RESOLUCIÓN 3796 DE 2014
(septiembre 8)
Diario Oficial No. 49.268 de 8 de septiembre de 2014
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se sustituye el “Formulario Único de Afiliación, Retiro y Novedades de Trabajadores y Contratistas”, contenido en el Anexo 1 - Parte A de la Resolución 2087 de 2013 y se modifica la Resolución 2358 de 2006.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el numeral 23 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011 y en desarrollo de los artículos 25 y 31 de la Ley 1607 de 2012 y los Decretos 1637 de 2006, 721 de 2013 y 1047 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 1562 de 2012, se modificó el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictaron disposiciones en materia de salud ocupacional.
Que el Decreto 1047 de 2014, establece las normas para asegurar la afiliación al Sistema de Seguridad Social de los conductores del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi, previendo al tenor de su artículo 2o, que dichos conductores deben estar afiliados como cotizantes al Sistema de Seguridad Social y que no podrán operar sin que se encuentren activos en los sistemas de pensiones, salud y riesgos laborales.
Que el artículo 4o del citado decreto, precisa que para la afiliación del conductor de servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos tipo taxi, se requerirá únicamente el diligenciamiento del formulario físico o electrónico establecido para tal fin en la Resolución 2087 de 2013.
Que a través de la Resolución 2634 de 2014, expedida por este Ministerio, se creó en la Planilla Integral de Liquidación de Aportes (PILA), los subtipos de cotizante 11 y 12, en aras de posibilitar para el mencionado grupo poblacional, el pago de los correspondientes aportes.
Que en lo que respecta al Sistema General de Riesgos Laborales de los mencionados conductores, es menester modificar el “Formulario Único de Afiliación, Retiro y Novedades de Trabajadores y Contratistas”, incluyendo campos que permitan registrar información necesaria para efectos de su afiliación.
Que de otro lado, mediante la Resolución 2358 de 2006, modificada por la Resolución 3336 de 2013, se adoptaron los anexos técnicos correspondientes a las especificaciones de la estructura y de los archivos que deberán reportar al Registro Único de Afiliados (RUAF), cada una de las administradoras que conforman los Subsistemas del Sistema de la Protección Social, de que trata el artículo 2o del Decreto 1637 de 2006.
Que este Ministerio suministra mensualmente al Administrador Fiduciario de los recursos del Fosyga, la información de los pensionados, reportada al Registro Único de Afiliados (RUAF), por las entidades pagadoras de pensiones, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 2358 de 2006, a ser utilizada como fuente primaria de verificación para el proceso de Liquidación Mensual de Afiliados (LMA), en el Régimen Subsidiado en Salud, con el fin de evitar que se presente el reconocimiento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) Subsidiada a los afiliados que gozan de una pensión y que como tal, deben estar en el régimen contributivo en salud, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 157 de la Ley 100 de 1993.
Que conforme con la anterior consideración y dada la existencia de regímenes especiales o exceptuados del Sistema General de Pensiones, que permiten la concurrencia de pensiones respecto de una misma persona, se hace necesario incluir campos adicionales en las novedades del anexo técnico de pensionados del Registro Único de Afiliados (RUAF), en aras de posibilitar la modificación en la información de determinada pensión, que reporten las entidades pagadoras de pensiones.
Que las disposiciones adoptadas mediante el Decreto 1047 de 2014, respecto de la afiliación al Sistema General de Seguridad Social de los conductores del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi, así como la dinámica de los diferentes subsistemas de la protección social, conllevan la necesidad de realizar ajustes a los anexos técnicos del Registro Único de Afiliados (RUAF).
En merito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 6 de la Resolución 3310 de 2018>
ARTÍCULO 2o. <Resolución 2358 de 2006 derogada por el artículo 8 de la Resolución 1056 de 2015> Modífiquese el artículo 1o de la Resolución 2358 de 2006, modificado por el artículo 6o de la Resolución 3336 de 2013, el cual quedará así:
“Artículo 6o. Adóptense como parte integral de la presente resolución, los anexos técnicos del Registro Único de Afiliados (RUAF), relacionados a continuación, contentivos de las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por cada una de las administradoras de los diferentes Subsistemas, así:
Anexo 1. Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones.
Anexo 2. Afiliados a Fondos de Cesantías: Subsistema de Cesantías.
Anexo 3. Afiliados a Riesgos Laborales: Subsistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales.
Anexo 4. Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones - Entidades pagadoras de pensiones.
Anexo 5. Compensación Familiar: Subsistema de Subsidio Familiar.
Anexo 6. Programas Asistencia Social: Subsistema de Asistencia Social y Subsistema de Parafiscales”.
ARTÍCULO 3o. DISPOSICIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE AFILIADOS (RUAF). <Ver Notas del Editor> A partir del mes de octubre de 2014, en el FTPS de este Ministerio, la primera semana de cada mes, se dispondrá a cada una de las administradoras de los diferentes Subsistemas, un archivo que contendrá la información que ha subido consistentemente a la base de datos del Registro Único de Afiliados (RUAF).
Para tener acceso al FTPS y poder descargar los archivos a que se refiere este artículo, las administradoras de cada uno de los subsistemas, deberán solicitar usuario y clave al correo electrónico soporteruaf@minsalud.gov.co, indicando número telefónico de contacto y dos correos electrónicos institucionales, a los cuales les será enviada la correspondiente información.
ARTÍCULO 4o. IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE LOS ANEXOS TÉCNICOS DEL REGISTRO ÚNICO DE AFILIADOS (RUAF). <Artículo 2 derogado por el artículo 8 de la Resolución 1056 de 2015> Las entidades pagadoras de pensiones, deberán implementar las modificaciones del Anexo 4 - Pagadores de Pensiones, previsto en el artículo 2o de la presente resolución, a más tardar el 1o de noviembre de 2014.
Los Anexos 1, 2, 3, 5 y 6, deberán ser implementados por las demás administradoras de los Subsistemas a que se refiere el artículo 2o de la presente resolución, a más tardar el 1o de febrero de 2015.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las Resolución 2358 de 2006, modificada por la Resolución 3336 de 2013. Igualmente modifica en lo pertinente la Resolución 2087 de 2013.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de septiembre de 2014.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.
ANEXOS TÉCNICOS DEL REGISTRO ÚNICO DE AFILIADOS – RUAF.
ANEXO DE AFILIADOS A FONDOS DE PENSIONES.
RESOLUCIÓN / 2013
ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS
Datos que las administradoras de pensiones deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y el de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLAS PARA NOMBRES DE LOS ARCHIVOS MAESTROS
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
MP | Archivo maestro de afiliados a pensiones. | 2 |
NP | Archivo maestro de novedades de afiliados a pensiones. | 2 |
NPE | Archivo maestro de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante. | 3 |
COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo - Pensiones (P) | 1 |
CODENTIDAD | Código de la entidad de pensiones que reporta la información. | 6 |
AAAAMMDD | Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. | 8 |
NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS
TIPO DE ARCHIVO | NOMBRE DE ARCHIVO | LONGITUD |
Maestro de afiliados a pensiones | PMPCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de novedades de afiliados a pensiones | PNPCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante | PNPECODENTIDADAAAAMMDD | 18 |
ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE AFILIADOS A PENSIONES
El archivo maestro de afiliados a pensiones está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados solicitados en la etapa del cargue inicial, así como para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a pensiones.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios, deben reportarse en el archivo como (,,).
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
17 | Código administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
35 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
36 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
37 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro de control | SÍ |
38 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO CARGUE INICIAL | OBLIGATORIO REPORTE PERIÓDICO |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | SÍ | |
3 | Código género | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
5 | Departamento nacimiento | 2 | Ver glosario | NO | NO |
6 | Municipio nacimiento | 3 | Ver glosario | NO | NO |
7 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
8 | Segundo apellido | 60 | NO | NO | |
9 | Primer nombre | 60 | SÍ | SÍ | |
10 | Segundo nombre | 60 | NO | NO | |
11 | Departamento residencia | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
12 | Municipio residencia | 3 | Ver glosario | NO | SÍ |
15 | Fecha efectiva de afiliación a la administradora | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
16 | Afiliación subsidiada | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
17 | Código administradora | 6 | SÍ | SÍ | |
18 | Código tipo de cotizante | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
39 | Afiliado cesante | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
19 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | NO | NO |
20 | Número de identificación del aportante | 17 | NO | NO | |
21 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | NO |
22 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | NO | NO |
23 | Clase de aportante | 1 | Ver glosario | NO | SÍ |
24 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
25 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | Ver glosario | NO | SÍ |
26 | Fecha de vinculación con el aportante | 10 | AAAA-MM-DD | NO | NO |
27 | Estado de la afiliación | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
28 | Al día | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
34 | Código de la administradora desde donde se traslada | 6 | Este campo sólo se diligencia si la creación de afiliación corresponde a un traslado de afiliados entre administradoras. | ||
40 | Traslado | 1 | Ver Glosario | NO | NO |
Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el afiliado, de acuerdo con su documento de identidad, los tiene. El campo dígito de verificación del aportante no es obligatorio.
Los campos 19, 20 y 22 no serán obligatorios si el campo 39 (afiliado cesante) viene en valor S.
Para el cargue inicial, si un afiliado tiene más de un aportante, la entidad debe reportar un registro por cada uno de ellos, diligenciando la totalidad de los campos del archivo maestro de afiliados.
Para las novedades de creación de nuevos afiliados que tengan más de un aportante, la entidad sólo debe reportar un registro al archivo maestro de afiliados diligenciando la totalidad de los campos con un aportante, los demás aportantes los debe reportar en el maestro de novedades con la novedad P07.
Si el afiliado es tipo de cotizante independiente, la información del aportante debe ser la misma del afiliado.
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES
El archivo de novedades de afiliados a pensiones está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.
Novedad de creación de nuevos afiliados.
Las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a pensiones utilizando la estructura del archivo maestro de afiliados y el nombre del archivo maestro de afiliados a pensiones. Igualmente, cuando se produce una nueva afiliación como consecuencia de un traslado de régimen o traslado de administradora del mismo régimen, deberá reportarse la creación de la nueva afiliación enviando el maestro de afiliados.
Novedades de actualización.
La información de los afiliados reportados a través del archivo maestro de afiliados deberá ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de afiliados a pensiones.
De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES”.
El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de estas. Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ser vacío y reportarse en el archivo como (,,).
Cuando una afiliación tenga más de un tipo de novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
17 | Código de la administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
35 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
36 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
37 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
38 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
17 | Código administradora | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
7 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | |
8 | Segundo apellido | 60 | NO | ||
9 | Primer nombre | 60 | SÍ | ||
10 | Segundo nombre | 60 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | Ver “Códigos de novedades de afiliados a pensiones” | SÍ | ||
Valor 1 | NO | Dependiendo del código de la novedad se deben registrar los valores en el mismo orden en que aparecen en la tabla de “Códigos de novedades de afiliados a pensiones ” y los que no se modifiquen se deben reemplazar por ,, Se deben completar los nuevos 15 valores teniendo en cuenta lo explicado anteriormente. | |||
Valor 2 | |||||
Valor 3 | |||||
Valor 4 | |||||
Valor 5 | |||||
Valor 6 | |||||
Valor 7 | |||||
Valor 8 | |||||
Valor 9 | |||||
Valor 10 | |||||
Valor 11 | |||||
Valor 12 | |||||
Valor 13 | |||||
Valor 14 | |||||
Valor 15 |
CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES
Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Cód. Nov. | Descripción | Orden de las variables de la novedad | Observaciones |
P01 | Modificar persona | 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 | Modificar la información de una persona que se encuentra en la base de datos RUAF. |
P02 | Modificación identificación de persona | 1, 2 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF. |
P03 | Modificar afiliación a pensiones | 15, 16 | Modificar la información de la afiliación a pensiones en la base de datos RUAF. |
P04 | Retirar o trasladar afiliación a pensiones | 30, 31, 32, 33, 34 | Retirar afiliación a pensiones en la base de datos RUAF en los siguientes casos: Si el caso es por fallecimiento se deben diligenciar los campos 30, 31 y 33. Si el caso es por reconocimiento de pensión, devolución de saldos o indemnización sustitutiva, se deben diligenciar los campos 30, 31 y 32. Si el caso es por traslado de administradora se deben diligenciar los campos 30, 31, y 34. Si el caso es por anulación o retracto se deben diligenciar los campos 30, 31. Si el caso es por “Anulación por multiafiliación” se deben diligenciar los campos 30 y 31, donde el “campo 30” corresponde a la fecha de la aplicación del proceso de marcación. Si el caso es por “cedido por multiafiliación” se deben diligenciar los campos 30 y 31, donde la fecha “campo 30” corresponde a la fecha de fin de la vigencia. Si el caso es por “sustitución” se deben diligenciar los campos 30 y 31, donde la fecha “campo 30” corresponde a la fecha de la sustitución de administradora. Si el caso es por “fusión” se deben diligenciar los campos 30 y 31 donde la fecha “Campo 30” debe corresponder a la fecha de la fusión de las administradoras. Si el caso es por “liquidación” se deben diligenciar los campos 30 y 31 donde la fecha “Campo 30” debe corresponder a la fecha de la liquidación de la administradora. |
P07 | Asociar otro aportante a una afiliación a pensiones | 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 | Asociar otro aportante a una afiliación a pensiones en la base de datos RUAF. LOS CAMPOS 18, 19, 20 Y 22 SON OBLIGATORIOS |
P08 | Modificar aportante de una afiliación a pensiones | 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 | Modificar información de un aportante de una afiliación a pensiones en la base de datos RUAF. Los campos 19, 20, 22 son obligatorios. |
P09 | Desvincular aportante de una afiliación a pensiones | 19, 20, 21, 22, 29 | Desvincular aportante de una afiliación a pensiones en la base de datos RUAF. Los campos 19, 20, 29 son obligatorios. |
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DEL ESTADO DE LA AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE
El archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades del estado de la afiliación y al día del aportante.
