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RESOLUCIÓN 537 DE 2020

(31 mar)

Diario Oficial No. 51.274 de 1 de abril 2020

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2238 de 2020>

Por la cual se modifica la Resolución 3495 de 2019 que establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud – CUPS

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial, las conferidas por los numerales 3 y 7 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 9 del artículo 2o del Decreto - Ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO

Que el derecho fundamental a la salud fue regulado a través de la Ley 1751 de 2015 La qué su artículo 19 establece el deber de los agentes del Sistema de suministrar la información que requiera este Ministerio, en los términos y condiciones que se determinen

Que este Ministerio expidió la Resolución 5851 de 2018, mediante la cual se estableció la "Clasificación Única de Procedimientos en Salud – CUPS para la vigencia 2019 y para el presente año se emitió la Resolución 3495 de 2019 ambas con el propósito de estandarizar los datos que conforman el Sistema Integral de Información y proveer un lenguaje homogéneo entre los diferentes integrantes del Sistema de Seguridad Social Integral

Que los códigos para reporte de sala de observación relacionados en la Sección 04, Capitulo 28, Grupos S2 del ANEXO TÉCNICO 2 "LISTA TABULAR" de la Resolución 5851 de 2018, no fueron Incluidos y adaptados al Anexo 4 "CÓDIGOS PARA EL REPORTE DE OTRAS PRESTACIONES EN SALUD" de la Resolución 3495 de 2019

Que en razón al seguimiento efectuado durante el primer bimestre del presente año a la actualización de la CUPS a través de las consultas presentadas por los actores se identificó la necesidad de modificar el Anexo 4 "CÓDIGOS PARA EL REPORTE DE OTRAS PRESTACIONES EN SALUD", en el sentido de incluir los códigos de derechos de sala adaptándolos a la estructura de dicho anexo, con el fin de permitir a los prestadores de servicios de salud su reporte en el Registro Individual de Prestaciones en Salud - RIPS y en consecuencia, su facturación y reconocimiento

Que la Organización Mundial de la Salud declaró el 11 de marzo que el brote del COVID 19 es una pandemia, por la velocidad en su propagación y mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020 este Ministerio declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por causa del señalado virus, hasta el 30 de mayo de 2020

Que atendiendo a los documentos técnicos emitidos por la Asociación Colombiana de Infectología (ACIN) y el Instituto de Evaluación de Tecnologías (IETS), el Ministro de Salud y Protección Social a través de la Circular 019 de 25 de marzo de 2020, recomendó la realización de las pruebas rápidas para la detección de anticuerpos IgM e IgG específicos para COVID-19: las cuales ayudarán considerablemente a definir, cuando exista duda a quien se le debe realizar o no la prueba confirmatoria con PCR por lo que se hace necesario añadir los códigos de CUPS a las pruebas SARS CoV-2/COVID -19 anticuerpos IgG, CoV2/COVID 19 anticuerpos IgM, y detección antígeno virus SARS CoV2/COVID19

Que teniendo en cuenta que la Clasificación Única de Procedimientos en Salud – CUPS describe el universo de las tecnologías en salud y que los beneficios en salud financiados con recursos de la UPC son dinámicos, se hace necesario la actualización de la Resolución 3495 de 2019.

Que en mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2238 de 2020> Modifíquese el Anexo Técnico 2 "Usía Tabular" de la Resolución 3495 de 2019, en el sentido de incluir en la categoría 90 6.2 DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS CONTRA VIRUS, las subcategorías:

CÓDIGODESCRIPCION
90 6.2 70SARS CoV2 ICOVID-19] ANTICUERPOS ig G
90.6.2.71SARS CoV2 [COVID-19] ANTICUERPOS Ig M

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2238 de 2020> Modifíquese el Anexa Técnico 2 "Lista Tabular" de la Resolución 3495 de 2019, en el sentido de incluir en la categoría 90.6,3. DETERMINACIÓN OE ANTIGENOS MICROBIOLOGICOS, la subcategoría:

CODIGODESCRIPCIÓN
90.6.3.40SARS CoV 2 [COVID-191 ANTIGENO

ARTICULÓ 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2238 de 2020> Modifíquese el capítulo 25 PROCEDIMIENTOS E NTERVENCIONES COLECTIVAS de la Sección 02 “PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES SOBE LA COMUNIDAD, SU ENTORNO Y SALUD” del Anexo Técnico 2 “Lista Tabular” de la Resolución 3495 de 2019, para incluir en 18 categoría A3 2.0. ATENCIÓN A LAS PERSONAS (VIROLOGÍA), las siguientes subcategorías:

CÓDIGODESCRIPCIÓN
A3.2.0.26SARS CoV 2 [COVID-191 ANTICUERPOS Ig G
Á3.2 0.27SARS CoV 2 [COVID-19] ANTIGUERPOS Ig M
A3.2.0 28SARS CoV2 [COVID-191 ANTIGENO

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2238 de 2020> Modifíquese el Anexo Técnico 4 "CÓDIGOS PARA EL REPORTE DE OTRAS PRESTACIONES EN SALUD" que hace parle integral de la Resolución 3495 de 2019, en el sentido de Incluir los códigos de derechos de sala así:

ANEXO 4
CÓDIGOS PARA EL REPORTE DE OTRAS PRESTACIONES EN SALUD

CÓDIGODESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
108001INTERNACIÓN COMPLEJIDAD BAJA HABITACIÓN UNIPERSONAL (INCLUYE AISLAMIENTO)
108002INTERNACIÓN COMPLEJIDAD BAJA HABITACION BIPERSONAL
108003INTERNACIÓN COMPLEJIDAD BAJA TRES CAMAS
108004INTERNACIÓN COMPLEJIDAD BAJA CUATRO O MAS CAMAS
1OM001INTERNACIÓN, COMPLEJIDAD MEDIANA HABITACIÓN UNIPERSONAL (INCLUYE AISLAMIENTO}
1OMO02INTERNACION COMPLEJIDAD MEOIANA HABITACIÓN BIPERSONAL
10M003INTERNACIÓN COMPLEJIDAD MEDIANA HABITACIÓN TRES CAMAS
10M0O4INTERNACIÓN COMPLEJIDAD MEDIANA HABITACIÓN CUATRO O MAS CAMAS
10A001INTERNACIÓN COMPLEJIDAD ALTA HABITACIÓN UNIPERSONAL (INCLUYE AISLAMIENTO)
10A002INTERNACIÓN COMPLEJIDAD ALTA HABITACIÓN BIPERSONAL
10A003INTERNACION COMPLEJIDAD ALTA TRES CAMAS

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el artículo 2o y 4o de la Resolución 3495 de 2019.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C.

FERNANDO RUIZ GOMEZ

MInistro de Salud y Proteccion Social

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