliación de sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral, se asimilan a las asociaciones.

Que dado que a la fecha el Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones, por delegación expresa tiene asignada la función de autorizar a las agremiaciones y asociaciones para afiliar colectivamente al Sistema de Seguridad Social Integral a sus miembros, en aras de que unificar el manejo del asunto se hace necesario delegarle además, la función de cancelar tales autorizaciones cuando se incurran en las causales de cancelación definidas en el marco normativo vigente.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo 1o de la Resolución 1178 de 2012, el cual quedará así:

Artículo 1o. Delegar en el Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones, la función de autorizar y cancelar a las agremiaciones y asociaciones la afiliación colectiva al Sistema de Seguridad Social Integral de sus miembros trabajadores independientes, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente”.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución 1178 de 2012.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de noviembre de 2016.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

×