El archivo de novedades P05 y P06 que se reportan a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante, se indica que deben enviarse solamente en el periodo donde haya cambiado el estado de la afiliación o al día y en mora respecto al periodo anterior.
Para el reporte del estado de la afiliación, se deberá enviar un registro con código de novedad P05 y para el reporte de la novedad de sí el aportante está al día o en mora, se debe enviar un registro para el aportante que tenga la afiliación, con el código de novedad P06.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
17 | Código de la administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
35 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
36 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
37 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
38 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
17 | Código administradora | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
7 | Primer apellido | 20 | Ver glosario | SÍ | |
8 | Segundo apellido | 30 | NO | ||
9 | Primer nombre | 20 | SÍ | ||
10 | Segundo nombre | 30 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | P05 P06 | SÍ | Sólo pueden ser los códigos P05 o P06. | |
27 | Estado de la afiliación | 1 | Ver glosario | NO | Este campo es de obligatorio diligenciamiento si el código de la novedad es P05 |
19 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | SÍ | Campos obligatorios, excepto cuando la afiliación no tenga vinculaciones laborales vigentes. |
20 | Número de identificación del aportante | 17 | Ver glosario | SÍ | |
21 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | Campo no obligatorio |
22 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | SÍ | Campo obligatorio de acuerdo a la obligatoriedad de los campos 19 y 20. |
28 | Al día | 1 | Ver glosario | NO | Este campo es de obligatorio diligenciamiento si el código de la novedad es P06 |
Cuando no existan novedades de creación de nuevos afiliados, novedades de actualización, o novedades de estado de afiliación o al día del aportante, se deberá enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando cero (0) registros.
GLOSARIO DE CAMPOS
En el siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF), a través de los archivos maestros de afiliados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.
Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N- Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.
Cód. | Nombre del campo | Longitud máxima | Tipo | Valor permitido |
0 | Tipo de Registro | 1 | N | 1 - Registro de control 2 - Registro de detalle |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería CD - Carné Diplomático PA - Pasaporte |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | A | |
3 | Código género | 1 | A | M - Masculino F - Femenino |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
5 | Departamento nacimiento | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
6 | Municipio nacimiento | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
7 | Primer apellido | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras |
8 | Segundo apellido | 60 | A | |
9 | Primer nombre | 60 | A | |
10 | Segundo nombre | 60 | A | |
11 | Departamento residencia | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
12 | Municipio residencia | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
15 | Fecha efectiva de afiliación a la administradora | 10 | A | AAAA-MM-DD Esta fecha corresponde a la fecha de la selección. |
16 | Afiliación subsidiada | 1 | A | S - Si recibe subsidio N - No recibe subsidio |
17 | Código administradora | 6 | A | |
18 | Código tipo de cotizante | 2 | N | 1 - Dependiente 2 - Empleada doméstica 3 - Independiente 4 - Madre Comunitaria 16 - Independiente agremiado o asociado 17 - Empleado con requisitos cumplidos para pensión 30 - Dependiente entidades o universidades públicas con Régimen Especial en Salud 31 - Cooperados de cooperativas de trabajo asociado 32 - Cotizante carrera diplomática o consular o funcionarios de organismos multilateral |
19 | Tipo de identificación del aportante | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte NI - Número de identificación tributaria CD - Carné diplomático |
20 | Número de identificación del aportante | 17 | A | |
21 | Dígito de verificación del aportante | 1 | N | 0-9 |
22 | Razón social del aportante | 150 | A | Nombre del aportante para cotizantes dependientes o nombres y apellidos completos para cotizantes independientes que son aportantes. |
23 | Clase de aportante | 1 | A | A Aportante con 200 o más cotizantes B Aportante con menos de 200 cotizantes C Aportante Mipyme que se acoge a Ley 590 de 2000 D Aportante beneficiario de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 de 2010) I Independiente |
24 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
25 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
26 | Fecha de vinculación con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
27 | Estado de la afiliación | 1 | N | 1. Activo cotizante: son aquellos afiliados no pensionados que efectuaron la cotización obligatoria durante el mes para el cual se reporta, correspondientes a aportes del mes que se paga, no a aportes de períodos en mora. 2. Activo no cotizante: son aquellos afiliados no pensionados que por alguna razón por ellos no se efectuó la cotización obligatoria durante el mes para el cual se reporta, pero que si han hecho por lo menos una cotización en los últimos seis meses. 3. Inactivo: son aquellos afiliados no pensionados que por alguna razón por ellos no se efectuó la cotización obligatoria en por lo menos los últimos seis meses. |
28 | Al día | 1 | N | 1 - Al día 2 - En mora |
29 | Fecha de desvinculación con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
30 | Fecha de retiro o traslado de administradora | 10 | A | AAAA-MM-DD |
31 | Causa del retiro o traslado | 1 | N | 0 - Anulado por multiafiliación 1 - Pensión 2 - Devolución de saldos 3 - Indemnización sustitutiva 4 - Traslado de régimen 5 - Traslado de administradora mismo régimen 6 - Fallecimiento 7 - Anulación 8 - Retracto 9 - Cedido por multiafiliación 10 - Afiliación por el empleador 11 - Duplicidad en la identificación 12 - Sustitución 13 - Fusión 14- Liquidación 15- Por inclusión errónea |
32 | Fecha de reconocimiento de la pensión, devolución de saldos o indemnización sustitutiva | 10 | A | AAAA-MM-DD |
33 | Fecha de fallecimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
34 | Código de la administradora a la que se traslada | 6 | A | Código utilizado para indicar en el caso de traslado, la administradora de destino. Este campo sólo se diligencia si la creación de afiliación corresponde a un traslado de afiliados entre administradoras o por cambio de régimen Es obligatorio cuando en el campo 40 el valor es SÍ |
35 | Fecha inicial del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
36 | Fecha final del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
37 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | N | |
38 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | A | Ver tabla “NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES” |
39 | Afiliado cesante | 1 | A | S- si el afiliado se encuentra cesante debido a que no tiene ningún vínculo laboral. N- si el afiliado no se encuentra cesante. |
40 | Traslado | 1 | N | 1- SÍ 2- NO Este campo sólo se diligencia si la creación de afiliación corresponde a un traslado de afiliados entre administradoras o por cambio de régimen |
ANEXO DE AFILIADOS A FONDOS DE CESANTÍAS.
RESOLUCIÓN / 2013
ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTROS
Datos que las administradoras de cesantías deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS AFILIADOS Y DE NOVEDADES A CESANTÍAS
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
MCE | Archivo maestro de afiliados a cesantías. | 3 |
NCE | Archivo maestro de novedades de afiliados a cesantías. | 3 |
COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo - Cesantías (E) | 1 |
CODENTIDAD | Código de la entidad de Cesantías que reporta la información. | 6 |
AAAAMMDD | Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. | 8 |
NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS DE AFILIADOS Y DE NOVEDADES A CESANTÍAS
TIPO DE ARCHIVO | NOMBRE DE ARCHIVO | LONGITUD |
Maestro de afiliados a cesantías | EMCECODENTIDADAAAAMMDD | 18 |
Maestro de novedades de afiliados a cesantías | ENCECODENTIDADAAAAMMDD | 18 |
ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE AFILIADOS A CESANTÍAS
El archivo maestro de afiliados a cesantías esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados solicitados en la etapa del cargue inicial así como para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a cesantías.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,).
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO CARGUE INICIAL | OBLIGATORIO REPORTE PERIÓDICO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ | SÍ |
14 | Código administradora | 6 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
32 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
33 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
34 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ | SÍ |
35 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓOIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO CARGUE INICIAL | OBLIGATORIO REPORTE PERIÓDICO |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | SÍ | |
3 | Código género | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
5 | Departamento nacimiento | 2 | Ver glosario | NO | NO |
6 | Municipio nacimiento | 3 | Ver glosario | NO | NO |
7 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
8 | Segundo apellido | 60 | NO | NO | |
9 | Primer nombre | 60 | SÍ | SÍ | |
10 | Segundo nombre | 60 | NO | NO | |
11 | Departamento residencia | 2 | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE | NO | SÍ |
12 | Municipio residencia | 3 | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE | NO | SÍ |
13 | Fecha de afiliación a la administradora | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
14 | Código administradora | 6 | SÍ | SÍ | |
15 | Código tipo de afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
16 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
17 | Número de identificación del aportante | 17 | SÍ | SÍ | |
18 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | NO |
19 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
20 | Fecha de vinculación con el aportante | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
21 | Fecha inicial del contrato con el aportante | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
22 | Fecha final del contrato con el aportante | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
23 | Clase de aportante | 1 | Ver glosario | NO | NO |
24 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
25 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | Ver glosario | NO | SÍ |
26 | Estado de la afiliación | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
27 | Fecha de último pago del aportante a la administradora | 10 | AAAA-MM-DD | NO | NO |
28 | Último período de pago del aportante a la administradora | 7 | Ver glosario | NO | NO |
Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el afiliado de acuerdo con su documento de identidad los tiene. El campo Dígito de verificación del aportante no es obligatorio.
Si un afiliado tiene más de un aportante, la entidad debe reportar un registro por cada uno de estos, diligenciando la totalidad de los campos del maestro de afiliados para el cargue inicial y para las novedades de creación de nuevos afiliados.
Si el afiliado es tipo de cotizante independiente, la información del aportante debe ser la misma del afiliado.
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE AFILIADOS A CESANTÍAS
El archivo de novedades de afiliados a cesantías esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.
Novedad de creación de nuevos afiliados.
Las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a cesantías utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de afiliados a cesantías. Igualmente, cuando se produce una nueva afiliación como consecuencia de un traslado de régimen o traslado de administradora del mismo régimen, deberá reportarse la creación de la nueva afiliación enviando el archivo maestro de afiliados.
Novedades de actualización.
La información de los afiliados reportados a través del archivo maestro de afiliados deberá ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de afiliados a cesantías.
De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A CESANTÍAS”.
El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de estas. Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo como (,,).
Cuando una afiliación tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
14 | Código de la administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
32 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
33 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
34 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
35 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
14 | Código administradora | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
7 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | |
8 | Segundo apellido | 60 | NO | ||
9 | Primer nombre | 60 | SÍ | ||
10 | Segundo nombre | 60 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | Ver Tabla “Códigos de novedades de afiliados a cesantías” | SÍ | ||
Nuevo valor 1 | NO | Dependiendo del código de la novedad se deben registrar los valores en el mismo orden en que aparecen en la tabla de “Códigos de novedades de afiliados a cesantías ” y los que no se modifiquen se deben reemplazar por ,, Se deben completar los nuevos 15 valores teniendo en cuenta lo explicado anteriormente. | |||
Nuevo valor 2 | |||||
Nuevo valor 3 | |||||
Nuevo valor 4 | |||||
Nuevo valor 5 | |||||
Nuevo valor 6 | |||||
Nuevo valor 7 | |||||
Nuevo valor 8 | |||||
Nuevo valor 9 | |||||
Nuevo valor 10 | |||||
Nuevo valor 11 | |||||
Nuevo valor 12 | |||||
Nuevo valor 13 | |||||
Nuevo valor 14 | |||||
Nuevo valor 15 |
CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A CESANTÍAS
Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Cód. Nov. | Descripción | Orden de las Variables de la novedad | Observaciones |
E01 | Modificar persona | 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 | Modificar la información de una persona que se encuentra en la base de datos RUAF. |
E02 | Modificar identificación persona | 1, 2 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF. |
E03 | Modificar afiliación a cesantías | 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 | Modificar la información de la afiliación a cesantías en la base de datos RUAF. Los campos 16, 17 y 19 son obligatorios. |
E04 | Retirar o trasladar afiliación a cesantías | 16, 17, 18, 29, 30, 31 | Retirar afiliación a cesantías en la base de datos RUAF en los casos de fallecimiento o por traslado de administradora. Si el caso es por fallecimiento se deben diligenciar los campos 16, 17, 18, 29, 30 y 31. El campo 18 no es obligatorio. Si el caso es por traslado de administradora se deben diligenciar los campos 16, 17, 18, 29 y 30. El campo 18 no es obligatorio. |
E05 | Modificar estado de la afiliación del afiliado | 16, 17, 18, 26 | Modificar el atributo estado de la afiliación en la base de datos RUAF. El campo 18 no es obligatorio |
E06 | Pago cotizaciones a una afiliación a cesantías | 16, 17, 18, 27, 28 | Registrar el pago de cotizaciones a una afiliación a cesantías. El campo 18 no es obligatorio. |
Cuando no existan novedades de creación de nuevos afiliados a cesantías, o novedades de actualización, se deberá enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando cero (0) registros.
GLOSARIO DE CAMPOS
En el siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados de la Protección Social RUAF a través de los archivos maestros de afiliados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.
Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N-Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.
Cód. | Nombre del Campo | Longitud MÁXIMA | Tipo | Valores Permitidos |
0 | Tipo de Registro | 1 | N | 1 - Registro de control 2 - Registro de detalle |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné Diplomático |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | A | |
3 | Código género | 1 | A | M - Masculino F - Femenino |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
5 | Departamento nacimiento | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
6 | Municipio nacimiento | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
7 | Primer apellido | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras |
8 | Segundo apellido | 60 | A | |
9 | Primer nombre | 60 | A | |
10 | Segundo nombre | 60 | A | |
11 | Departamento residencia | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
12 | Municipio residencia | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
13 | Fecha de afiliación a la administradora | 10 | A | AAAA-MM-DD |
14 | Código administradora | 6 | A | |
15 | Código tipo de afiliado | 1 | N | 1 - Dependiente 2 - Independiente 3 - Voluntario |
16 | Tipo de identificación del aportante | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte NI - Número de identificación tributaria |
17 | Número de identificación del aportante | 17 | A | |
18 | Dígito de verificación del aportante | 1 | N | 0-9 |
19 | Razón Social del aportante | 150 | A | Nombre del aportante para cotizantes dependientes o nombres y apellidos completos para cotizantes independientes que son aportantes. |
20 | Fecha de vinculación con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
21 | Fecha inicial del contrato con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
22 | Fecha final del contrato con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
23 | Clase de aportante | 1 | A | A Aportante con 200 o más cotizantes B Aportante con menos de 200 cotizantes C Aportante Mipyme que se acoge a Ley 590 de 2000 D Aportante beneficiario de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 de 2010) I Independiente |
24 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
25 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
26 | Estado de la afiliación | 1 | N | 1 - Afiliado con saldo a favor 2 - Cuenta cancelada 3 - Cuenta con saldo cero |
27 | Fecha de último pago del aportante a la administradora | 10 | A | AAAA-MM-DD |
28 | Último período de pago del aportante a la administradora | 7 | A | Formato : AAAA AAAA : Año a reportar |
29 | Tipo de retiro de la administradora | 1 | N | 1 - Traslado de administradora 2 - Fallecimiento 3- Por inclusión errónea |
30 | Fecha de retiro de la administradora | 10 | A | AAAA-MM-DD |
31 | Fecha de fallecimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
32 | Fecha inicial del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
33 | Fecha final del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
34 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | N | |
35 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | A | Ver tabla “NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS Y DE NOVEDADES DE AFILIADOS A CESANTÍAS” |
ANEXO DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES.
RESOLUCIÓN /2013
ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTROS
Datos que las administradoras de riesgos laborales suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS DE AFILIADOS Y DE NOVEDADES A RIESGOS LABORALES
Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
MR | Archivo maestro de afiliados a riesgos laborales. | 2 |
NR | Archivo maestro de novedades de afiliados a riesgos laborales. | 2 |
NRE | Archivo maestro de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante. | 3 |
COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo - Riesgos Laborales (R) | 1 |
CODENTIDAD | Código de la entidad de riesgos laborales que reporta la información. | 6 |
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
AAAAMMDD | Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. | 8 |
NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES
TIPO DE ARCHIVO | NOMBRE DE ARCHIVO | LONGITUD |
Maestro de afiliados a riesgos laborales | RMRCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de novedades de afiliados a riesgos laborales | RNRCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante | RNRECODENTIDADAAAAMMDD | 18 |
ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES
El archivo maestro de afiliados a riesgos laborales está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados solicitados en la etapa del cargue inicial así como para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a riesgos laborales.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,).
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
10 | Código administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
28 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
29 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
30 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO CARGUE INICIAL | OBLIGATORIO REPORTE PERIÓDICO |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | SÍ | |
3 | Código género | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | NO | |
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | SÍ | |
8 | Segundo nombre | 60 | NO | NO | |
9 | Fecha de afiliación | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
10 | Código administradora | 6 | SÍ | SÍ | |
11 | Código tipo de cotizante | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
12 | Código de la actividad económica de riesgos laborales del centro de trabajo del afiliado | 7 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
13 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
14 | Número de identificación del aportante | 17 | SÍ | SÍ | |
15 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | NO |
16 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
17 | Clase de aportante | 1 | Ver glosario | NO | SÍ |
18 | Código de ocupación del afiliado | 4 | NO | SÍ | |
19 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
20 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | Ver glosario | NO | SÍ |
22 | Al día | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
32 | Subtipo de cotizante | 2 | Ver glosario | NO | NO |
33 | Modalidad | 1 | Ver glosario | NO | NO |
Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el afiliado de acuerdo con su documento de identidad los tiene. El campo Dígito de verificación del aportante no es obligatorio.
Para el cargue inicial, si un afiliado tiene más de un aportante, la entidad debe reportar un registro por cada uno de estos, diligenciando la totalidad de los campos del archivo maestro de afiliados. Para las novedades de creación de nuevos afiliados, cuando estos tengan más de un aportante se enviará un solo registro por afiliado con un aportante y la novedad R06 para los otros aportantes.
Si el afiliado es tipo de cotizante independiente, la información del aportante debe corresponder a la agremiación, la asociación o el contratista.
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES
El archivo de novedades de afiliados a riesgos laborales está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.
Novedad de creación de nuevos afiliados.
Las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a riesgos laborales utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de afiliados a riesgos laborales. Igualmente, cuando se produce una nueva afiliación como consecuencia de un traslado de administradora, deberá reportarse la creación de la nueva afiliación enviando el archivo maestro de afiliados.
Novedades de actualización.
La información de los afiliados reportados a través del archivo maestro de afiliados deberá ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de afiliados a riesgos laborales.
De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES”.
El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de estas. Cuando en una novedad haya campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ser vacío y reportarse en el archivo como (,,).
Cuando una afiliación tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
10 | Código de la administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
28 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
29 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
30 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir el registro control | SÍ |
31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
10 | Código administradora | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | ||
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | ||
8 | Segundo nombre | 60 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | Ver Tabla “Códigos de novedades de afiliados a riesgos laborales” | SÍ | ||
Nuevo valor 1 Nuevo valor 2 Nuevo valor 3 Nuevo valor 4 Nuevo valor 5 Nuevo valor 6 Nuevo valor 7 Nuevo valor 8 Nuevo valor 9 Nuevo valor 10 Nuevo valor 11 Nuevo valor 12 Nuevo valor 13 Nuevo valor 14 Nuevo valor 15 | NO | Dependiendo del código de la novedad se deben registrar los valores en el mismo orden en que aparecen en la tabla de “Códigos de novedades de afiliados a riesgos laborales” y los que no se modifiquen se deben reemplazar por ,, Se deben completar los nuevos 15 valores teniendo en cuenta lo explicado anteriormente. |
CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES
Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Cód. Nov. | Descripción | Orden de las Variables de la novedad | Observaciones |
R01 | Modificar persona | 3, 4, 5, 6, 7, 8, | Modificar la información de una persona que se encuentra en la base de datos RUAF. |
R02 | Modificación identificación de persona | 1, 2 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF. |
R03 | Modificar afiliación a riesgos laborales | 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 32, 33 | Modificar la información de la afiliación a riesgos laborales en la base de datos RUAF. Los campos 13, 14 y 16 son obligatorios. |
R04 | Retirar o trasladar afiliación a riesgos laborales | 13, 14, 15, 23, 24, 25, 26, 27 | Retirar afiliación a riesgos laborales en la base de datos RUAF en los siguientes casos: Si el caso es por fallecimiento se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24, 25 y 27. Si el caso es por reconocimiento de pensión, se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24, 25 y 26. Si el caso es por desvinculación con el aportante, se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 23, 24, y 25. Si el caso es por traslado de administradora se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25. Si el caso es por traslado por contrato de cesión se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25. Si el caso es por multiafiliación del aportante, se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25. Si el caso es por “sustitución” se deben diligenciar se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25, donde la fecha “campo 24” corresponde a la fecha de sustitución de la empresa o la administradora. Si el caso es por “fusión” se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25, donde la fecha “Campo 24” debe corresponder a la fecha de la fusión de la empresa o la administradora Si el caso es por “liquidación” se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25, donde la fecha “Campo 24” debe corresponder a la fecha de la liquidación de la empresa o la administradora Para todos los casos no es obligatorio el campo 15. |
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DEL ESTADO DE LA AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE
El archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades del estado de la afiliación y al día del aportante.
La novedad R05 (cambio del estado de la afiliación) que se reporta a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante no se requiere por lo tanto no se debe enviar. El cambio de estado de activo a inactivo se da al aplicar la novedad de retiro R04.
La novedad R06 (al día del aportante) que se reporta a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante, solamente se debe enviar en el periodo donde haya cambiado el estado al día o en mora respecto al periodo anterior.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
10 | Código de la administradora | 6 | Ver glosario | SÍ |
28 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
29 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
30 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir el registro control | SÍ |
31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
10 | Código administradora | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | ||
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | ||
8 | Segundo nombre | 60 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | R06 | SÍ | Sólo pueden ser código R06. | |
21 | Estado de la afiliación | 1 | Ver glosario | NO | La novedad R05 no se requiere por lo tanto no se debe enviar. El cambio de estado de activo a inactivo se da al aplicar la novedad de retiro R04. |
13 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | SÍ | Campos obligatorios |
14 | Número de identificación del aportante | 17 | Ver glosario | SÍ | |
15 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | Campo no obligatorio |
16 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | SÍ | Campo obligatorio |
22 | Al día | 1 | Ver glosario | NO | Este campo es obligatorio |
Cuando no existan novedades de creación de nuevos afiliados a Riesgos Laborales, novedades de actualización, o novedades de estado de afiliación o al día del aportante, se deberá enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando cero (0) registros.
GLOSARIO DE CAMPOS
En el siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF), a través de los archivos maestros de afiliados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.
Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N-Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.
Cod | Nombre del Campo | Longitud Máxima | Tipo | Valores Permitidos |
0 | Tipo de Registro | 1 | N | 1 - Registro de control 2 - Registro de detalle |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD- Carné diplomático |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | A | |
3 | Código género | 1 | A | M - Masculino F - Femenino |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
5 | Primer apellido | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras |
6 | Segundo apellido | 60 | A | |
7 | Primer nombre | 60 | A | |
8 | Segundo nombre | 60 | A | |
9 | Fecha de afiliación | 10 | A | AAAA-MM-DD |
10 | Código administradora | 6 | A | |
11 | Código tipo de cotizante | 2 | N | 1 - Dependiente 2 - Empleada doméstica 3 - Independiente 4 - Madre Comunitaria 16 - Independiente agremiado o asociado 19 - Aprendices del SENA etapa productiva 20 - Estudiantes régimen especial 21 - Estudiante de postgrado en salud 30 - Dependiente entidades o universidades públicas con Régimen Especial en Salud 31 - Cooperados de cooperativas de trabajo asociado |
12 | Código de la actividad económica de riesgos laborales del centro de trabajo del afiliado | 7 | N | De acuerdo con lo definido en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. |
13 | Tipo de identificación del aportante | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático NI - Número de identificación tributaria |
14 | Número de identificación del aportante | 17 | A | |
15 | Dígito de verificación del aportante | 1 | N | 0-9 |
16 | Razón social del aportante | 150 | A | Nombre del aportante para cotizantes dependientes o nombres y apellidos completos para cotizantes independientes que son aportantes. |
17 | Clase de aportante | 1 | A | A Aportante con 200 o más cotizantes B Aportante con menos de 200 cotizantes C Aportante Mipyme que se acoge a Ley 590 de 2000 D Aportante beneficiario de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 de 2010) I Independiente |
18 | Código de ocupación del afiliado | 4 | N | Tabla CIUO 88 A.C. |
19 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
20 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
21 | Estado de la afiliación | 1 | N | 1 - Activo 2 - Inactivo |
22 | Al día | 1 | N | 1 - Al día 2 - En mora |
23 | Fecha de desvinculación con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
24 | Fecha de retiro o traslado | 10 | A | AAAA-MM-DD |
25 | Causa del retiro o traslado | 1 | N | 1 - Pensión 2 - Desvinculación del trabajador con el aportante 3 - Traslado del aportante a otra ARP 4 - Fallecimiento 5 - Traslado por contrato de cesión 6 - Por multiafiliación del aportante 7 - Por sustitución de la empresa 8 - Por fusión de la empresa 9 - Por liquidación de la empresa 10 - Por sustitución de la administradora 11 - Por fusión de la administradora 12 - Por liquidación de la administradora 13 - Por inclusión errónea |
26 | Fecha de reconocimiento de la pensión | 10 | A | AAAA-MM-DD |
27 | Fecha de fallecimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
28 | Fecha inicial del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
29 | Fecha final del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
30 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | N | |
31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | A | Ver tabla “NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES” |
32 | Subtipo de cotizante | 2 | N | 9. Cotizante pensionado con mesada pensional superior a los 25 salarios mínimos 10. Independiente con contrato de prestación de servicios El valor 10 aplica solamente cuando el tipo de cotizante es independiente. 11. Conductor vehículo taxi 12. Conductor vehículo taxi - pensionado |
33 | Modalidad | 1 | N | 1.Teletrabajador 2.Voluntariado Teletrabajador aplica dando cumplimiento al Decreto 884 de 2012 |
ANEXO DE PAGADORES DE PENSIONES.
RESOLUCIÓN /2013
ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES
Datos que las entidades pagadoras de pensiones deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Las pagadoras de pensiones deberán enviar los archivos maestros de pensionados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS DE PENSIONADOS
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
MPE | Archivo maestro de pensionados. | 3 |
NPE | Archivo maestro de novedades de pensionados. | 3 |
COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo - Pensionados (N) | 1 |
NITEMPRESA | NIT de la empresa que reporta la información sin incluir el dígito de verificación | 10 |
AAAAMMDD | Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. | 8 |
NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE PENSIONADOS
TIPO DE ARCHIVO | NOMBRE DE ARCHIVO | LONGITUD |
Maestro de pensionados | NMPENITEMPRESAAAAAMMDD | 22 |
Maestro de novedades de pensionados | NNPENITEMPRESAAAAAMMDD | 22 |
ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE PENSIONADOS
El archivo maestro de pensionados está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los pensionados solicitados en la etapa del cargue inicial así como para el reporte periódico de creación de nuevos pensionados.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,).
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
22 | Número de identificación del pagador de pensiones | 17 | SÍ | |
39 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
40 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
41 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
42 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 22 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO CARGUE INICIAL | OBLIGATORIO REPORTE PERIÓDICO |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del causante | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
2 | Número de identificación del causante | 17 | NO | SÍ | |
3 | Primer apellido del causante | 60 | Ver glosario | NO | SÍ |
4 | Segundo apellido del causante | 60 | NO | NO | |
5 | Primer nombre del causante | 60 | NO | SÍ | |
6 | Segundo nombre del causante | 60 | NO | NO | |
7 | Tipo de identificación del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
8 | Número de identificación del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 17 | SÍ | SÍ | |
9 | Código género del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
10 | Fecha de nacimiento del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
11 | Departamento nacimiento del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 2 | Ver glosario | NO | NO |
12 | Municipio nacimiento del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 3 | Ver glosario | NO | NO |
13 | Primer apellido del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
14 | Segundo apellido del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | NO | NO | |
15 | Primer nombre del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | SÍ | SÍ | |
16 | Segundo nombre del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | NO | NO | |
17 | Departamento residencia del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 2 | Ver glosario | NO | NO |
18 | Municipio residencia del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 3 | Ver glosario | NO | NO |
19 | Pensionado residente en el exterior | 1 | Ver glosario | NO | SÍ |
20 | Pensionado cuyo pago se sitúa en el exterior. | 1 | Ver glosario | NO | SÍ |
21 | Tipo de identificación de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
22 | Número de identificación de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 17 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
23 | Dígito de verificación de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 1 | Ver glosario | NO | NO |
24 | Razón social de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 150 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
25 | Código del tipo de pensión o de otra prestación con pago único | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
26 | Tipo de pensionado | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
43 | Modalidad de pensión | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
44 | Pensión compartida | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
27 | Número de la resolución o del acto de reconocimiento de la pensión o de otra prestación con pago único | 10 | SÍ | SÍ | |
28 | Fecha de la resolución o del acto de reconocimiento de la pensión o de otra prestación con pago único | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
29 | Fecha de inicio de pago pensional | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
30 | Fecha de suspensión de pago de la mesada pensional | 10 | AAAA-MM-DD | NO | NO |
31 | Causa de la suspensión del pago de la mesada pensional | 2 | Ver glosario | NO | NO |
32 | Mesada pensional | 10 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
33 | Porcentaje de ingreso base de liquidación | 7 | Ver glosario | NO | SÍ |
34 | Porcentaje de la pérdida de capacidad laboral para incapacidad permanente parcial | 7 | Ver glosario | NO | NO |
35 | Porcentaje de pérdida de capacidad laboral para invalidez | 7 | Ver glosario | NO | NO |
45 | Tipo de identificación de la entidad a la que la entidad administradora reconoce y administra los derechos pensiónales y prestaciones económicas | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
46 | Número de identificación de la entidad a la que la entidad administradora reconoce y administra los derechos pensionales y prestaciones económicas | 17 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
47 | Razón social de la entidad a la que la entidad administradora reconoce y administra los derechos pensionales y prestaciones económicas | 150 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
48 | Tipo de identificación del pagador de pensión | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
49 | Número de identificación del pagador de pensión | 17 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
50 | Razón social del Pagador de Pensión | 150 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
Los campos del causante (1 al 6 en el glosario) son obligatorios para cargues periódicos de información. Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el causante, el pensionado o el beneficiario, de acuerdo con su documento de identidad los tiene.
Si el tipo de pensión es por sustitución y no corresponde a un pago único, los datos del causante con respecto a los datos del pensionado o beneficiario deben ser diferentes.
Si el tipo de pensión es diferente a sustitución y no corresponde a un pago único, los datos del causante con respecto a los datos del pensionado o beneficiario deben ser iguales.
Los campos departamento residencia del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único y municipio residencia del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único serán obligatorios si en el campo 19 (pensionado residente en el exterior) viene el valor S y corresponderán a EX para departamento y EXT para municipio.
En el campo valor de la mesada pensional se reportará el valor de la mesada pensional o el valor del pago único como corresponda.
En el campo porcentaje de ingreso base de liquidación, para los casos de sustitución pensional se debe reportar el porcentaje de la mesada pensional correspondiente a cada beneficiario.
Si un pensionado tiene más de un pagador de pensiones, cada una de las pagadoras debe reportar un registro, diligenciando la totalidad de los campos del maestro de pensionados.
Si un pensionado tiene más de una pensión con el mismo pagador, por cada una de ellas se debe reportar un registro, diligenciando la totalidad de los campos del maestro de pensionados.
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE PENSIONADOS
El archivo de novedades de pensionados está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.
Novedad de creación de nuevos pensionados.
Las pagadoras de pensiones deben reportar periódicamente la inclusión de nuevos pensionados utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de pensionados. Igualmente, cuando se incluye un nuevo pensionado como consecuencia de un traslado, la pagadora a donde se traslada deberá reportarlo como una nueva inclusión en el maestro de pensionados.
Novedades de actualización.
La información de los pensionados reportados a través del archivo maestro de pensionados deberá ser actualizada por las pagadoras de pensiones mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de pensionados.
De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE PENSIONADOS”.
El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de estas. Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo como (,,).
Cuando un pensionado tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
22 | Número de identificación del pagador de pensiones | 17 | Ver glosario | SÍ |
39 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
40 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
41 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
42 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 22 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
21 | Tipo de identificación del administrador de pensiones | 2 | Ver glosario | SÍ | |
22 | Número de identificación del administrador de pensiones | 17 | SÍ | ||
23 | Dígito de verificación del administrador de pensiones | 1 | Ver glosario | NO | |
7 | Tipo de identificación del pensionado o beneficiario | 2 | Ver glosario | SÍ | |
8 | Número de identificación del pensionado o beneficiario | 17 | SÍ | ||
13 | Primer apellido del pensionado o beneficiario | 60 | Ver glosario | SÍ | |
14 | Segundo apellido del pensionado o beneficiario | 60 | Ver glosario | NO | |
15 | Primer nombre del pensionado o beneficiario | 60 | Ver glosario | SÍ | |
16 | Segundo nombre del pensionado o beneficiario | 60 | Ver glosario | NO | |
Código de la novedad | 3 | Ver Tabla “Códigos de novedades de pensionados” | SÍ | ||
Nuevo valor 1 Nuevo valor 2 Nuevo valor 3 Nuevo valor 4 Nuevo valor 5 Nuevo valor 6 Nuevo valor 7 Nuevo valor 8 Nuevo valor 9 Nuevo valor 10 Nuevo valor 11 Nuevo valor 12 Nuevo valor 13 Nuevo valor 14 Nuevo valor 15 | NO | Dependiendo del código de la novedad se deben registrar los valores en el mismo orden en que aparecen en la tabla de “Códigos de novedades de pensionados” y los que no se modifiquen se deben reemplazar por ,, Se deben completar los nuevos 15 valores teniendo en cuenta lo explicado anteriormente. |
CÓDIGOS DE NOVEDADES DE PENSIONADOS
Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las pagadoras de pensiones de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los pensionados. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para pensionados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Cód. Nov. | Descripción | Orden de las Variables de la novedad | Observaciones |
N01 | Modificar datos de persona de pensionado o beneficiario | 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, | Modificar la información de un pensionado o beneficiario que se encuentra en la base de datos RUAF. |
N02 | Modificación identificación de pensionado o beneficiario | 7, 8 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF. |
N03 | Modificar pensión | 19, 20, 25, 26, 27, 28, 43, 44, 51 | Modificar la información de la pensión en la base de datos RUAF. Los campo 27, 28, 51 son obligatorios. |
N04 | Modificar pago pensión | 29, 32, 33, 34, 35, 27, 28, 45, 46, 48, 49, 51 | Modificar la información del pago de la pensión en la base de datos RUAF. Los campo 27, 28, 51 son obligatorios. |
N05 | Modificar datos del causante de la pensión | 1, 2, 3, 4, 5, 6, 27, 28, 51 | Modificar la información del causante de la pensión. Los campo 27, 28, 51 son obligatorios |
N06 | Suspensión del pago de mesada pensional | 30, 31, 27, 28, 51 | Suspender el pago de la mesada pensional a un pensionado en la base de datos RUAF. Los campo 27, 28, 51 son obligatorios. |
N07 | Retirar pensión | 36, 37, 38, 27, 28, 51 | Retirar una pensión en la base de datos RUAF. Los campo 27, 28, 51 son obligatorios. Cuando la causal de retiro es por traslado de pagador, sustitución, liquidación o fusión, la entidad pagadora de la cual se retira el pensionado debe enviar la novedad de retiro con esta causal y la entidad a la cual se trasladó el pensionado debe enviar el ingreso a dicha entidad en la estructura del archivo maestro de pensionados. Cuando la causal de retiro es 9. Por inclusión errónea, la fecha de retiro debe ser igual a la fecha de la Resolución. |
N08 | Reactivación del pago de mesada pensional | 30,31, 27, 28, 51 | Reactiva el pago de la mesada pensional a un pensionado en la base de datos RUAF. El campo 27, 28, 51 son obligatorios. |
La primera semana de octubre del presente año, se publicará en el FTPS de este Ministerio, por cada pagador de pensión un archivo que contendrá la información de los pensionados y las respectivas pensiones, que han subido consistentemente a la base de datos del Registro Único de Afiliados (RUAF) con corte al 30 de septiembre de 2014. Para cada una de las pensiones se incluirá un campo que se denominará Identificador de la pensión, que permitirá distinguir de manera única una pensión dentro del sistema, el cual deberá ser usado en las correspondientes novedades para modificar determinada pensión. Para descargar dicho archivo, la entidad deberá realizar el procedimiento establecido en el artículo 3o de la presente resolución.
GLOSARIO DE CAMPOS
En el siguiente glosario se relacionan las variables que las pagadoras de pensiones deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF), a través de los archivos maestros de pensionados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.
Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N-Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.
Cód. | Nombre del campo | Longitud Máxima | Tipo | Valor Permitido | |
0 | Tipo de Registro | 1 | N | 1 - Registro de control 2 - Registro de detalle | |
1 | Tipo de identificación del causante | 2 | A | RC - Registro civil TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático | |
2 | Número de identificación del causante | 17 | A | ||
3 | Primer apellido del causante | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras | |
4 | Segundo apellido del causante | 60 | A | ||
5 | Primer nombre del causante | 60 | A | ||
6 | Segundo nombre del causante | 60 | A | ||
7 | Tipo de identificación del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 2 | A | RC - Registro civil TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático | |
8 | Número de identificación del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 17 | A | ||
9 | Código género del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 1 | A | M - Masculino F - Femenino | |
10 | Fecha de nacimiento del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
11 | Departamento nacimiento del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE | |
12 | Municipio nacimiento del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE | |
13 | Primer apellido del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras | |
14 | Segundo apellido del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | A | ||
15 | Primer nombre del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | A | ||
16 | Segundo nombre del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 60 | A | ||
17 | Departamento residencia del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE | |
18 | Municipio residencia del pensionado o beneficiario | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE | |
19 | Pensionado residente en el exterior | 1 | A | Aplica para los pensionados residentes temporalmente en el exterior. “S” si reside en el exterior, “N” si no reside en el exterior. | |
20 | Pensionado cuyo pago se sitúa en el exterior. | 1 | A | “S” si el pago se sitúa en el exterior, “N” si el pago no se sitúa en el exterior. | |
21 | Tipo de identificación de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 2 | A | NI - Número de identificación Tributaria CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de Extranjería Los campos 21, 22, 23 y 24 corresponden a la entidad que reconoce y administra los derechos pensionales y prestaciones económicas. Como ejemplo: La UGPP ( La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP) | |
22 | Número de identificación de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 17 | A | ||
23 | Dígito de verificación de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 1 | N | 0-9 | |
24 | Razón social de la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas | 150 | A | ||
25 | Código del tipo de pensión o de otra prestación con pago único | 2 | N | 1. Vejez 2. Sobrevivencia vitalicia riesgo común 3. Sobrevivencia temporal riesgo común 4. Sobrevivencia temporal riesgo común, cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos 5. Sobrevivencia vitalicia por riesgo profesional 6. Sobrevivencia temporal por riesgo profesional 7. Sobrevivencia temporal riesgo profesional, cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos 8. Invalidez por riesgo común 9. Invalidez por Riesgos Laborales 10. Jubilación 11. Jubilación para compartir 12. Sanción 13. Convencional 14. Convencional para compartir 15. Gracia 20. Devolución de saldos 21. Indemnización sustitutiva 22. Auxilio funerario 23. Indemnización por incapacidad permanente parcial | |
26 | Tipo de pensionado | 1 | N | 1. Pensionado del Régimen de prima media con tope máximo de pensión. 2. Pensionado del Régimen de Prima Media sin tope máximo de pensión. 3. Pensionado de régimen de Ahorro Individual. No aplica tope máximo de pensión 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo de 20 smlmv. 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión. 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión. 7. Pensionado de Entidades o Universidades Públicas con régimen especial en Salud, con tope máximo de pensión. 8. Pensionado de Entidades o Universidades Públicas con régimen especial en Salud, sin tope máximo de pensión 9. Pensionado del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio con tope máximo de pensión. 10. Pensionado del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio sin tope máximo de pensión. 11. Pensionado de entidades con régimen de excepción, con tope máximo de pensión. 12. Pensionado de entidades con régimen de excepción, sin tope máximo de pensión. | |
27 | Número de la resolución o del acto de reconocimiento de la pensión | 10 | N | ||
28 | Fecha de la resolución o del acto de reconocimiento de la pensión | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
29 | Fecha de inicio de pago pensional | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
30 | Fecha de suspensión o reactivación de pago de la mesada pensional | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
31 | Causa de la suspensión o reactivación del pago de la mesada pensional | 2 | N | 1. Suspendida por verificación de requisitos - nulidad 2. Suspendida por no cobro 3. Suspendida por doble resolución 4. Reincorporación laboral 5. Revocatoria de resolución 6. Suspendida por no allegar certificados de supervivencia, escolaridad, entre otros. 7. Suspensión por negativa a revisión del estado de invalidez 8. Reactivación -Acreditación de requisitos 9. Reactivación por cobro 10. Reactivación por retiro del servicio 11. Reactivación- Entrega de certificados 12. Reactivación - Revisión del estado de invalidez 13. Reactivación por otras causas | |
32 | Mesada pensional | 10 | N | Valor sin decimales, ni puntos | |
33 | Porcentaje de ingreso base de liquidación | 7 | N | Ejemplo: | |
Valor Archivo Plano | Porcentaje | ||||
1.00000 | 100 % | ||||
0.10000 | 10 % | ||||
0.01000 | 1 % | ||||
0.20350 | 20.35 % | ||||
0.60540 | 60.54 % | ||||
34 | Porcentaje de la pérdida de capacidad laboral para incapacidad permanente parcial | 7 | N | EJEMPLO: | |
Valor Archivo Plano | Porcentaje | ||||
0.33000 | 33 % | ||||
0.10000 | 10 % | ||||
0.05000 | 5 % | ||||
0.20350 | 20.35 % | ||||
0.49000 | 49 % | ||||
35 | Porcentaje de pérdida de capacidad laboral para invalidez | 7 | N | Ejemplo: | |
Valor Archivo Plano | Porcentaje | ||||
1.00000 | 100 % | ||||
0.50010 | 50.01% | ||||
0.66000 | 66.00 % | ||||
0.75000 | 75.00 % | ||||
0.60540 | 60.54 % | ||||
36 | Fecha de retiro de la pensión | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
37 | Causa de retiro de la pensión | 1 | N | 1. Traslado de pagador 2. Disminución de la pérdida de capacidad laboral o extinción de pensión (Revisión pensión de invalidez) 3. Sentencia Judicial 4. Revocatoria 5. Sustitución (Sobrevivencia) 6. Retiro por temporabilidad (18 o 25 años, cónyuges menores de 30 años sin hijos por 20 años) 7. Revocatoria de resolución 8. Retirado por muerte 9. Inclusión Errónea 10. Sustitución 11. Fusión 12. Liquidación | |
38 | Fecha de fallecimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
39 | Fecha inicial del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
40 | Fecha final del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD | |
41 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | N | ||
42 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | A | Ver tabla “NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE PENSIONADOS” | |
43 | Modalidad de pensión | 2 | N | 1. Retiro programado 2. Retiro programado con renta vitalicia diferida 3. Renta vitalicia inmediata 4. Convencional 5. Convencional para compartir 6. Anticipada 7. Sentencia judicial de origen legal o extralegal 8. Conciliaciones 9. Régimen General. 10. Renta temporal cierta con renta vitalicia de diferimiento cierto 11. Renta temporal variable con renta vitalicia diferida 12. Retiro programado sin negociación de bono pensional 13. Renta temporal variable con renta vitalicia inmediata. | |
44 | Pensión compartida | 1 | A | S- si el pensionado a cargo del empleado ya obtuvo el reconocimiento de la pensión compartida a cargo de la administradora o pagadora de pensiones correspondiente. N- si el pensionado a cargo del empleado no ha obtenido el reconocimiento de la pensión compartida a cargo de la administradora o pagadora de pensiones correspondiente. | |
45 | Tipo de identificación de la entidad a la que la entidad administradora reconoce y administra los derechos pensiónales y prestaciones económicas | 2 | A | NI - Número de identificación Tributaria CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de Extranjería Si la entidad administradora de los derechos pensionales y prestaciones económicas (campos 21, 22, 24), no tiene a cargo otras entidades, los campos 45, 46, 47 deben corresponder a los de la entidad administradora de la pensión (campos 21, 22, 24) Un ejemplo: Cajanal EICE entidad en liquidación a la cual UGPP administra los derechos pensionales y prestaciones económicas, por lo tanto en los campos 45, 46, 47 irían los datos correspondientes a Cajanal. | |
46 | Número de identificación de la entidad a la que la entidad administradora reconoce y administra los derechos pensionales y prestaciones económicas | 17 | A | ||
47 | Razón social de la entidad a la que la entidad administradora reconoce y administra los derechos pensionales y prestaciones económicas | 150 | A | ||
48 | Tipo de identificación del pagador de pensión | 2 | A | NI - Número de identificación Tributaria CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de Extranjería Los campos 48, 49 y 50 corresponden a la entidad que realiza el pago de la nómina de pensionados. Si la entidad administradora (campos 21, 22, 24), no maneja una entidad pagadora de pensión, los campos 48, 49, 50 deben corresponder a los de la entidad administradora de la pensión (campos 21, 22, 24) Ejemplo: FOPEP | |
49 | Número de identificación del pagador de pensión | 17 | A | ||
50 | Razón social del pagador de pensión | 150 | A | ||
51 | Identificador de la pensión en el RUAF | 9 | N | Número que identifica la pensión en el RUAF. |
ANEXO COMPENSACIÓN FAMILIAR.
RESOLUCIÓN /2013
ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTROS
Datos que las Cajas de Compensación Familiar deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Las Cajas de Compensación Familiar deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO DE AFILIADOS, DE NOVEDADES Y DE SUBSIDIOS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
Las cajas de compensación familiar deberán enviar los archivos maestro de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
MC | Archivo maestro de afiliados a compensación familiar. | 2 |
NC | Archivo maestro de novedades de afiliados a compensación familiar. | 2 |
MS | Archivo maestro de subsidios | 2 |
COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo - Compensación Familiar (C) | 1 |
CODENTIDAD | Código de la de la caja de compensación familiar que reporta la información. | 6 |
AAAAMMDD | Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. | 8 |
NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS DE NOVEDADES Y DE SUBSIDIOS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
TIPO DE ARCHIVO | NOMBRE DE ARCHIVO | LONGITUD |
Maestro de afiliados a compensación familiar | CMCCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de novedades de afiliados a compensación familiar | CNCCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de subsidios | CMSCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante | CNCECODENTIDADAAAAMMDD | 18 |
ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE AFILIADOS A COMPENSACIÓN FAMILIAR
El archivo maestro de afiliados a compensación familiar esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados solicitados en la etapa del cargue inicial así como para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a compensación familiar.
Para el cargue inicial y para los cargues periódicos, en esta estructura se reportarán todos los tipos de afiliados (Trabajador afiliado dependiente, Trabajador afiliado facultativo, Afiliado pensionado, Afiliado voluntario, Afiliado con exención, Afiliado por fidelidad) así como todos los miembros de la población cubierta.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,).
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | Ver glosario | SÍ |
2 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
3 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
4 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
5 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIG. CARGUE INICIAL AFILIADO | OBLIG. REPORTE PERIÓDICO AFILIADO | OBLIG. CARGUE INICIAL MIEMBRO POBLACIÓN CUBIERTA | OBLIG. REPORTE PERIÓDICO MIEMBRO POBLACIÓN CUBIERTA |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ | |
24 | Tipo de identificación del miembro de la población cubierta | 2 | Ver glosario | NO | NO | SÍ | SÍ |
25 | Número de identificación del miembro de la población cubierta | 17 | NO | NO | SÍ | SÍ | |
3 | Código género | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ | SÍ | SÍ |
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | NO | NO | NO | |
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ | |
8 | Segundo nombre | 60 | NO | NO | NO | NO | |
9 | Departamento residencia | 2 | Ver glosario | NO | SÍ | NO | SÍ |
10 | Municipio residencia | 3 | Ver glosario | NO | SÍ | NO | SÍ |
11 | Fecha de afiliación | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ | |
13 | Código tipo de afiliado | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ | NO | NO |
14 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
15 | Número de identificación del aportante | 17 | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ | |
16 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | NO | NO | NO |
17 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
18 | Fecha de vinculación con el aportante | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ | NO | NO |
19 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ | NO | NO |
20 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | Ver glosario | SÍ | SÍ | NO | NO |
22 | Al día | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ | NO | NO |
23 | Código tipo de miembro de la población cubierta | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ | SÍ |
26 | Código condición beneficiario | 1 | Ver glosario | NO | NO | NO | NO |
27 | Código tipo relación con afiliado | 1 | Ver glosario | NO | NO | SÍ | SÍ |
Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el afiliado de acuerdo con su documento de identidad los tiene. El campo Dígito de verificación del aportante no es obligatorio.
Si un afiliado tiene más de un aportante, la entidad debe reportar un registro por cada uno de estos, diligenciando la totalidad de los campos del maestro de afiliados para el cargue inicial y para las novedades de creación de nuevos afiliados.
Si el tipo de afiliado es trabajador afiliado facultativo, afiliado por fidelidad o afiliado voluntario, la información del aportante debe ser la misma del afiliado.
Para el caso de los afiliados pensionados los datos del aportante deben corresponder a la entidad pagadora de la mesada pensional.
ESTRUCTURA ARCHIVO MAESTRO DE SUBSIDIOS
El archivo maestro de subsidios para afiliados, no afiliados y aportantes esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los subsidios.
Este archivo maestro de subsidios deberá ser enviado por las cajas de compensación familiar, para reportar los subsidios otorgados a los afiliados, no afiliados y los aportantes.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | Ver glosario | SÍ |
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
50 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
51 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
52 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
53 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO AFILIADOS | OBLIGATORIO NO AFILIADOS | OBLIGATORIO APORTANTES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ | SÍ |
55 | Identificador único del subsidio | 9 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ |
50 | A quien se otorgó el subsidio | 1 | Ver Glosario | SÍ | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del afiliado o jefe cabeza de hogar | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ | NO |
2 | Número de identificación del afiliado o jefe cabeza de hogar | 17 | SÍ | SÍ | NO | |
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ | NO |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | NO | NO | |
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | SÍ | NO | |
8 | Segundo nombre | 60 | NO | NO | NO | |
28 | Fecha de asignación del subsidio | 10 | Ver glosario | NO | NO | NO |
29 | Valor del subsidio | 10 | Ver glosario | NO | NO | SÍ |
30 | Código tipo de subsidio | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ |
31 | Estado del subsidio | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ |
32 | Departamento donde recibe el subsidio | 2 | Ver glosario | NO | SÍ | NO |
33 | Municipio donde recibe el subsidio | 3 | Ver glosario | NO | SÍ | NO |
34 | Fecha de entrega del último subsidio | 10 | Ver glosario | NO | NO | SÍ |
38 | Tipo de identificación del beneficiario | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ | SÍ |
39 | Número de identificación del beneficiario | 17 | SÍ | SÍ | SÍ | |
40 | Código género del beneficiario | 1 | Ver glosario | NO | SÍ | SÍ |
41 | Fecha de nacimiento del beneficiario | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ | SÍ |
42 | Primer apellido del beneficiario | 60 | Ver glosario | NO | SÍ | SÍ |
43 | Segundo apellido del beneficiario | 60 | NO | NO | NO | |
44 | Primer nombre del beneficiario | 60 | NO | SÍ | SÍ | |
45 | Segundo nombre del beneficiario | 60 | NO | NO | NO | |
46 | Tipo de identificación de la empresa que recibe el subsidio | 2 | Ver glosario | NO | NO | SÍ |
47 | Número de identificación de la empresa que recibe el subsidio | 17 | NO | NO | SÍ | |
48 | Digito de verificación de la identificación de la empresa que recibe el subsidio | 1 | NO | NO | NO | |
49 | Razón social de la empresa que recibe el subsidio | 150 | Ver glosario | NO | NO | SÍ |
EXPLICACIÓN DEL REPORTE DE SUBSIDIOS
ESTADO DE LOS SUBSIDIOS
1= Otorgado: se refiere al momento en el cual el subsidio es asignado
2= Suspendido: Es el periodo en el cual el beneficiario teniendo el derecho no recibe el subsidio debido a condiciones contempladas en la normatividad del Programa.
3= Pagado: es cuando el beneficiario recibe efectivamente el subsidio.
4= Terminado: se registra este estado cuando se realiza el último pago correspondiente, en aquellos subsidios que tienen un ciclo de pago, como es el caso del subsidio de desempleo.
Es de precisar, que en el campo valor del subsidio los valores aceptados serán cero o el valor correspondiente dependiendo del tipo de subsidio.
El campo 28 (fecha de asignación del subsidio) será obligatorio para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado otorgado o suspendido.
El campo 34 (fecha de entrega del último subsidio) será obligatorio para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado pagado o terminado.
1. Subsidio de vivienda:
En el subsidio de vivienda deben reportarse los subsidios en estados 1= Otorgado y 3 = Pagado.
Para reportar el subsidio de vivienda a través del archivo maestro de subsidios se hará de la siguiente manera:
- Se debe enviar un registro por el afiliado trabajador y en los campos correspondientes al beneficiario se debe repetir la información del afiliado trabajador, dado que este es beneficiario del subsidio.
- El valor del subsidio cuando se encuentra en estado otorgado es el correspondiente al monto total asignado y cuando se encuentra en estado pagado deberá registrarse el monto efectivamente entregado al beneficiario. Estos valores deben reportarse una sola vez en el registro que corresponde al afiliado trabajador.
- Por cada beneficiario adicional del subsidio se debe enviar un registro, identificando en los campos correspondientes el afiliado trabajador y en los campos correspondientes la información del beneficiario.
- El campo fecha de asignación del subsidio se utilizará para reportar la fecha correspondiente al subsidio en estado otorgado.
- El campo fecha de entrega del último subsidio, se utilizará para reportar la fecha correspondiente al subsidio en estado pagado.
2. Subsidio de desempleo
En el subsidio de desempleo deben reportarse los subsidios en estados 1= Otorgado, 2= Suspendido, 3 = Pagado y 4= Terminado.
Para reportar el subsidio de desempleo a través del archivo maestro de subsidios se debe considerar lo siguiente:
- Se debe enviar un registro por el Jefe Cabeza de Hogar o persona que recibe el subsidio y en los campos correspondientes al beneficiario se debe repetir la información del Jefe Cabeza de Hogar o persona que recibe el subsidio.
- El valor del subsidio cuando se encuentra en estado otorgado es el correspondiente al monto total asignado incluido el monto destinado para inserción laboral y cuando se encuentra en estado pagado o terminado deberá registrarse el monto mensual efectivamente entregado al beneficiario. Este valor debe reportarse en el registro correspondiente al Jefe Cabeza de Hogar o persona que recibe el subsidio.
- Por cada beneficiario adicional del subsidio se debe enviar un registro, identificando en los campos correspondientes al Jefe Cabeza de Hogar o persona que recibe el subsidio y en los campos correspondientes la información del beneficiario, que en este caso deberá ser el cónyuge o compañero permanente.
- El campo fecha de asignación del subsidio se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado otorgado o suspendido.
- El campo fecha de entrega del último subsidio, se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado pagado o terminado.
3. Subsidio cuota monetaria
En el subsidio de cuota monetaria deben reportarse los subsidios en estados 2= Suspendido o 3 = Pagado.
Para reportar el subsidio de cuota monetaria a través del archivo maestro de subsidios se debe considerar lo siguiente:
- Se debe enviar un registro por el afiliado trabajador y en los campos correspondientes al beneficiario se debe repetir la información del afiliado trabajador.
- Por cada beneficiario del subsidio se debe enviar un registro, identificando en los campos correspondientes el afiliado trabajador y en los campos correspondientes la información del beneficiario.
- El valor del subsidio cuando se encuentra en estado pagado deberá registrarse el monto mensual efectivamente entregado al beneficiario. Este valor debe reportarse en los registros que corresponden a cada uno de los beneficiarios que perciban el subsidio.
- El campo fecha de asignación del subsidio se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado suspendido.
- El campo fecha de entrega del último subsidio, se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado pagado.
4. Subsidio en especie
El valor de los subsidios en especie que se debe reportar mensualmente corresponde al valor total de todos los subsidios estipulados en el artículo 5o de la Ley 21 de 1982 y en el artículo 3o, parágrafo 2o de la Ley 789 entregados a cada persona.
En el subsidio en especie deben reportarse los subsidios en estados 2= Suspendido o 3 = Pagado.
Para reportar el subsidio en especie a través del archivo maestro de subsidios se debe considerar lo siguiente:
- Se debe enviar un registro por el afiliado trabajador y en los campos correspondientes al beneficiario se debe repetir la información del afiliado trabajador.
- Por cada beneficiario del subsidio se debe enviar un registro, identificando en los campos correspondientes el afiliado trabajador y en los campos correspondientes la información del beneficiario.
- El valor del subsidio cuando se encuentra en estado pagado deberá registrarse el monto mensual efectivamente entregado al beneficiario. Este valor debe reportarse en los registros que corresponden a cada uno de los beneficiarios que percibe el subsidio.
- El campo fecha de asignación del subsidio se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado suspendido.
- El campo fecha de entrega del último subsidio, se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado pagado.
5. Subsidio de educación
El valor que corresponde al subsidio de educación es el valor diferencial de acuerdo con la categoría respecto a la tarifa particular. Se deben enviar los subsidios de los servicios de educación formal así como los servicios de la educación no formal. No se incluyen en este reporte los subsidios de educación que se otorgan en especie.
En el subsidio de educación deben reportarse los subsidios en estados 1 = otorgado, 2= Suspendido o 3 = Pagado.
Para reportar el subsidio de educación a través del archivo maestro de subsidios se debe considerar lo siguiente:
a) Para el caso en el cual quien recibe el subsidio es el afiliado trabajador debe enviar un único registro por el afiliado trabajador y en los campos correspondientes al beneficiario se debe repetir la información del afiliado trabajador.
b) Para el caso en el cual quien recibe el subsidio NO es el afiliado trabajador se debe enviar:
- Un registro por el afiliado trabajador y en los campos correspondientes al beneficiario se debe repetir la información del afiliado trabajador.
- Por cada beneficiario que percibe el subsidio se debe enviar un registro, identificando en los campos correspondientes el afiliado trabajador y en los campos correspondientes la información del beneficiario.
- El valor del subsidio cuando se encuentra en estado pagado deberá registrarse el monto mensual efectivamente entregado al beneficiario. Este valor debe reportarse en los registros que corresponden a cada uno de los beneficiarios del afiliado trabajador.
- El campo fecha de asignación del subsidio se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado otorgado o suspendido.
- El campo fecha de entrega del último subsidio, se utilizará para reportar las fechas correspondientes a los subsidios en estado pagado.
6. Subsidios a los aportantes
Entiéndase subsidio a los aportantes aquellos que se otorgan a la empresas como parte de las políticas de generación de empleo, deberá reportarse la información de los afiliados trabajadores que generan la exoneración, utilizando los subsidios en estado 3 = Pagado. Para este tipo de subsidios se considera pagado cuando la empresa se hace acreedora al beneficio de las exenciones establecidas en la normatividad vigente.
Para reportar el subsidio a los aportantes a través del archivo maestro de subsidios se debe considerar lo siguiente:
- Se debe enviar un registro por cada trabajador por el cual se origina la exención.
- En el valor del subsidio deberá registrarse el monto de la exención mensual efectivamente causada.
- El campo fecha de entrega del último subsidio, se utilizará para reportar la fecha en la cual la empresa se hizo acreedora al beneficio de exoneración.
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE AFILIADOS Y SUBSIDIOS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
El archivo de novedades de afiliados a compensación familiar esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.
Novedades de creación de nuevos afiliados.
Las cajas de compensación familiar deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a compensación familiar utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de afiliados a compensación familiar.
Novedades de actualización.
La información de los afiliados reportados a través del archivo maestro de afiliados deberá ser actualizada por las cajas de compensación familiar mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de afiliados a compensación familiar.
De acuerdo con cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A COMPENSACIÓN FAMILIAR”.
El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de estas. Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo como (,,).
Cuando una afiliación tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | Ver glosario | SÍ |
50 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
51 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
52 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
53 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | Datos del Afiliado trabajador, del beneficiario o de un no afiliado para el caso de subsidios como están en la base de datos del RUAF para la novedad C01. Datos del Afiliado trabajador o de un no afiliado para el caso de subsidios como están en la base de datos del RUAF para la novedad C02. Datos del beneficiario como están en la base de datos del RUAF para la novedad C10. Datos del afiliado trabajador como están en la base de datos del RUAF para las novedades C03, C04, C07 y C08 |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | ||
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | ||
8 | Segundo nombre | 60 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | Ver Tabla “Códigos de novedades de afiliados a compensación familiar” | SÍ | ||
Nuevo valor 1 Nuevo valor 2 Nuevo valor 3 Nuevo valor 4 Nuevo valor 5 Nuevo valor 6 Nuevo valor 7 Nuevo valor 8 Nuevo valor 9 Nuevo valor 10 Nuevo valor 11 Nuevo valor 12 Nuevo valor 13 Nuevo valor 14 Nuevo valor 15 | NO | Dependiendo del código de la novedad se deben registrar los valores en el mismo orden en que aparecen en la tabla de “Códigos de novedades de afiliados a compensación familiar” y los que no se modifiquen se deben reemplazar por ,, Se deben completar los nuevos 15 valores teniendo en cuenta lo explicado anteriormente. |
CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A COMPENSACIÓN FAMILIAR
Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las cajas de compensación familiar de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, los miembros de la población cubierta, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Código de Novedad | Descripción | Orden de las Variables de la novedad | Observaciones |
C01 | Modificar persona | 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 | Modificar la información de una persona que se encuentra en la base de datos RUAF. |
C02 | Modificar identificación de persona | 1, 2 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF ya sea afiliado trabajador o un no afiliado para el caso de subsidios. |
C03 | Modificar afiliación a compensación familiar | 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 23 | Modificar la información de la afiliación a compensación familiar en la base de datos RUAF. Los campos 14, 15 y 17 son obligatorios. |
C04 | Retirar afiliación a compensación familiar | 14, 15, 16, 35, 36, 37,58 | Retirar afiliación a compensación familiar en la base de datos RUAF de un afiliado trabajador, en los siguientes casos: Si el caso es por desvinculación con el aportante, se deben diligenciar los campos 14, 15, 16, 35 y 58. El campo 16 no es obligatorio. Si el caso es por fallecimiento se debe diligenciar el campo 14, 15, 37, 58. Si el caso es por otro retiro se debe diligenciar el campo 14, 15, 36, 58. Esta novedad retira el afiliado trabajador referenciado con todo su grupo familiar. |
Código de Novedad | Descripción | Orden de las Variables de la novedad | Observaciones |
C07 | Modificar miembro población cubierta a la afiliación a compensación familiar. | 11, 23, 24, 25, 26, 27 | Modificar la información de un miembro de la población cubierta de una afiliación a compensación familiar de la base de datos RUAF. Los campos 24 y 25 son obligatorios. |
C08 | Retirar miembro población cubierta a la afiliación a compensación familiar. | 24, 25, 36, 37, 58 | Retirar un miembro de la población cubierta de la afiliación a compensación familiar de la base de datos RUAF. Los campos 24, 25 y 58 son obligatorios. |
C09 | Modificar subsidio | 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 38, 39, 55 | Modificar la información de un subsidio otorgado a un afiliado, no afiliado o aportante Los campos 38, 39 y 55 son obligatorios |
C10 | Modificación de identificación del miembro de la población cubierta | 24, 25, 56, 57 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de un miembro de la población cubierta registrado en la base de datos RUAF. Los campos 24 y 25 son obligatorios |
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DEL ESTADO DE LA AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE
El archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades del estado de la afiliación y al día del aportante.
Para las novedades C05 y C06 que se reportan a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante, se indica que deben enviarse solamente los registros para los afiliados trabajadores y que en el mes hayan cambiado el estado respecto al mes anterior.
La novedad C05 estado de la afiliación solamente debe ser usada para cambiar del estado activo a suspendido o de suspendido a activo.
El cambio de estado a inactivo se realiza a través de la novedad C04 (retirar afiliación a compensación familiar) que aplica para el afiliado trabajador y a través de la novedad C08 (retirar miembro de población cubierta a la afiliación a compensación familiar) que aplica para los miembros de la población cubierta
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | Ver glosario | SÍ |
50 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
51 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
52 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir el registro control | SÍ |
53 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 18 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | SÍ | ||
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | Ver glosario | SÍ | |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | SÍ | ||
5 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | |
6 | Segundo apellido | 60 | NO | ||
7 | Primer nombre | 60 | SÍ | ||
8 | Segundo nombre | 60 | NO | ||
Código de la novedad | 3 | C05 C06 | SÍ | Sólo pueden ser los códigos C05 o C06. | |
21 | Estado de la afiliación | 1 | Ver glosario | NO | Este campo es de obligatorio diligenciamiento si el código de la novedad es C05. |
14 | Tipo de identificación del aportante | 2 | Ver glosario | SÍ | Campos obligatorios |
15 | Número de identificación del aportante | 17 | Ver glosario | SÍ | |
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
16 | Dígito de verificación del aportante | 1 | Ver glosario | NO | Campo no obligatorio |
17 | Razón social del aportante | 150 | Ver glosario | SÍ | Campo obligatorio |
22 | Al día | 1 | Ver glosario | NO | Este campo es de obligatorio diligenciamiento si el código de la novedad es C06 |
Cuando no existan novedades de creación de nuevos afiliados a compensación familiar, novedades de actualización, subsidios, o novedades de estado de afiliación o al día del aportante, se deberá enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando cero (0) registros.
GLOSARIO DE CAMPOS
En el siguiente glosario se relacionan las variables que las cajas de compensación familiar deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados de la Protección Social RUAF, a través de los archivos maestros de afiliados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.
Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cód., en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N-Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.
Cód. | Nombre del Campo | Tamaño | Tipo | Valores Permitidos |
0 | Tipo de Registro | 1 | N | 1 - Registro de control 2 - Registro de detalle |
1 | Tipo de identificación del afiliado | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático |
2 | Número de identificación del afiliado | 17 | A | |
3 | Código género | 1 | A | M - Masculino F - Femenino |
4 | Fecha de nacimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
5 | Primer apellido | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras |
6 | Segundo apellido | 60 | A | |
7 | Primer nombre | 60 | A | |
8 | Segundo nombre | 60 | A | |
9 | Departamento residencia | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
10 | Municipio residencia | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
11 | Fecha de afiliación | 10 | A | AAAA-MM-DD |
12 | Código caja de compensación familiar | 6 | A | |
13 | Código tipo de afiliado | 1 | N | 1 - Trabajador afiliado dependiente 2 - Trabajador afiliado facultativo 3 - Afiliado pensionado 4 - Afiliado voluntario 5 - Afiliado con exención 6 - Afiliado por fidelidad |
14 | Tipo de identificación del aportante | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático NI - Número de identificación tributaria |
15 | Número de identificación del aportante | 17 | A | |
16 | Dígito de verificación del aportante | 1 | N | 0-9 |
17 | Razón social del aportante | 150 | A | Nombre del aportante para cotizantes dependientes o nombres y apellidos completos para cotizantes independientes que son aportantes. |
18 | Fecha de vinculación con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
19 | Departamento de la ubicación laboral | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
20 | Municipio de la ubicación laboral | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
21 | Estado de la afiliación | 1 | N | 1 - Activo 2 - Inactivo 3 - Suspendido |
22 | Al día | 1 | N | 1 - Al día 2 - En mora |
23 | Código tipo de miembro de la población cubierta | 1 | N | 1 - Afiliado 2 - Persona a cargo 3 - Cónyuge o compañero (a) permanente |
24 | Tipo de identificación del miembro de la población cubierta | 2 | A | RC - Registro civil TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático |
25 | Número de identificación del miembro de la población cubierta | 17 | A | |
26 | Código condición beneficiario | 1 | A | D - Discapacitado E - Estudiante |
27 | Código tipo relación con el afiliado | 1 | N | 1 - Cónyuge o compañero permanente 2 - Hijo(a) 3 - Padre o madre 4 - Hermano(a) |
28 | Fecha de asignación del subsidio | 10 | A | AAAA-MM-DD |
29 | Valor del subsidio | 10 | N | Valor en pesos sin centavos |
30 | Código tipo de subsidio | 1 | N | 1 - Subsidio económico (cuota monetaria) 2 - Subsidio desempleo 3 - Subsidio educación 4 - Subsidio vivienda 5 - Subsidio en especie 6 - Microcrédito 7 - Al empleo 8 - Exención 9 - Aportes estudiantes 10 - Aprendices |
31 | Estado del subsidio | 1 | N | 1 - Otorgado 2 - Suspendido 3 - Pagado 4 - Terminado |
32 | Departamento donde recibe el subsidio | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
33 | Municipio donde recibe el subsidio | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
34 | Fecha de entrega del último subsidio | 10 | A | AAAA-MM-DD |
35 | Fecha de desvinculación con el aportante | 10 | A | AAAA-MM-DD |
36 | Fecha de retiro del afiliado | 10 | A | AAAA-MM-DD |
37 | Fecha de fallecimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
38 | Tipo de identificación del beneficiario | 2 | A | RC - Registro civil TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático |
39 | Número de identificación del beneficiario | 17 | A | |
40 | Código género del beneficiario | 1 | A | M - Masculino F - Femenino |
41 | Fecha de nacimiento del beneficiario | 10 | A | AAAA-MM-DD |
Cód. | Nombre del Campo | Tamaño | Tipo | Valores Permitidos |
42 | Primer apellido del beneficiario | 60 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras |
43 | Segundo apellido del beneficiario | 60 | A | |
44 | Primer nombre del beneficiario | 60 | A | |
45 | Segundo nombre del beneficiario | 60 | A | |
46 | Tipo de identificación de la empresa que recibe el subsidio | 2 | A | TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático NI - Número de identificación tributaria |
47 | Número de identificación de la empresa que recibe el subsidio | 17 | A | |
48 | Digito de verificación de identificación de la empresa que recibe el subsidio | 1 | N | 0-9 |
49 | Razón social de la empresa que recibe el subsidio | 150 | A | Nombre de la empresa que recibe el subsidio. |
50 | A quien se otorgó el subsidio | 1 | N | 1 - Afiliado 2 - No afiliado 3 - Aportante |
51 | Fecha inicial del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
52 | Fecha final del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
53 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | N | |
54 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | A | Ver tabla “NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE AFILIADOS A COMPENSACIÓN FAMILIAR” |
55 | Identificador único del subsidio | 9 | N | Corresponde a un número único consecutivo que identifica a cada subsidio, el cual es generado por cada Caja de Compensación. |
56 | Nuevo tipo de identificación del miembro de la población cubierta | 2 | A | RC - Registro civil TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carné diplomático |
57 | Nuevo número de identificación del miembro de la población cubierta | 17 | A | |
58 | Causal de retiro | 2 | N | 1 - Desvinculación del trabajador con el aportante 2 - Fallecimiento 3 - Traslado del aportante a otra CCF 4- Traslado por contrato de cesión 5- Por multiafiliación del aportante 6- Por sustitución de la empresa 7- Por fusión de la empresa 8- Por liquidación de la empresa 9- Por sustitución de la administradora 10- Por fusión de la administradora 11- Por liquidación de la administradora 12- Por inclusión errónea 30- Otra causa de retiro Para los afiliados trabajadores no aplica la causal 30. Para los beneficiarios aplican solamente las causales 2, 12 o 30. |
ANEXO PROGRAMAS ASISTENCIA SOCIAL.
RESOLUCIÓN /2013
ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTROS
Datos que las administradoras de asistencia social deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL
Las Administradoras de Asistencia Social deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen:
SIGLA | DESCRIPCIÓN | LONGITUD |
MN | Archivo Maestro de vinculados a programas de Asistencia Social. | 2 |
NN | Archivo Maestro de novedades de vinculados a programas de Asistencia Social. | 2 |
COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo - Asistencia Social (A) | 1 |
CODENTIDAD | Código de la entidad de Asistencia Social que reporta la información. | 6 |
AAAAMMDD | Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. | 8 |
NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE VINCULADOS A PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL
TIPO DE ARCHIVO | NOMBRE DE ARCHIVO | LONGITUD |
Maestro de vinculados a programas de Asistencia Social | AMNCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
Maestro de Novedades de vinculados a programas de Asistencia Social | ANNCODENTIDADAAAAMMDD | 17 |
ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE VINCULADOS A PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL
El archivo maestro de vinculados a programas de asistencia social está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados solicitados en la etapa del cargue inicial así como para el reporte periódico de creación de nuevos vinculados a programas de asistencia social.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,).
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
16 | Código administradora de programa Asistencia Social | 6 | Ver glosario | SÍ |
31 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
32 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
33 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
34 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CODIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD MÁXIMA | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO CARGUE INICIAL | OBLIGATORIO REPORTE PERIÓDICO |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | SÍ |
1 | Tipo de identificación del vinculado | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
2 | Número de identificación del vinculado | 17 | SÍ | SÍ | |
3 | Código Género | 1 | Ver glosario | NO | SÍ |
4 | Fecha de Nacimiento | 10 | AAAA-MM-DD | NO | SÍ |
5 | Departamento Nacimiento | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
6 | Municipio Nacimiento | 3 | Ver glosario | NO | SÍ |
7 | Primer apellido | 60 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
8 | Segundo apellido | 60 | NO | NO | |
9 | Primer nombre | 60 | SÍ | SÍ | |
10 | Segundo nombre | 60 | NO | NO | |
11 | Departamento Residencia | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
12 | Municipio Residencia | 3 | Ver glosario | NO | SÍ |
13 | Código pertenencia étnica | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
14 | Código Grupo de Interés Social | 2 | Ver glosario | NO | SÍ |
15 | Fecha de vinculación | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ | SÍ |
16 | Código administradora de programa Asistencia Social | 6 | SÍ | SÍ | |
17 | Código del programa | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
20 | Tipo de beneficio | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
21 | Tipo de subsidio para empresas * | 2 | Ver glosario | NO | NO |
22 | Valor del beneficio | 10 | SÍ | SÍ | |
23 | Departamento donde recibe el beneficio | 2 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
24 | Municipio donde recibe el beneficio | 3 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
25 | Tipo de identificación empresa donde labora el vinculado * | 2 | Ver glosario | NO | NO |
26 | Número de identificación empresa donde labora el vinculado * | 17 | NO | NO | |
27 | Dígito de verificación de la empresa donde labora el vinculado * | 1 | Ver glosario | NO | NO |
28 | Razón social empresa donde labora el vinculado * | 150 | Ver glosario | NO | NO |
29 | Fecha de entrega del último beneficio | 10 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
31 | Estado del beneficio | 1 | Ver glosario | SÍ | SÍ |
Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el afiliado de acuerdo con su documento de identidad los tiene.
* Es obligatorio cuando el tipo de beneficio es para las empresas (Microcrédito, subsidio al empleo, aportes estudiantes, aprendices, exención)
ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE VINCULADOS A PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL
El archivo de novedades de vinculados a programas de asistencia social esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.
Novedad de creación de nuevos vinculados.
Las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos vinculados a programas de asistencia social utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de vinculados a programas de asistencia social.
Novedades de actualización.
La información de los vinculados reportados a través del archivo maestro de vinculados a programas de asistencia social deberá ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de vinculados a programas de asistencia social.
De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE VINCULADOS A PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL”.
El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de estas. Cuando en una novedad haya campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo como (,,).
Cuando una vinculación tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.
REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL
CÓDIGO DEL CAMPO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO |
0 | Tipo de Registro | 1 | 1 | SÍ |
16 | Código administradora de programa Asistencia Social | 6 | Ver glosario | SÍ |
31 | Fecha inicial del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
32 | Fecha final del período de la información | 10 | AAAA-MM-DD | SÍ |
33 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control | SÍ |
34 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | Ver glosario | SÍ |
REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE
CÓDIGO | NOMBRE DEL CAMPO | LONGITUD | VALOR PERMITIDO | OBLIGATORIO | OBSERVACIONES |
0 | Tipo de registro | 1 | 2 | SÍ | |
16 | Código administradora de programa de Asistencia Social | 6 | X | ||
1 | Tipo de identificación del vinculado | 2 | Ver glosario | X | |
2 | Número de identificación del vinculado | 17 | X | ||
7 | Primer apellido | 20 | Ver glosario | X | |
8 | Segundo apellido | 30 | X o Vacío | ||
9 | Primer nombre | 20 | X | ||
10 | Segundo nombre | 30 | X o Vacío | ||
Código de la novedad | 3 | Ver Tabla “Códigos de Novedades de programas de Asistencia Social” | X | ||
Nuevo valor 1 Nuevo valor 2 Nuevo valor 3 Nuevo valor 4 Nuevo valor 5 Nuevo valor 6 Nuevo valor 7 Nuevo valor 8 Nuevo valor 9 Nuevo valor 10 Nuevo valor 11 Nuevo valor 12 Nuevo valor 13 Nuevo valor 14 Nuevo valor 15 | X o Vacío | Dependiendo del código de la novedad se deben registrar los valores en el mismo orden en que aparecen en la tabla de “Códigos de novedades de vinculados a programas de Asistencia Social” y los que no se modifiquen se deben reemplazar por ,, Se deben completar los nuevos 15 valores teniendo en cuenta lo explicado anteriormente. |
CÓDIGOS DE NOVEDADES DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL
Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF).
Código de Novedad | Descripción | Orden de las Variables de la novedad | Observaciones |
A01 | Modificar persona | 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 | Modificar la información de una persona que se encuentra en la base de datos RUAF. |
A02 | Modificar identificación persona | 1, 2 | Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF. |
A03 | Modificar vinculación programa general | 15, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 35 | Modificar la información de una vinculación a un programa general de asistencia social. El campo 17 es obligatorio. Para modificar el campo 29 “Fecha de entrega del beneficio” son obligatorios los campos 17, 29 y el nuevo campo 35, el cual constituye la nueva fecha correcta en la que se entrego el beneficio y debe venir en formato AAAA-MM-DD. |
A04 | Retirar vinculación programa general | 17, 30, 29,36 | Retirar vinculación de un programa general de asistencia social. Para el retiro de un beneficio específico, los campos 17, 30, 29, 36 son obligatorios. Para el retiro de un vinculado, se deben realizar uno a uno los retiros de cada beneficio. |
GLOSARIO DE CAMPOS
En el siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social (RUAF), a través del archivo maestro de vinculados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos.
Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cód., en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N- Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.
Cód. | Nombre del Campo | Tamaño | Tipo | Valores Permitidos |
0 | Tipo de Registro | 1 | N | 1 - Registro de control 2 - Registro de detalle |
1 | Tipo de identificación del vinculado | 2 | A | MS - Menor sin identificación QUITAR RC - Registro civil TI - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía CE - Cédula de extranjería CD - Carné Diplomático PA - Pasaporte AS - Adulto sin identificación QUITAR |
2 | Número de identificación del vinculado | 17 | A | |
3 | Código Género | 1 | A | M - Masculino F - Femenino |
4 | Fecha de Nacimiento | 10 | A | AAAA-MM-DD |
5 | Departamento Nacimiento | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
6 | Municipio Nacimiento | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
7 | Primer apellido | 20 | A | Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Alvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ALVARO ANDRES. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizará la abreviatura “VDA” para los segundos apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). Los Nombres terminados en “A” para género masculino hay que reportarlos con el documento escaneado. Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras |
8 | Segundo apellido | 30 | A | |
9 | Primer nombre | 20 | A | |
10 | Segundo nombre | 30 | A | |
11 | Departamento Residencia | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
12 | Municipio Residencia | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
13 | Código pertenencia étnica | 2 | N | 1 - Indígena 2 - ROM (gitano) 3 - Raizal (archipiélago de San Andrés y Providencia) 4 - Palenquero de San Basilio 5 - Negro(a), Mulato(a), Afrocolombiano(a) o Afrodescendiente 6 - Ninguno de los anteriores |
14 | Código grupo poblacional | 2 | N | 1 - Habitante de calle 2 - Población infantil a cargo del ICBF 3 - Madres comunitarias 4 - Creador o gestor cultural Decreto 2283 de 2010 5- Población sisbenizada 6 - Menores desvinculados del conflicto armado 7 - Población Discapacitada 8 - Población Desmovilizada 9 - Victima del conflicto armado interno Ley 1448 de 2012 10- Población infantil vulnerable bajo protección diferente al ICBF 11- Programa en protección a testigos 12 - Población en centros psiquiátricos 13 - Población rural migratoria 14 - Población reclusa 15 - Población rural no migratoria 16- Población de la tercera edad en protección de ancianatos 22- Población carcelaria del INPEC Decreto 2777 de 2010 31 - Adulto Mayor 32 - Cabeza de Familia 33 - Mujer Embarazada 34 - Mujer Lactante 35 - Trabajador Urbano 36 - Trabajador Rural 38 - Jóvenes vulnerables rurales (Sena) 39 - Jóvenes vulnerables urbanos (Sena) 99 - Ninguno de los anteriores |
15 | Fecha de vinculación | 10 | A | AAAA-MM-DD |
16 | Código administradora de programa Asistencia Social | 6 | N | |
17 | Código del programa | 3 | N | Código asignado por el RUAF. Los códigos de los programas podrán ser consultados en la página del RUAF. |
20 | Tipo de beneficio | 2 | N | 1 - Económico 2 - En especie 3 - Económico y en especie 4 - Servicios 5 - Especie y servicios 6- Económico y servicios 7- No aplica (aplica para Registros) 8 - Económico, servicios y especie 9 - Subsidio condicionado Educación 10- Subsidio condicionado Nutrición 11 - Económico Vivienda Nueva o Usada 12 - Económico Construcción en sitio propio 13 - Económico Mejoramiento |
21 | Tipo de subsidio para empresas | 2 | N | 6 - Microcrédito 7 - Al empleo 8 - Exención 9 - Aportes estudiantes 10 - Aprendices |
22 | Valor del Beneficio | 10 | N | |
23 | Departamento donde recibe el beneficio | 2 | N | Tabla Departamentos - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
24 | Municipio donde recibe el beneficio | 3 | N | Tabla Municipios - Tabla DIVIPOLA (División Político Administrativa de Colombia) del DANE |
25 | Tipo de identificación empresa donde labora el vinculado | 2 | A | NI - Número de identificación tributaria |
26 | Número de identificación empresa donde labora el vinculado | 17 | A | |
27 | Dígito de verificación empresa donde labora el vinculado | 1 | N | 0-9 |
28 | Razón social empresa donde labora el vinculado | 150 | A | Nombre de la empresa donde labora el vinculado. |
29 | Fecha de entrega del último beneficio | 10 | A | AAAA-MM-DD |
30 | Fecha de retiro | 10 | A | AAAA-MM-DD |
31 | Estado del beneficio | 1 | N | 1 - Otorgado 2 - Suspendido 3 - Entregado 4 - Terminado 5- Inscripción (Aplica para Registros) |
32 | Fecha inicial del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
33 | Fecha final del período de la información | 10 | A | AAAA-MM-DD |
33 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | N | |
34 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) | 17 | A | Ver tabla “NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL” |
35 | Fecha correcta beneficio | 10 | A | AAAA-MM-DD En la Novedad A03 constituye la nueva fecha correcta en la que se entrego el beneficio |
36 | Causal de retiro | 2 | N | 1. Finalización del programa 2. Inclusión errónea 3. Por sustitución de la administradora 4. Por fusión de la administradora 5. Por liquidación de la administradora 6. Otra causal |
CARACTERÍSTICAS DE FORMATO DE LOS ARCHIVOS DE TODOS LOS ANEXOS DEL RUAF.
RESOLUCIÓN / 2006
Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
a) Todos los datos deben ser grabados como alfanuméricos en archivos planos, con extensión .txt
b) Los nombres de archivos, los datos y los campos en general deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS.
c) El separador de campos debe ser coma (,) y ser usado exclusivamente para este fin.
d) Cuando dentro de un archivo de datos (maestro de afiliados y de novedades) hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo como (,,).
e) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (“”) ni ningún otro carácter especial.
f) Los campos tipo fecha deben tener el formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guión (-) a excepción de las fechas incluidas en los nombres de archivos.
g) Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles ni decimales, excepto para los casos de porcentajes que deberán ser reportados con punto como separador de decimal.
h) Las longitudes contenidas en las tablas de este anexo se deben entender como el tamaño máximo del campo.
i) Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios, especialmente en los campos número de identificación, apellidos y nombres.
j) Tener en cuenta que cuando el código de entidad trae CEROS, estos no pueden ser reemplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero.
k) Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro.
l) El final de registro debe identificarse con CR o LF.